ASNEF

Después de mi último altercado con PCGreen y como proteger (o intentar) mís (nuestros) derechos como consumidor/es, otro tema que siempre me ha parecido interesantísimo ha sido el ASNEF

El ASNEF (ASociación Nacional de Establecimientos Financieros de Créditos) o también conocido como "registro de morosos", son (extraigo definición): ficheros automatizados, administrados normalmente por entidades mercantiles con ánimo de lucro en su explotación, cuya finalidad es la de ofrecer información sobre el riesgo comercial que supone la contratación con personas que tienen algún precedente de incumplimiento. Se trata pues de auténticos registros de solvencia.

Las más importantes de estas listas negras son: RAI y ASNEF-EQUIFAX.

Este tipo de listas normalmente eran confeccionadas por bancos y para los bancos, para protegerse de personas conflictivas a la hora de conceder créditos y así protegerse de los que por norma tienden a ser morosos. Esto está muy bién… pero….

Lo que en un principio debía ser un servicio para proteger a empresas, se ha convertido en un arma de doble filo para intimidar de forma "legal" a usuarios de servicios de grandes compañías. No voy a entrar en detalles, pero el sector telecomunicaciones se lleva la palma: Amena, Telefónica, Movistar, Vodafone, Terra, Wanadoo, Uni2, etc…

Hasta la existencia de este sistema de listas negras, si una persona incurría en el impago de una pequeña factura (teléfono, adsl…), las compañías no tenían otra forma que recurir a un juicio para cobrar. En la mayoria de casos los gastos del juicio superaban la deuda y por norma general nunca de procedía a ello. Con la existencia de estas listas es diferente.

En caso de impago, se incluyen los datos del moroso automáticamente en estas listas. De esta forma, las compañías y entidades adscritas a ellas, pueden consultar en todo momento la liquidez de una persona en concreto.

El problema radica cuando las empresas inscriben indiscriminadamente a clientes en este tipo de ficheros. No es la primera vez ni la última que alguien que va a pedir un crédito, se lo deniegan por estar en estas listas sin saberlo.

El caso más generalizado es sobre todo con problemas con servicios adsl:
Una persona contrata una línea adsl. Esta ofrece un servicio deficiente, no funciona durantes días o problemas de otra índole. Al no tener servicio, la gente se niega a pagar la factura ( estamos hablando en la mayoría de casos de importes que no ascienden a 60 euros ). Otro caso es el de llamar a la compañía para darse de baja y ellos seguir pasando facturas. El caso es que por esa ridicula cantidad de dinero, ya te meten en el RAI o ASNEF, con toda la implicación que conlleva.
Lo peor de todo, es que las compañías, a criterio propio y sin duda excesivo y desmesurado, aplican recargos, que normalmente, para un importe de 60 euros, en 6 meses suelen convertirse en 300-600 euros (ojalá el banco me diera esos intereses). Realmente increible, pero cierto.

Otro caso muy generalizado es el del servicio duo de Amena:
Se han dado muchos casos de gente que ha contratado este servicio, y a la hora de facturar, Amena no ha aplicado el descuente del servicio, utilizando por contra una tarifa normal, mucho más cara. El resultado: una factura que debiera ser de 30 ó 40 euros, se converte automáticamente en una de 120-200 euros. Toda una gracia.
Normalmente el negarse a pagar esta factura implica la inclusión en el ASNEF y durante los 6 meses siguientes aplican unos pequeños recargos que ascienden a 700-800 euros.
De todos es conocido que el sistema de facturación de Amena es…. como una mierda pero sin el como (via Vox-Populi).

En todos los casos y sin excepción, el importe final del deudor no será el original, sino el del mismo más los recargos.

El mayor problema es, que si decidimos pagar el importe (que es totalmente abusivo), nadie nos asegura de desaparecer del ASNEF. El ASNEF solamente gestiona los datos, en ningún momento es intermediario de los pagos deudores ni supervisarlos.
En resumen:
"Las compañías pueden poner tus datos en el ASNEF, pero no tienen obligación de borrarte una vez liquidada la deuda. Eres tú quién ha de preocuparse"

Sobre todo esto que dice la ley:

El artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999 de protección de datos de carácter personal regula los ficheros de impagados y morosos en este sentido.

Artículo 29. Prestación de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito

1. Quienes se dediquen a la prestación de servicios de información sobre la solvencia patrimonial y el crédito sólo podrán tratar datos de carácter personal obtenidos de los registros y las fuentes accesibles al público establecidos al efecto o procedentes de informaciones facilitadas por el interesado o con su consentimiento.

2. Podrán tratarse también datos de carácter personal relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias facilitados por el creedor o por quien actúe por su cuenta o interés. En estos casos se notificará a los interesados respecto de los que hayan registrado datos de carácter personal en ficheros, en el plazo de treinta días desde dicho registro, una referencia de los que hubiesen sido incluidos y se les informará de su derecho a recabar información de la totalidad de ellos, en los términos establecidos por la presente Ley.

3. En los supuestos a que se refieren los dos apartados anteriores cuando el interesado lo solicite, el responsable del tratamiento le comunicará los datos, así como las evaluaciones y apreciaciones que sobre el mismo hayan sido comunicadas durante los últimos seis meses y el nombre y dirección de la persona o entidad a quien se hayan revelado los datos.

4. Sólo se podrán registrar y ceder los datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica de los interesados y que no se refieran, cuando sean adversos, a más de seis años, siempre que respondan con veracidad a la situación actual de aquellos.

Como siempre hay tanto vacío legal que pueden hacer con nosotros lo que les de la gana.

Buscando buscando, he encontrado en un foro el procedimiento a seguir para se borrado del ASNEF. Lo replico aquí enteramente al considerarlo de michisima utilidad:
¿Cómo salir del ASNEF?

De entrada explicar que esto solo sirve si, después de el envió de un fax (o burofax) solicitando la baja, nos han seguido llegando mas recibos Parece ser es lo que nos pasa a muchos.

Los que deban dinero por devolver recibos porque no tenéis conexión o no os va bien, esto no sirve. Os lo reclamaran siempre porque realmente si que sois morosos.

Os contare mi caso: Wanadoo me incluye en el ASNEF por devolver 3 recibos. Yo había enviado un fax de baja antes de esos 3 recibos. Por lo tanto, era un error de Wanadoo.

Primero han enviado cartas de unos abogados: Gescoban Soluciones. Vienen por correo ordinario, lo más habitual que suele pasar es que los "archivemos" a la papelera. Total, correo ordinario, decimos que no ha llegado y ya esta.

Después de recibir esas cartas, se recibe otra por correo ordinario también, pero esta ya no conviene "archivarla". Es de ASNEF-EQUIFAX
y pone mas o menos esto:

Muy sr/a. nuestro/a:
Conforme a lo estipulado en el artículo 29.2 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter personal, le notificamos que han sido incorporados en el fichero ASNEF, cuyo responsable es ASNEF-EQUIFAX, Servicios de información sobre Solvencia y Crédito, S.L. los siguientes datos que a Vd. conciernen, a fecha de alta xx/xx/xx, a instancias de la entidad: WANADOO ESPAÑA, S.L.

NOMBRE: xxxxxxxxxxxxxxxxxx
DOMICILIO: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx
(*)IMPORTE: 86.95 €
EN CALIDAD DE: TITULAR

De acuerdo con la mencionada Ley, puede Vd. ejercitar su derecho de acceso, cancelación, rectificación y oposición, dirigiéndose a EQUIFAX IBERICA, S.L. encargada del tratamiento del Fichero Asnef al Apartado de Correos 10546, 28080 Madrid acreditando su personalidad mediante fotocopia de DNI/NIF o accediendo a nuestra página de Internet www.ederechos.equifax.es

Asimismo, le recordamos que en cumplimiento de la normativa de protección de datos y por tratarse de datos confidenciales, esta información no puede facilitarse telefónicamente.

Igualmente le comunicamos que para cualquier aclaración sobre su deuda puede ponerse en comunicación con la oficina de la entidad con la que realizo la operación.

Atentamente:

(*) Este importe puede verse incrementado por devengos no incluidos de intereses, comisiones, gastos e impuestos, en su caso.

Hay que ir a la dirección que nos indican en la carta www.ederechos.equifax.es. Seleccionar el logotipo que corresponde al de nuestra carta. Nos pedirá un número de referencia. Está en esa carta, arriba a la izquierda. Nos pide también el DNI.

Al acceder a la página, veremos los datos que nos han indicado en la carta. No estaría de más imprimirlos para adjuntarlos a la carta.

Abajo de todo, encontramos el siguiente impreso para descargar en formato .pdf.

EJERCICIO DEL DERECHO DE CANCELACIÓN

DATOS DEL RESPONSABLE DEL FICHERO:

Dirección de la oficina de Acceso: C/ Albasanz Nº16 3ª
Código postal: 28.037 Localidad: Madrid
Provincia: Madrid

DATOS DEL SOLICITANTE:
D./Dª…………………………………………………………………………………………….. mayor de edad, con domicilio en la calle …………………………………………………………………………………………, número ….., piso…..….Localidad ……………………. Código Postal …………., con DNI ……………, del que acompaña fotocopia, por medio del presente escrito manifiesta su deseo de ejercer su derecho de cancelación, de conformidad con los artículos 16 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, y el artículo 15 del Real Decreto 1332/94, que desarrolla dicha Ley.

SOLICITA

1.- Que se proceda a la efectiva cancelación en el plazo de diez días desde la recepción de esta solicitud, de los datos relativos a mi persona que se encuentren en el ASNEF que relaciono a continuación, al no existir vinculación jurídica o disposición legal que justifique su mantenimiento.

2.- Los datos que hay que cancelar se enumeran en la hoja anexa, haciendo referencia a los documentos que se acompañan en esta solicitud y que acreditan la procedencia de la misma.

3.- Cualquier comunicación que hubiere lugar, ruego la realicen a la dirección arriba indicada.

4.- Que en el caso de que el responsable del fichero considere que la cancelación no procede, lo comunique en el plazo de diez días señalado.

En ……………………, a ……… de ………………. de 2004

Fdo.

ANEXO DATOS QUE DEBEN CANCELARSE DATO A CANCELAR DOCUMENTO ACREDITATIVO

Debemos imprimirlos y rellenarlos con nuestros datos. Lo enviaremos por correo certificado junto con la pagina impresa anteriormente, una copia del fax de la baja, copia del justificante del envió del fax y una fotocopia del DNI.

Si todo es correcto, en el plazo de 2 a 3 semanas recibiremos la siguiente carta:

Muy Sr./Sra. nuestro:
De acuerdo con su petición de CANCELACION registrada en nuestras oficinas con fecha 20 de enero de 2005, le comunicamos que tras las comprobaciones pertinentes, hemos procedido a la Baja Cautelar con la/s entidad/es WANADOO en el fichero ASNEF de los datos asociados al identificador (mi DNI).

Asimismo le comunicamos que no existen mas datos asociados a su identificador, tal y como recoge la información que a continuación le adjuntamos; también le comunicamos que la información que le adjuntamos como Histórico de consultas, el cumplimiento de la normativa vigente, se refiere a las entidades que han consultado sus datos en los últimos 6 meses en el caso de que tales consultas se hayan producido.

Le informamos que los usos y finalidades previstos del Fichero son la prestación de Servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito de datos relativos al cumplimiento e incumplimiento por parte de personas físicas o jurídicas de sus obligaciones financieras y crediticias, para apoyar la toma de decisiones en las relaciones de ámbito financiero y crediticio.

Atentamente,

C.Blanco
Servicio Legal de Atención al Cliente

Y ya hemos salido del ASNEF.

Saludos

Aconsejo pasarse por el foro en cuestión ya que se hacen más referencias al problema, posibles soluciones, juicios monitorios, etc…

Consejo:
En caso de que alguna vez contrateis un servicio y este no sea igual al pactado, lo que teneis que hacer es tener alguna prueba de ello, por pequeña que sea.
Por ejemplo: si teneis contratado un adsl y este no funciona reiteradamente, eso es incumplimento de contrato. Indistintamente que todavía no se haya cumplido el plazo minimo de contrato que suele ser de un año.
En vez de llamar y calentarles la caña (que sirve de poca cosa), debeis enviar una carta con acuse de recibo o un burofax. De esta forma queda constancia por escrito y es una prueba irrefutable. Esto mismo sirve para facturas abusivas como las de Amena.
Las bajas de servicio, también solicitarlas por escrito. Todo esto en un juicio monitorio (en el que no hace falta abogado) o ante consumo serán puntos clave.

No en vano, leí recientemente que en Catalunya, la agencia de consumo tiene previsto multar a las operadoras de telefonía y servicios de internet por actuaciones abusivas contra sus clientes.



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