09
CONSEJOS PARA RECURRIR MULTAS DE TRÁFICO
Filed Under (General) by PoliMalo on 09-04-2005
El emule, además de servir para "infringir la ley", también puede hecharnos una mano para otros menesteres como buscar información.
En este caso, he encontrado un documento escrito un poco en clave de humor explicando un tema interesante para todo conductor: consejos para recurrir multas de tráfico.
No se nada del autor de dicho documento, pero al parecerme de interesante lectura, lo replico integramente. Que lo disfruteis:
————————————————————————————————————
Unos consejos para recurrir multas de tráfico
Voy a tratar en estos consejos de como comportarse en caso de cometer alguna infracción de tráfico y no querer pagar las multas, que sería lo más honrado.
En principio lo que debe hacerse, si hemos infringido las normas de seguridad, es pagar y reconocer nuestras culpas, sin embargo a casi todos nos han puesto alguna multa injusta (o casi) y es en estos casos en los que vamos a ver que se puede hacer.
Estas líneas sirven para los casos más corrientes de infracciones que suelen provocar la imposición de multas de tráfico. En general para cualquier tipo de multa, aunque habrá que adaptarlos en cada caso, y naturalmente salvo las de la grúa que o pagas la sanción o no te devuelven el coche lo que cambia el procedimiento en todo o casi todo.
Hay que contar siempre conque la administración es lenta y muy ineficaz, por eso estos consejos serán algo menos útiles para aquellos que viváis en ciudades o en provincias cuyo ayuntamiento o diputación sea muy diligente y rápida.
Por último estos consejos no sirven para ir acumulando multa tras multa sin pagar, pues la administración conserva los datos del historial de todos los sancionados y aquellos que tengan uno muy largo llamarán la atención de tal forma que estas líneas no le servirán, pues se basan, principalmente, en pasar desapercibido delante del monstruo administrativo.
1.- JAMÁS FIRMES UNA SANCIÓN "EN CALIENTE".
Últimamente las patrullas de la policía de tráfico (tanto Guardia Civil, como Policía Municipal, como Ertzaintza etc.) usan el radar de forma que, una de ellas obtiene la foto y otra espera unos kilómetros más adelante para detenernos y comunicarnos la multa. Cuando nos paren nos ofrecerán firmar la sanción, no firmar nunca, con ello se notifica la sanción y entra en período ejecutivo de cobro, es decir si no te presentas en tráfico a pagar te embargan.
¿Que podemos alegar para no firmar?, " pues qué no estoy de acuerdo con la sanción porque yo no voy nunca tan rápido, habrá sido el coche que me ha adelantado y he salido yo en la foto…"etc, échale imaginación, que para eso la tienes.
Eso sí, apúntate bien la fecha en la que ha ocurrido el incidente y pégala en el corcho o en la pantalla del ordenador o donde la veas bien, es importante recordarla.
2.- HASTA QUE TE NOTIFIQUEN DE VERDAD NO HAGAS NADA.
Lo primero de todo es saber que es "notificar de verdad", lo que técnicamente se llama "notificación fehaciente". Significa que la administración puede demostrar, sin ningún genero de dudas que has sabido de la sanción. Es evidente que dejar la "multa" en el parabrisas no es "fehaciente" pues, por ejemplo, cualquiera puede habérsela llevado.
El correo ordinario tampoco lo es, como ya explicaré, y si aparece un día una multa en el buzón: ni caso. En fin "notificación fehaciente" es, para la Administración, el correo certificado con acuse de recibo o el documento de sanción con nuestra firma de recibí en el pie, luego hablaré un poco del correo certificado.
Si has visto que te han sacado una foto en la carretera cuando el coche marcaba 180 (con motivo justificado, claro), o si te dejan una "multa" en el parabrisas del coche por haber aparcado en la acera (ya sabes la típica emergencia), o por pasarte de la O.T.A. (bueno, un descuido..), no hagas nada. Bueno, nada nada no, como en el consejo anterior apúntate bien la fecha y espera.
Si es un ayuntamiento que no sea el tuyo lo más probable es que no vuelvas a saber nada del asunto pero si es el de tu ciudad la cosa es más chunga. La Administración que sea, tiene dos meses, contados de fecha a fecha, desde el día de la infracción, para notificarte la sanción, si en dos meses no sabes nada del asunto podemos guardar los papeles pero no tirarlos, no cantemos victoria todavía.
La Ley de Circulación da un plazo de dos meses, pero permite a la Administración que haga que el plazo vuelva a comenzar cada vez que el infractor sabe algo del asunto, siempre de forma fehaciente, o cuando la Administración lleva a cabo actuaciones dirigidas a averiguar el nombre y domicilio del que conducía el vehículo, único infractor de verdad, en el momento de la infracción. Estas no hace falta que las sepa nadie más que la propia Administración.
Todo esto quiere decir que si conducíamos nuestro coche, con todos los papeles en regla, y en dos meses desde la infracción no hemos sabido nada, siempre de forma fehaciente, podemos guardar el asunto en un cajón profundo. Más que nada de recuerdo, aunque ojo, que igual no termina aquí el asunto. Si conducíamos el coche de la Tía Enriqueta que murió hace cuatro meses y no hemos cambiado los papeles de tráfico la multa la guardaremos en el cajón menos profundo, quizás tengamos que rescatarla. Luego hablaré un poco de los problemas de dejarle el coche a los amigos.
3.- MUCHO CUIDADO CON LA NOTIFICACIÓN.
Como ya he dicho arriba, la notificación debe ser fehaciente…
- "¿Cualo?"
- FE-HA-CIEN-TE. Esto quiere decir que si nos encontramos una tarde una multa en el buzón aplicamos el punto 2, ni caso, siempre que no nos la haya metido el portero tras firmar el recibí (Preguntárselo, por si acaso).
Por tanto hay que advertir al portero que no firme nada en tu nombre y lo mismo con la gente que viva contigo "..que si no tengo autorización, que si por aquí viene de Pascuas a Ramos, que si tal.." pero no decir nunca " la rechazo"…
Una fea tarde de invierno llaman a la puerta y abres tú mismo, un señor te pregunta:
- "¿ Perico Pérez?"
- "Sí, soy yo."
- " Traigo una carta certificada para usted…".
" Alto, ¿ Donde vas desgraciaó.?", no la rechaces, pasaremos al plan B, pero no rechaces la notificación, ya que el cartero o cartera dará fe de ello y se te notificará por edictos, es decir pondrán el anuncio en un tablón de idems, que nunca lee nadie, y te cobrarán lo mismo más los recargos. Así que si abres tú la puerta o a pesar de todas tus advertencias alguien ha cogido la notificación y ha firmado en tu nombre, la cosa se pone peor pero no debe cundir el pánico. Bueno un poquito de pánico, sí. La Administración se ha acordado de nosotros y nuestra principal baza la hemos perdido. Sin embargo la cosa sigue estando dentro de nuestro control y no les será tan fácil vencernos.
4.- LEER ATENTAMENTE LA NOTIFICACIÓN.
Esto puede parecer una tontería, pero la gente no suele hacerlo, va directamente a la cifra a pagar y se olvida del resto. Siempre son impresos estándar que los funcionarios rellenan descuidadamente las más de las veces, el texto impreso no es atacable, la Administración lo ha perfeccionado adaptándolo a lo que le han ordenado los jueces, así que por ahí hay poco que rascar.
Hay que fijarse especialmente en la descripción de la falta, si es una multa de aparcamiento hay que compararla con los datos del papelito que dejan los guardias en el parabrisas aunque si en su momento no encontramos papelito o si es una denuncia por radar, lo más probable es que ni nos acordemos del asunto.
También hay que fijarse en lo que en lenguaje de abogados se llama "el faldón de recursos", cualquier resolución administrativa que se comunique a un particular debe llevar en el pie, de forma bien clara, que recursos se pueden interponer y en que plazo. Así, por ejemplo, cuando los mozuelos pedimos prórroga de estudios o una exención médica para no ir a la mili, la contestación concediéndola siempre lleva al pie unas frases como: " Contra la presente resolución cabe interponer recurso ordinario ante el Coronel-Jefe… en el plazo de 1 mes" y uno siempre piensa " Con lo que me ha costado que me la den y encima me dicen que recurra…"; no es que los militares supongan que queremos ir a la mili, lo que pasa es que es obligatorio ponerlo en cualquier resolución sea del tipo que sea. La notificación de la multa tiene que llevarlo. En el punto 5 explicaré lo que hay que hacer si no lo lleva.
Otra cosa muy importante es la fecha, hay que fijarse que no hayan pasado 2 meses desde la fecha de la infracción hasta la fecha en que cogimos la carta. Así que recurriremos.
5.- RECURRIR SIEMPRE (CASI)
Aquí hay que dividir los caminos que seguiremos según las condiciones de cada caso:
A.- "Sí, es cierto, fui malo, aparqué donde no debía.." Bueno, es un paso importante por tu parte, si reconoces que mereces la sanción impuesta.. pues la pagas.
B.- La notificación no tiene "faldón de recursos", no hacemos nada, la notificación es como si no existiera, si presentas un recurso pasándote de listo, lo más probable es que lo pierdas y tu acción convalida la notificación defectuosa. Guarda bien la notificación y espera noticias, es posible que no vuelvas a saber más del asunto, es posible que te llegue otras notificación igual, pero esta vez correctamente hecha (ojo, la fecha de prescripción de esta nueva comunicación es de dos meses desde que recibiste la incorrecta). Si te llega una nueva notificación, pero esta de sanción definitiva, la recurriremos, según se explicará más adelante, y casi con toda seguridad ganaremos.
C.- "Esto no ocurrió así, yo no he estado en Alpedrete en mi vida (ojo que no te haya usado el coche nadie, como trataremos más adelante), la notificación no está bien hecha, han pasado más de dos meses.." o "Esto no es justo, yo no fui, fue una emergencia, se han pasaó 40.000 luas no las he visto juntas ni jarto o jarta…etc". Bueno no desesperemos, hemos de recurrir la sanción por injusta, pero hay que hacerlo con cabeza…, ¿con que motivo recurrimos?, ¿Como se hace?…
6.- RECURRIR ES MUY SENCILLO.
Aunque a mi no me convenga decir esto, no hace falta ser abogado para hacer un recurso administrativo, un buen recurso. Basta con fijarse bien y seguir las instrucciones. En principio las notificaciones de sanciones, de multas llevan en el faldón la posibilidad de presentar un "pliego o escrito de descargos" en plazo de 15 días (ojo no cuentan los domingos y festivos pero sí los sábados), es decir la Administración no puede sancionar sin dar la posibilidad al particular de defenderse y para ello está este trámite. Si no lo presentamos facilitaremos mucho las cosas a la Administración (malo) y dictará la resolución de sanción definitiva con sus propios datos exclusivamente (malísimo).
Conclusión: Moléstate cinco minutos y preséntalo.
Para ello puedes usar el formulario que sigue:
—————————————————————————–
Iltmo. Sr. …………… (Aquí debe ir el cargo al que te indicaba el faldón de recursos que mandaras el pliego de descargos.)
D……………………………, mayor de edad, DNI……….., con domicilio (el tuyo), a efectos de notificaciones, en Calle/Plaza,………………………. Nº………Teléfono …………. ante usted comparece y como mejor proceda en derecho DICE:
Que mediante escrito de fecha ………….. le ha sido notificada una propuesta de resolución, de la …………..(Aquí figurará el órgano que emite la notificación que has recibido), expediente núm. ………/……, en virtud de la cual puede serle impuesta una multa de ……….. pesetas y…………….. (si te han puesto otras sanciones se hacen figurar aquí), y no encontrando ajustado a Derecho dicho acto administrativo, dentro del plazo de quince días concedido al efecto, formula el siguiente escrito de
DESCARGOS Y ALEGACIONES
PRIMERO.- No es correcto el relato de los hechos imputados ya que para su completo conocimiento, y la determinación de la supuesta infracción cometida, debe tenerse en cuanta lo siguiente:
………………………… ……………
…….. ………………….. …………………. …….
……………………… ……………….. …………..
( Contamos nuestra versión de los hechos, sin mentir en absoluto, pero señalando las cosas que nos convengan y pasando un poco por encima de las desfavorables.)
SEGUNDO.- En cuanto a los aspectos jurídicos, formales y sustantivos del expediente, se ponen en conocimiento de ese órgano instructor los siguientes elementos de juicio que evidencian la ausencia de los principios básicos para el ejercicio de la potestad y el procedimiento sancionador:
…… …………… …………….. …………. ……….. ….
……………… ……………….. ……………. …….
(Aquí pondremos, en lenguaje claro y de forma escueta, aquellos defectos de la descripción de la sanción o de la notificación en si, por ejemplo:)
( Si la multa es por aparcar en prohibido:) El Código de la Circulación en vigor distingue claramente lo que puede considerarse como parada y lo que debe considerarse estacionamiento. En el momento de ser sancionado, a la altura del número 20 de la calle Pérez, el vehículo se encontraba detenido para realizar una operación de bajada de pasajeros, en este caso una persona mayor, y que duró menos de dos minutos. El lugar donde fue sancionado el vehículo esta señalado con símbolos de prohibido estacionar pero no se prohíbe la detención. Es por tanto claro que el agente que realizó la denuncia se excedió en su celo profesional sancionando una conducta, en este caso concreto, permitida. (Más o menos).
( Si la multa es por exceso de velocidad:) Como se deduce de los hechos expuestos, es evidente que la sanción ha recaído sobre el vehículo adelantado por el verdadero infractor, es por ello que la propuesta de sanción no debería recaer sobre un quien cumple con las normas del tráfico, ni si quiera por error. Error que dice muy poco de la efectividad del sistema de regulación del tráfico por radar.
(Pues eso, hay que echarle algo de imaginación al asunto refiriéndonos siempre a las normas de circulación.)
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 16 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, SOLICITA:
PRIMERO. Que se admita a trámite este escrito de descargos y alegaciones y se proceda al sobreseimiento del expediente o, de forma subsidiara, se modere proporcionalmente la cuantía de la sanción propuesta.
SEGUNDO. Que para la demostración de los hechos citados se propone la práctica de los siguientes medios de prueba … .( Aquí es interesante pedir pruebas fotográficas del radar o del aparcamiento indebido, o un dictamen de la Concejalía de Tráfico del Ayuntamiento para que se demuestre que la zona de multa es de estacionamiento prohibido pero no de detención y en general lo que se te ocurra porque generalmente no las admiten nunca. Pero ya se sabe, hay que mantener a la Administración ocupada en algo mientras transcurren los plazos…) , con independencia de las demás actuaciones que, por el órgano instructor, se estimen convenientes para la más adecuada determinación, conocimiento y comprobación de los hechos controvertidos.
(Lugar, fecha y firma)
EL INTERESADO
—————————————————————————–
Hay que fijarse bien al rellenarlo.
¿ Donde lo presentaremos?, pues en la dirección que figura en el faldón de recursos o en cualquier oficina de correos donde lo remitirán al órgano que corresponda, según te explicarán en la oficina correos más cercana a tu casa.
Ten cuidado con el plazo, cuéntalo desde el día en que notificaron, puedes usar hasta el día en que termina la cuenta, la fecha que vale a estos efectos es la del sello de entrada en la oficina correspondiente o en la oficina de correos. ( Por favor, nada de buzones, hay que molestarse en ir a la oficina de correos).
Y ahora a sentarse y a esperar.
Pues bien, si pasan más de seis meses y treinta días desde la fecha del escrito en el que se notifica la denuncia, no la fecha de notificación, y no sabemos más del asunto ya podemos olvidarnos del tema. Este plazo debe contarse de fecha a fecha los seis meses y además sumarle 30 días hábiles, es decir, treinta días excluyendo los domingos y festivos (incluidos los de la Comunidad Autónoma que corresponda y las locales) pero incluyendo los sábados.
Por ejemplo: La notificación de la multa nos llegó el día 5 de febrero pero el escrito lleva fecha del día 1 de febrero y debemos alegar ante un organismo de Madrid, el plazo que tiene la Administración para comunicarnos la sanción definitiva termina el día 6 de agosto, martes. Es decir seis meses hasta el 1 de julio, lunes, y treinta días más excluyendo los domingos y el 25 de julio fiesta de Santiago. Si nos llega más tarde recurriremos y ganaremos.
Vaya, la Administración no se ha olvidado de nosotros y nos notifican la sanción definitiva, recurriremos, a ver que pasa.
6.- RECURRIR LA SANCIÓN DEFINITIVA SIEMPRE.
Nuestro magnífico escrito de alegaciones no ha sido tenido en cuenta, la prueba que hemos alegado no ha servido para nada.. y nos han puesto la multa definitivamente.
¿ Que hacer?, Pues lo mismo que con la notificación de sanción provisional salvo que en el "faldón de recursos" nos permitirá presentar recurso ordinario en plazo de un mes y determinará ante quien hay que presentarlo.
El recurso ordinario es un pelín más técnico aunque lo más importante, sobre todo si no se tiene razón, es presentarlo. Para ello rellenaremos el formulario siguiente:
—————————————————————————–
Excmo. Sr……… .:
D…………….. ., mayor de edad, DNI…… . ., con domicilio a efectos de notificaciones en…… . .Calle/Plaza Nº…. . ……, ante … . ., comparece y como mejor proceda en derecho
DICE:
Que en virtud de este escrito, y dentro del plazo de un mes concedido al efecto, interpone Recurso Ordinario, contra la Resolución de fecha .. . (fecha que figura en la notificación de sanción definitiva ), de ……………. (el nombre del órgano que haya emitido la resolución ), por no encontrarla ajustada a derecho en los términos del artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e infracción de la legislación sustantiva aplicable.
A) ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Mediante oficio de fecha……… ( fecha en la que te notifican ), le ha sido notificada la Resolución referenciada, por la que se impone una multa de …. .pesetas (y las accesorias que en el citado acto administrativo se señalan) como consecuencia de resultar probados los hechos reseñados en la denuncia de fecha ………… . . , formulada por la Comandancia de la Guardia Civil.
SEGUNDO. La descripción de los hechos imputados no se corresponde con la realidad y así se manifestó, aportando los elementos probatorios suficientes, en el escrito de descargos y alegaciones, de fecha… ., que consta en el expediente y damos por reproducido para evitar reiteraciones innecesarias. No obstante, para la adecuada comprensión de estos hechos, conviene precisar lo siguiente:
B) FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO. La resolución impugnada es nula de pleno derecho por cuanto que, en el expediente seguido para la imposición de la sanción a esta parte, se han infringido los principios que gobiernan la potestad administrativa sancionadora, en los siguientes términos:
( A elegir el que más te guste)
1. Legalidad. La potestad sancionadora sólo se ejercerá cuando haya sido expresamente atribuida por una norma con rango de Ley y corresponde a los órganos que la tengan expresamente atribuida como propia por disposición de rango legal o reglamentario. En el presente supuesto el Centro Directivo que impone la sanción no tiene atribuida expresamente la competencia para ello en las normas reguladoras de la estructura orgánica del departamento de que depende ni está fijada tal competencia en ninguna norma jurídica.
2. Irretroactividad. La norma sancionadora, aplicada en este expediente, entró en vigor con posterioridad a los hechos que constituyen la infracción supuestamente cometida.
3. Tipicidad . La tipicidad es la descripción legal de una conducta a la que se conectará una sanción administrativa. No son lícitas cláusulas generales o indeterminadas de infracción que permitan al órgano sancionador actuar con un excesivo arbitrio y no con el prudente y razonable que permitiría una especificación normativa. En este caso, la descripción de los hechos no es subsumible en el precepto aplicado, ni siquiera mediante la calificación genérica como infracción de los "incumplimientos totales o parciales de las obligaciones o prohibiciones establecidas en las leyes" (art. 2 RPS).
4. Responsabilidad. El expedientado no es responsable de los hechos denunciados ni aún a título de simple inobservancia. El principio de la culpabilidad hace que no se pueda configurar la infracción administrativa prescindiendo del elemento subjetivo de la culpabilidad para sustituirlo por un sistema de responsabilidad objetiva o sin culpa.
5. Proporcionalidad. El principio de proporcionalidad supone una correspondencia entre la infracción y la sanción, con interdicción de medidas innecesarias o excesivas. En el presente caso se ha realizado una valoración indebida de las circunstancias modificativas: intencionalidad o reiteración, perjuicios causados, reincidencia por infracción de la misma naturaleza en el plazo de un ano, capacidad económica del interesado y los demás elementos de juicio, que debieron tenerse en cuenta para un adecuado ajuste proporcional de la sanción a las circunstancias del caso y del infractor.
6. Prescripción. Por haber transcurrido el plazo legalmente establecido desde la comisión de los hechos hasta la incoación del expediente (art. 132 LPC). Por haberse producido la notificación del Acuerdo de Incoación dos meses después de haberse dictado (art. 6.2 RPS).
7. Perención del procedimiento. Por no haberse dictado el acto terminal dentro del plazo en que el expediente tendría que haber finalizado (art. 43.4 LPC), teniendo en cuenta que este tipo de caducidad se produce automáticamente por el simple transcurso del plazo máximo y de treinta días más; la Ley no exige declaración de caducidad, sino que emplea la fórmula inequívoca de "se entenderán caducados", de tal manera que la única resolución que procede a partir de ese momento es la de archivo de las actuaciones.
8. Concurrencia de sanciones. Identidad de sujeto, hecho y fundamento con la sanción impuesta por otro órgano administrativo. ( Esta última sólo en caso de haber recibido otra multa por el mismo hecho, lo que por otro lado es bastante difícil).
SEGUNDO. Postulamos la pretensión de anulabilidad de la Resolución impugnada ya que (al margen de los vicios señalados sobre incumplimiento de los principios que gobiernan la potestad sancionadora y el procedimiento aplicable) resulta también infringido el ordenamiento jurídico en la aplicación de las normas sustantivas correspondientes (o desviación de poder):
( Aquí debes hacer figurar aquellas normas del Código de la Circulación que consideres infringidas, el problema es agenciarse uno, el de la autoescuela no vale por que no viene por artículos. Por lo demás puedes poner las normas sin citar el artículo aunque, en el fondo, puedes poner lo que te de la gana, siempre que no sean burradas, ya que lo importante es que haga bulto. La prescripción de la sanción en dos meses está en el artículo 6.2 del Reglamento del Procedimiento Sancionador, la caducidad de 6 meses y 30 días en el artículo 43.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo)
En virtud de lo expuesto y de conformidad con las previsiones del los artículos 114 a 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
SOLICITA:
Que se tenga por interpuesto este Recurso Ordinario ante ———————- ( El órgano ante el que se presenta el recurso según figurará en el faldón de la notificación) (y por presentado ante la Dirección General de Tráfico) para que, de conformidad con las normas de procedimiento común, sea remitido en el plazo de diez días al órgano competente para resolverlo, previo cumplimiento de los trámites establecidos, y se declare la anulación del acto administrativo impugnado con archivo de las actuaciones y los demás pronunciamientos favorables.
(Lugar, fecha y firma)
EL INTERESADO
—————————————————————————–
Conviene no poner burradas pero tampoco importa mucho que nos olvidemos de algo pues la inmensa mayoría de estos recursos se rechazan sistemáticamente y, si se tiene mucho interés, ante el Juez el abogado que necesitaremos podrá alegar lo que le parezca. Pero si la mayoría de los recursos se rechazan, ¿ Para que recurrimos?, sencillamente porque si tenemos razón hay una remota posibilidad de que nos lo reconozcan y si no la tenemos el plazo de los seis meses y treinta días seguirá contando y si no resuelven en plazo se acabó.
7.- SI PIERDES ADMÍTELO.
Si a pesar de todo la resolución del recurso llega en plazo este nos permitirá acudir a la Jurisdicción Contencioso- Administrativa y si no quieres pagar tendrás que buscarte un abogado. El procedimiento es caro, hay que pagar abogado y procurador, y si la sanción no es grande no merece la pena. Además si no se tiene razón y se pierde nos meterán un "clavada" en los gastos del proceso. Así que, a no ser que sea una multa gigantesca o una retirada de carnet imposible, lo mejor va a ser pagar y dejarnos de rollos.
8.- CUIDADO CON A QUIEN PRESTAS EL COCHE.
Para terminar sólo decirte que si le prestas el coche a alguien y le ponen una multa la sanción te llegará a ti, si alegas que no eras tú el conductor tendrás obligación de comunicar quien era el conductor haciéndote a ti responsable, si la Administración no consigue averiguar la identidad del verdadero infractor.
Bueno usa estos consejos con moderación y sí has sido mala o malo y te han pillaó pos a pagar.
King Aragorn
¿CÓMO RECURRIR UNA MULTA PUESTA CON RADAR?.
Este punto no esta hecho por el autor de todo lo anterior, me he limitado a incluirle una información que me parecía que deberia incluir. Esto lo he tomado de una empresa que se dedica a intentar quitar multas de tráfico, así que creo que debe ser válido.
De momento hay algo que no queda muy claro en las multas por radar, y es que te la tienen que dar en el momento, no te la pueden mandar a casa. Aparte de que hay una sentencia que dice que hay un margen de 20 km/h, de tal forma que si la velocidad maxima en un lugar determinado es 120km/h, para que puedan sancionarte, deberias ir a 141 km/h, pero bueno, eso ya son temas que van aparte y no puedo meterme ya que los desconozco.
Si te ponen una multa utilizando un radar, el papelito que deberás hacer para intentar recurrir la multa es el siguiente. Pongo un ejemplo:
JEFATURA DE TRAFICO DE MADRID
Expediente: 33/123456789/6
D.N.I. 11986453A
Sancionado: JOSE ANGEL GARCIA FERREIRO
Domicilio: Doctor Fleming 1-4º-I
BILBAO
48002 Vizcaya
D. JOSE ANGEL GARCIA FERREIRO
habiendo recibido notificación de denuncia de referencia, haciendo uso del derecho que el confiere el art. 79 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, por medio del presente escrito pasa a formular las siguientes:
ALEGACIONES
PRIMERA.- Que ha sido sancionado con motivo de un supuesto exceso de
velocidad.
SEGUNDA.- Niega los hechos imputados, constitutivos de la infracción de
referencia y con el fin de desvirtuar la presunción de veracidad
de la que gozan las denuncias de los agentes de la Autoridad,
solicita la práctica de la prueba siguiente:
a) aportación por el denunciante de todos los elementos probatorios en que
fundamente el hecho denunciado.
b) especialmente, certificado de inspección técnica del cinemómetro, con
expresión del número de antena del equipo, certificación de aprobación
del modelo y de sy próroga, en su caso, así como fotografias tomadas
por el mismo.
c) verificación primitiva del cinemómetro, expedida por el Centro Español
de Metrología.
Todo ello en cumplimento de los dispuesto en el art. 76 de la Ley, que
impone a los agentes de la autoridad el deber de aportar tales elementos
probatorios con el find e evitar la indefensión que se produciría para
esta parte en caso contrario.
En su virtud,
SUPLICA: que teniendo por recibido el presente escrito se sirva admitirlo
ordenando la práctica de la prueba propuesta y demás actuaciones que sean
necesarias de conformidad con las normas de procedimiento y sustantivas
aplicables.
En BILBAO
a 1 de Julio de 1997
Fdo: JOSE ANGEL GARCIA FERREIRO
Así pues deberia estar redactado el papelito que se entrega en tráfico,se puede llevar en persona, o por carta certificada Y CON ACUSE DE RECIBO.
Recordad que debe ser con acuse de recibo, ya que sinó, nada les impide decir que no han recibido carta alguna.
Pues nada mas, espero que os haya servido de ayuda, y os daria mi nombre para que os acordarais de mi si lograis quitaros alguna multa, (puesta injustamente claro está), pero prefiero no darlo, primero porque a lo mejor se mosquea tráfico y segundo porque paso de que se mosquee la empresa de donde he pillado este modelo de escrito.
————————————————————————–








Te lo has currado.
Lástima que adsense no muestre anuncios…
Increible!!
El documento tiene ya sus añitos :-). Respecto a lo último (lo del radar), señalar que los radares tienen un margen de error (como todo instrumento científico de medida), y es ahí donde se puede atacar, pero la tecnología avanza como todo y ese margen puede bajar. Dudo que exista sentencia alguna que haya puesto ese margen en un límite fijo.
La última vez que supe algo de esto, creo que habían conseguido mejorar la precisión y dejar el margen en unos 10 km/h. De todas maneras, lo mejor es no pasarse de la velocidad, y santas pascuas, que en este país tenemos un pie bastante sueltito (y una conciencia igual de sueltita, a la hora de justificarlo).
un poquitin de humor
CARTA DE UN AUTOMOVILISTA "FLASHEADO" A 250 KM/H, EN UNA VÍA LIMITADA A 70 (en Francia)
"Señor Juez, he visto perfectamente la señal de "70", en negro con círculo rojo, sobre el panel de tráfico, sin ninguna otra indicación de unidades (métricas). Usted sabe que la Ley del 4 de Julio de 1.837 establece obligatorio el sistema métrico en Francia, y que el decreto nº 65-501 de 3 de Mayo de 1.961 modificado (tomado en aplicación de las directivas europeas), define como UNIDADES DE BASE LEGAL, las unidades del sistema (métrico) internacional.(SI)
Usted puede verificar todo esto en la web del gobierno: por lo que en el SI, la unidad de longitud es el METRO, y la unidad de tiempo es el SEGUNDO.
Es pues evidente, que la unidad de velocidad LEGAL es en consecuencia el METRO POR SEGUNDO. No puedo ni imaginar por un momento, que el Ministerio del Interior no esté aplicando las leyes de la República.
Por tanto, 70 metros por segundo corresponderían exactamente a 252 Km/h. La Policía afirma que he sido cronometrado a una velocidad de 250 Km/h, esto no lo pongo en duda. Me encontraba pues 2 Km/h por debajo del límite autorizado.
Le agradezco tome usted buena nota de ello, devuélvanme mi permiso de conducción y déjenme que me vaya."
(el tío debería estar retenido)
Desde el 97 existen varias modificaciones de la L.S.V. (Ley de Seguridad Vial), así como de otras disposiciones. Lo que dice este chico ya está practicamente derogado, sobre todo los tiempos de prescripción de las denuncias.Es cierto que no se sanciona en tramos de 120 Km/h (autopistas y autovías)hasta no rebasar los 140 Km/h.
Que no hay que poner ninguna excusa sino se quiere firmar la denuncia, simplemente decirle al Agente que no se desea, de hecho este formulismo es indiferente para la resolución del expediente sancionador.
El primer recurso sería el "pliego de alegaciones", ante la administracción que sanciona (Ayuntamiento o Jefatura Provincial de Tráfico), el segundo "recurso de alzada" (Dirección General de Tráfico) y por último solo quedaría el recurso "contencioso-administrativo", por vía judicial….no del todo recomendable por el costo del mismo. En ciertos casos antes de acudir a la vía judicial se podrá interponer el "recurso extraordinario de revisión", pero esto ya requiere una explicación más extensa.
Recomendación: Siempre recoger las cartas que nos remitan por temas de denuncias, de esta forma podremos plantear un posible recurso. El hecho de NO recogerla, es óbice para que la administracción la publique por medio de boletín oficial….sino se paga empezarán con el embargo de cuentas, vehículos, declaración de la renta, etc.Si notifican la denuncia, pero en el momento de la misma el conductor está ausente, tenemos la obligación de identificarlo, ya que la sanción por no hacerlo podría ascender de 450 a 1.500 uros.Una vez que comuniquemos el conductor le notificarán debidamente la denuncia. Otro dato, los plazos de prescripción de las denuncias son de tres meses, seis meses y un año, para las denuncias leves, graves y muy graves respectivamente.
CONSEJO:Está altamente demostrado que el buen trato y correcta educación que mostremos en el momento de ser parados y denunciados por algún Agente, puede variar el concepto y la sanción impuesta, ya que muchas veces el mismo hecho puede calificarse de grave a leve por parte de dicho Agente…..si el trato es descortés no dudeís que el Guardia Civil o Policía elevará la sanción e incluso buscará otras que podamos llevar…
Pues sí, el hecho de no querer coger la carta que te llega por denuncias de tráfico no evita que siga el curso de la misma, asi me lo ha explicado mi cartero, asi que hay que coger la carta, de todas maneras como dice el amigo Nick la publican en el BOE y se supone te das por enterado entonces…
Yo he tenido una multa por exceso de velocidad e intentare recurrir con la historia de que no me ha parado un agente para notificarmelo después, el radar puede estar mal, etc, etc. Por lo menos intentaré marear la perdir para intentar no puntos, porque la verdad, en 15 años de carnet es la primera vez que por pardillo me retrata el único radar que hay en la carretera de Aranda a Burgos… En fin, iba a 145 cuando el límite es de 120… asi que a ver si me puedo "librar" de que me quiten puntos, porque pagar tampoco mi importa tanto, me fastidian más los puntos pues soy repartidor…
Gracias por la info y suerte con el tema de los puntos.
He leido este post y me ha interesado bastante, pero tengo una duda con lo que me ha pasado a mi.
Le deje el coche a mi cuñada que es rumana que estuvo de vacaciones aqui en navidad. Ella a su vez se lo presto a un amigo rumano y me han llegado dos multas por exceso de velocidad.
En la multa me dice que puedo dar los datos de la persona que conducia. Yo le he pedido todos los datos del tio este que vive en rumania, pero el cabron dice que pasa de todo y que no quiere saber nada, que esto del radar en españa es un miera y tal…
¿que hago?… ¿le llegara la carta de la multa a este tio en Rumania o que? ¿se la mandará la DGT en rumano o en español?
Gracias a quien me pueda responder !
Pues lo llevas claro. Está claro que sin otros datos la multa te la comes tú.
Yo se la encolomaba a tu cuñada por dejar tu coche a otro, o en su defecto a tu hermano. Ante todo responsabilidad.
Ya te va tio. Dudo que lo que cuentas sea verdad porque sino mira que eres pardillo. La guardia civil no se chupa el dedo. ¿te crees que van coger y mandarle la multa a un tio de rumania… Eso en mi pais tiene un nombre, y es primo. Y a tu cuñada ya le vale, fiate!!!
Vamos a ver, varias puntualizaciones:
1º.- En el artículo original se recomienda no firmar NUNCA la denuncia cuando te detienten, puesto que eso implica ausencia de notificación (si no he leído mal).
Quien haga esto, bajo mi experiencia práctica, se encontrará directamente con una resolución sancionándole. Esto es así porque el agente informa en el boletín: NO FIRMA, RECIBE COPIA. Lo que implica la transformación del boletín de denuncia en acuerdo de incoación y propuesta de resolución. Así que a efectos prácticos es indeferente firmar o no el boletín, puesto que no implica conformidad (tal y como se indica en el propio boletín).
2º.- Con respecto al tema que comentais del extranjero que usa tu coche, le multan y te piden que lo identifiques, dos cositas. En primer lugar, facilita los datos que tengas del extranjero, tu no eres responsable de que el tío viva en Rumanía, con lo cual ya estás cumpliendo con tu obligación. Y segundo, el procedimiento se archivará, puesto que el estado español carece de potestad alguna para sancionar a un ciudadano extranjero que no se encuentre bajo su jurisdicción. Es decir, o lo detienen en el acto, inmovilizándole el vehículo hasta que pague o se pueden despedir de cobrar…
Por lo demás, el artículo está bastante currado, aunque tenga pequeños errores. Felicidades por el trabajo.
Un saludo
Rafa, entiendo que quieres decir, que si tenemos un colega extranjero, no tenemos más que encolomarle las denuncias y ya esta?….mmmmhhh, parece demasiado fácil, no?
Quieres decir que la policía es tan tonta?
Hola de nuevo.
Ya tengo todos los datos detalladamente del tio este. Hable con mi cuñada y le dije que iba a dar sus datos. Entonces se ha procupado de darme todo y cada uno de los datos que me piden en la notificacion.
Por otros post que he visto he de aclarar que no los paro nadie, que por lo visto ha sido con un radar de estos fijos que hay por las carreteras.
Tengo una duda… ¿La DGT le mandara la carta en rumano?… Es que si no no lo va a entender.
Gracias por vustra ayuda !
Polimalo, quien ha dicho que la policía es tonta?? Lo único que he dicho es que las potestades sancionadoras de un Estado terminan donde finalizan sus fronteras. La potestad sancionadora se ejerce únicamente en el territorio del Estado que lo pretende. Si eso significa que la policía es tonta…
Un saludo.
Rafa, si eso ya lo veo claro. Pero no me dirás que es muy jugoso el asunto de que te pongan una multa y justifiques que era un extranjero (comunitario o no) el que conducía en ese momento. Más incluso cuando dices que no le pueden hacer nada si no lo paran infraganti.
En el caso del amigo Arcano no te digo que no. Pero tu imagina que las multas de las rondas de Barcelona por exceso de velocidad (y que en esas nunca te para nadie, directamente te llega la denuncia), de repente empezaran a aparecer "Rumanos", por decir un ejemplo. No crees que lo verían sospechoso?
Vamos a hacer una cosa. Como veo que no me acabas de creer del todo, te invito a lo siguiente: si alguna vez a alguno de tus amigos, familiares o a ti mismo te ponen una multa (sea el concepto que sea) sin que te detengan en el momento exacto de cometerse la infracción me la mandas por correo electrónico y yo me encargo de hacer las alegaciones. En el caso de que pierdas yo me hago cargo de las sanciones que correspondan (puntos, dinero, etc). Pero en caso de ganar me pagas una cantidad, digamos 150.-.
Cuando quieras polimalo ya sabes donde estoy.
Un saludo.
Rafa, a lo que te refieres de recurrir tú (gracias por la oferta, pero no es necesario), lo dices utilizando el sistema del "alegato del rumano", por llamarlo de alguna forma? Echarle las culpas de todo a un extranjero?
Lo que me refiero es que parece tan tondo, que hasta da miedo. Y no a que no vaya a funcionar.
necesito un poco de ayuda, please
Mi caso en concreto es referente a multas OTA, de zona azul en Bilbao. Yo soy de Córdoba, pero desde el mes de Octubre resido en Bilbao de forma temporal. En la primera semana de llegar, el coche estuvo estacionado en zona azul 9 dias, y tengo 9 multas, una por cada dia.
El caso es que me las estan enviando a mi domicilio de Córdoba, que es en el que está registrado el coche, domicilio de mis padres y donde ya no resido, y al principio de forma certificada, como las rechazaban alegando que yo ya no vivo allí han mandado cartas de correo ordinario con un documento de pago, que vence el dia 26 de febrero.
Si no entiendo mal lo que explicáis arriba, al no habérmelo notificado de forma fehaciente, es decir por correo certificado, qué hago???? Las recurro??? No las recurro y espero????
Gracias a todos por adelantado
hola me llamo y tengo un pequeño gran problema, resulta ser que un amigo tenia un coche y no tiene papeles y yo siy estabamoscurculando sin seguro y nos paro la policia de trafico, y nos multo, y la multa vivenee a mi nombre por que el verdadero ueño del cohe no tiene papeles legals es inmigrante, y ahora me ha llegaddo ami casa una multa de 1500 por tener seguro y secuestraron el coche, yo quieo pagarla pero no puedopagar la totalidad, se puede financciar? y l apuedo recurrir, por favor si existe una solucion, estoy dispuesta a pagar por los serviciosprestados , soy de bvalencia
gracias
Lorena, yo creo que lo tuyo no se puede salvar de ninguna manera. Lo mejor que puedes hacer es recurir a una empresa especializada en recursos de multas o ir directamente a tráfico y, ver de que manera fraccionar el pago.
Suerte.
Gracias por el artículo, ya que me parece muy útil, pero tengo una duda, y es la siguiente:
¿Cual es el plazo de notificación de una multa para la policía local de un ayuntamiento?
gracias y un saludo
Miguel
Que yo sepa el tiempo es el mismo que para otra multa de tráfico, 1 año creo.
Hola, hoy me ha puesto una multa la policia municiopal por estacionar dentro de un aparcamiento pero en un carril de circulacion, yo no me encontraba en el vehiculo y me han dejado el papelito rosa.
Me pone los datos del coche, el articulo 100 y el hecho denunciado 147 "Estacionar en un carril de circulacion obstaculizando gravemente el mismo" lo que no me pone es el importe de la multa.
¿Alguien sabe cuanto podria ser? Es en Valladolid.
Si es una multa de la policía municipal, los importes los pone el Ayuntamiento de la Localidad. Busca a ver si tienen web y tienen esa información disponible.
Suerte
Perdona, me refiero a la notificación de la sanción. Según la policía local, estaba hablando por el móvil el día 16/11/06, y me ha llegado la notificación el día 02/03/07.
gracias por tu ayuda…
un saludo
Hola, un dia aburrido puse mi nombre en internet y no saliendo de mi asombro vi q me habian puesto una multa en granada los municipales, y ya estaba en via de apremio por que la direecion q tenia en el vehiculo era erronea y yo ni me habia enterado, asi q la cometi en noviembre del 2005 y han publicado una notificacion de comparencencia en febrero del 2007 , con las publicaciones previas en el boletin oficial de granada sancion en firme desde marzo del 2006, mi pregunta es cuando prescribe la multa, interrumpe el proceso q hayan publicado la notificacion de comparecencia y vuelve a contar desde ese momento , y es de 301 euros cuanto me va a quitar hacienda. Un abrazo.
Hola, os lanzo una pregunta a ver si me podéis ayudar; a mí me pusieron una multa el pasado 8 de Enero en el kilómetro 136 de la A-3, por radar fijo y, según Tráfico a 145 km/h. Ya envié los datos para identificar al conductor ("mi mujer"). ¿Tengo posibilidades al recurrir?; ¿cuál es la sanción?. Muchas gracias y un saludo a todos.
Pues después de tu "trapicheo", por aquí el que parece tenerlo más claro en Rafa.
No se si tiene algo que decir al respecto. Yo creo que te toca pagar y punto.
Esta pregunta va para Rafa:
Quiero ser claro: hace cosa de un mes me hicieron una foto en la autopista , y según la denuncia que recogí en Correos,iba a una velocidad de 171km/h. Eso implica cuatro puntos (en trafico me dijeron dos) y 200.
Suposicion:"El coche lo conducía una persona residente en Rumania". Una vez identificado y presentada la fotocopia de su pasaporte, eso implica la paralizacion del expediente sancionador??
Gracias de antemano por tu respuesta.
Un saludo
Para David y Elasi:
Os comento varias cosas:
1º.- Cuando la denuncia no se notifica en el acto, es decir, no te detiene la policía en el momento mismo de la comisión de la infracción denunciada, el procedimiento se inicia notificando AL TITULAR DEL VEHÍCULO la infracción de la que tienen constancia, requiriendo para que en el plazo de 15 días se identifique al conductor del vehículo. Por tanto, en ningún caso el procedimiento podrá iniciarse directamente frente al titular del vehículo denunciado si este no ha sido notificado. Es decir, te requieren para que identifiques, nunca por la infracción cometida. Una vez que se identifica al conductor, se inicia el procedimiento hacia esa persona y del titular del vehículo se olvidan, a menos que -evidentemente- titular e infractor identificado sean la misma persona.
2º.- ¿Porqué es esto así? Pues porque lo único que acredita la foto del radar es el vehículo con el que se cometió la infracción, no la persona que conducía. Así cuando no te detienen, puedes identificar a quien quieras -y con esto no quiero yo dar pistas a nadie para recurrir, jejeje-, puesto que esa es tu obligación: IDENTIFICAR, nada más.
3º.- Problema que se encuentra la Administración: que cuando un agente de la autoridad dice que conducía el coche Pepito Pérez, tiene presunción de veracidad, pero si soy yo, Pepito Pérez quien dice que conducía Pepita Pérez, no tengo presunción de veracidad y con símplemente negar los hechos imputados, deberé obtener una resolución que sobresea el procedimiento por imposibilidad de acreditar FEHACIENTEMENTE quien conducía el vehículo con el que se produjo la infracción denunciada.
Creo que ha quedado suficientemente claro, no? Incluso me da la sensación que me he excedido dando información, puesto que soy abogado y esta información debería corarla, jejeje. Todo sea por defenderse de esas denuncias "tan injustas" que os ponen.
Un saludo.
Por cierto Elasi, creo que ya te he contestado por correo a tu duda. Si no es así, házmelo saber.
Un saludo.
Para miguelito99:
El plazo para tramitar el procedimiento completo (hasta resolución sancionadora) es de un año, pero existe otra figura jurídica: prescripción. En tu caso en concreto no se ha producido, puesto que no han transcurrido los 6 meses necesarios para declarar la prescripción de una infracción grave como es la tuya.
A título informativo os digo que las infracciones prescriben con el transcurso de los siguientes tiempos (sin que haya actuación por parte de la administración):
- 3 meses para infracciones leves (las que se sancionan con hasta 90 euros).
- 6 meses para infracciones graves (de 91 a 300 euros).
- 1 año para infracciones muy graves (de 301 a 600 euros).
Un saludo.
Rafa… eres el puto amo.
quisiera saber cuanto tiempo tienen losm ayuntamientos para notificar las denuncias por zona azul, o mejor que alguien me informe de cuando prescriben, ya que me ha llegado una denuncia por zona azul de hace casi un año pero ya me la pasan directamente por el gobierno de canarias, no habiendoseme notificado anteriormente ni la denuncia, ni el inicio del expediente, nada de nada. gracias
Porqué no leeremos más???? Compadre, tienes la respuesta justo antes de tu pregunta.
Solo me falta señalar con rotulador rojo esta página.
hola compis¡¡¡
Bueno, esta mi historia…Granada capital, dia 19/11, a las 8 de la mañana, a saber que narices hacia yo por ahi a esas horas… HECHO DE LA MULTA: NO RESPETAR LUZ ROJA SEMAFORO CREANDO SITUACIÓN DE PELIGRO, Segun la multa no s eidentifico al conductor por porque la detencion pudo originar un obstaculo a otros usuarios…
Primero, deciros que en recaudacion no tienen ni idea de donde esta la calle donde me multaron, yo depsues de mirar en 50 buscadores la localiza porque es de nueva construccion. Sinceramente no se si me salte el semaforo, creo que no, pero no lo recuerdo…Porque el poli no me paro para multarme si es una calle por donde no pasa nadie? Imaginaros la circulacion de una calle poco transitada un domingo a las 8 de la mañana, que curioso…
bueno creeis que debo pagar religiosamente, recurrir o cagarme en sus muelas???
Un saludo compis¡¡¡
Todo depende de hasta donde esté dispuesto uno a llegar. Me explico.
DECISIÓN 1ª.- NO RECURRO Y PAGO: Me la "como" pero con el descuento correspondiente. Una cosa al respecto. Cuando pago estoy dando plena conformidad y cuando después me abran el procedimiento para retirarme el carné de conducir por el tiempo que corresponda, no podré negar los hechos (además del procedente descuento de puntos).
DECISIÓN 2ª.- RECURRO PERO NO ESTOY DISPUESTO A PAGAR UN ABOGADO: El porcentaje de éxito en vía administrativa aun cuando uno lleve más razón que un santo es muy pequeño. Todos sabemos que los expedientes se tramitan de modo autómata, puesto que en la mayoría de los casos es el propio agente que denunció el que contesta a las alegaciones. Lo único que puedes conseguir es que se "olviden" de tu procedimiento y no te dicten resolución sancionadora.
DECISIÓN 3ª.- RECURRO POR MEDIO DE UN PROFESIONAL: Resulta evidente que si nos ponemos en manos de alguien que entiende y conoce el terreno donde se mueve nuestras posibilidades de éxito aumentan muy considerablemente Ojo!!, este aumento no es cuantitativo en relación con el precio del abogado.
Mi consejo creo que es evidente -ya dije que soy abogado-, pero cada uno hace lo que buenamente le parece. Es claro que habrá supuestos en los que la 3ª decisión sea completamente antieconómica (infracciones leves). Pero cuando hablamos de dinero+puntos+retirada, la cosa cambia. Eso sí, si se decide que lo lleve un abogado, que sea desde EL PRIMER ESCRITO, puesto que el desconocimiento nos puede hacer meter la pata.
También os digo -a mero título informativo, que nadie lo tome como la norma general- que personalmente he obtenido condenas en costas para la Administración sancionadora, por lo que el procedimiento le sale "de patilla" al "inocente" conductor. No es lo habitual, pero si das con alguien que se lo curre…
Espero haber quedado claro el tema.
Un saludo.
Wetabix, el artículo 10 Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico, circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, establece la nulidad de la denuncia si no se notifica en el acto (siempre y cuando no exista causa justificada). Como tu bien dices, no creo que existiera demasiado tráfico a esas horas y en una zona de nueva construcción. Además, aplícaté aquí todo lo ya dicho con relación a la ausencia de presunción de veracidad sobre el verdadero infractor, a menos que ya te hayas reconocido como autor…
Un saludo.
Lo digo y lo reitero: Rafa, me quito el sombrero.
Creo que abres un nuevo mundo de posibilidades ante nosotros. Ojalá la leyes no fueran tan enrevesadas.
Hola, he descubierto este foro por casualidad, a raiz de que acabo de recoger una notificación de tráfico, por una multa por exceso de velocidad, en la que se me pide que identifique al conductor del vehículo, resulta que en esa fecha me encontraba en Madrid y el vehiculo lo utilizxaron tres personas, . ¿Identifico a las tres?, Un saludo
En mi opinión creo que hay que aplicar un poco el sentido común, no? Me imagino que el que cometió la infracción debe saber que es él. No se yo si a la policía le va esto de jugar a adivinos.
Gracias por contestar, merefiero a que nos íbamos turnando conduciendo, y claro, como no nos pararón, pues no recuerdo quien era el conductor en ese momento, por cierto la infraccion, según la notificacion es en el pk 26 de la A4 direccion cadiz, por circular a 136 km/ con limitación a 100, por un importe de 140 euros, ¿acarreará retirada de puntos??, ya que no lo indica. Un saludo
Pues entonces está claro: a partes iguales y todos tan amigos.
Chispas, acarrea retirada de puntos y también pueden retirar el permiso al infractor de 1 a 3 meses.
Lo de a partes iguales…, suena bien pero no. Sólo existe un infractor. Es como si ante un asesinato existieran tres posibles autores, tendrían que compartir la pena impuesta?? Efectivamente no.
Cumple, identifica y que el identificado alegue lo que considere.
Slds.
Gracias por el comentario Rafa, lo de los dos puntos si lo sabiá, lo que no sabia era lo de la retirada del carnet, y esto es lo que más fastidia, ya que ninguno de los tres conductores ha tenido una sanción, ni por mal estacionamiento en la vida, (esta seria la primera), ¿Es segura lo de la retirada del carnet??, ¿ el ofrecimiento que haces en uns post más arriba, sería válido en mi caso??. Un saludo
Te cuento mi caso:
-me llega una multa por exceso de velocidad de 147 limitado a 120 en la A4 en el km 67 a las 10:58, al dia siguiente me llega otra tambien por exceso de velocidad de 130 limitado a 100 en la A4 en el km.12 a las 10.22, segun las denuncias me quitaran 4 points y 140 por cada multa con los correspondientes dtos.¿puedo recurrir con visos de exito?
En continuacion al comentario anterior:
ambas multas han ido a nombre de mi padre por lo que tiene que identificar al conductor…
yo tengo un DNI una persona verdadera que podria aportar pero esta persona tiene el domicilio falso o no le llegan las cartas, si pongo las multas a nombre de este individuo puedo triunfar o de lo contrario se volvera en este caso contra mi padre y sera peor el remedio que la enfermedad'
Esto ya empieza a oler a chamusquina requemada. No se chico, prueba a recurrir a ver que pasa. Seguro que Rafa te diría que sí.
A ver si hay alguien que me pueda sacar de dudas o decirme que hacer.
Me puesieron una denuncia por"no respetar la señales de los agentes que regulaban la circulación a la salida de un colegio". .Según el agente y según consta, no me me notificó :"Vehículo en ruta no poder detener".Total 200 y 4 puntos. Eso fué el 24/10/2006. La notificación de la denuncia me llego el día 4 de Enero del 2007. Hice pliego diciendo que ese día estaba trabajando y adjunte justificante y además añadi que ya había transcurrido más de 2 meses que según el art.6.2 tienen para notificartelo. Me ha llegado la notificación de la sanción. ¿QUE HAGO?. Recurro? Diciendo que más? Gracias a todos
Veo que el trabajo se acumula… Empieza a parecer más una consulta que un blog…
Haber, por partes:
- Para chispas: haber, el ofrecimiento se lo hice a Polimalo para convencerle de lo que decía. Creo que eso ya lo he conseguido, así que decae. Lo que sí me puedo comprometer es a cobrar lo mismo que le ofrecí, pero evidentemente sin hacerme responsable de las hipotéticas sanciones. Creo que es algo normal, no?
- Para cucharesjr: cuando la notificación se intenta en un domicilio y no es posible, la DGT procede a ir publicando el procedimiento sancionador en el Boletín de la Provincia correspondiente, por lo que el hecho de que no se le notifique no indica que no le terminen sancionando, pudiendo el día de mañana incluso embargar sus bienes para el pago de la correspondiente sanción. No es una mala decisión, pero yo estaría pendiente del Boletín correspondiente por lo que pudiera pasar. Además, entrando un poco en tecnicismos, como ambas infracciones son continuadas, podría entenderse que estamos ante una misma infracción continuada en el tiempo, por lo que no podrían sancionarte dos veces por la misma infracción (principio latino de "non bis in idem").
- Para Elena: te has identificado tú como conductora o directamente te han identificado ellos?? Si es lo segundo: presunción de inocencia, puesto que no hay prueba que acredite que fueras tu la infractora (hay más al respecto en comentarios anteriores). Con respecto a la ausencia de notificación en el acto, mira en uno de mis comentarios anteriores (art. 10 RD 320/1994). Y por último, muestro mi desacuerdo con tu cómputo de prescripción, puesto que no es de dos meses. Aplicas el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, que es NORMA GENERAL, olvidando que existe norma especial como es el RD 320/1994 indicado con anterioridad.
Un saludo
por mi parte lo veo normal. Un saludo
Rafa, a este paso voy a tener que crear una sección para ti solo.. je je.
Gracias por la ayuda que nos ofreces a todos.
hola, circulaba yo el pasado 25 de marzo por la autovia, acompañado de varias motos, pues veniamos del G.P. de Jerez, e ibamos sobre 150km/h mas o menos, cuando se puso detras nuestra un megane, era el radar, y circulo un momento detras nuestra y luego nos adelanto pasando sobre 160km/h y continuo hasta que lo perdimos en el horizonte. Pueden sancionarnos sin habernos detenido pudiendo haberlo hecho, y a ellos quien los controla, quien los va a pillar como ponen en las pantalla informativas y ellos son superhombres, porque como pone en las pantallas "A 150KM/H NO SE SALVA NADIE". No digo que lo hagan todo, pero la malloria abusan de poder y ellos si que incumplen normas de trafico, siguiendo circulando con total impunidad, y luego colocan los radares escondidos en sitios con vaja siniestralidad o donde la velocidad esta muy limitada, para que?, pues para recaudar, que es lo que le interesa al señor director de trafico, que no pueden conducir por nosotros o nos dicer que conduzcamos mejor, pero no invierten en mejorar los asesinos guardarailes, ni en mejorar las vias, invierten en radares recaudadores. Donde yo vivo hay una via, en la cual, en una curva habia varios vaches, pues primero pusieron un radar y un par de meses despues repararon los baches.
Sin mas, pues nuestras quejas se quedan simplemente en eso, gracias y un saludo.
Hola xicos/as, mi caso es bastante parecido al de wetabix, pero yo sólo he podido recoger en el domicilio donde tengo la moto, la carta de pago, la multa no la pude recoger porque llegué bastante tarde, ya que es en la antigua casa de mis padres y pasan de uvas a peras.
Pues al grano, que en la carta de pago me dice que me salté un semáforo con la moto, sinceramente no me creo que lo haya hecho, pero eso les da igual a la poli local.
Os pongo los datos y si alguien hace el favor y me dice si tengo alguna posibilidad de recurrir??
Fecha infraccion: 25/10/2006
Fecha incoación exp: 17/11/2006
Fecha notif denuncia: 15/01/2007
Fecha decreto sancionador: 30/03/2007
Último dia de pago: 29/05/207
Y no viene nada de poder recurrir, etc etc….
Me podeis ayudar, muchas gracias….
como esta la cosa
pues resulta k supuestamente a mi me cazó el radar hace mas de 7 meses y hoy aparece en csa una especie de nota informativa, supongo k para k pague, esto es legal?
Pedro, según Rafa, que es el verdaderamente experto en el tema, sino te pararon en el momento puedes cargarle el mochuelo a un extranjero del este y todo solucionado. Es tan simple que "casi da miedo".
si fuese cierto todos mis problemas solucionados jeje viva los rumanos, mi duda es k si pasado un año sin k sepa nada de la multa oficialmente, al ser muy grave esta caduca,no?
Esto de que caducan…. no se, no se… en el momento que te la envían es que no ha caducado, no? De todas formas, los más acertado es poner el asunto en manos de alguien especializado. Muchas veces las propias compañías de seguros tienen un servicio para recurrir multas, como por ejemplo el RACC. Prueba a ver.
Pedro, nota informativa??? Mira que me resulta raro eso: "le informamos de que el radar le captó circulando a una velocidad inadecuada, no vuelva a hacerlo, pillín…". No me cuadra, es más, nunca he visto enviar "notas informativas" a los posibles infractores, excepto en el período de gracia que se dió con la entrada en vigor del permiso de circulación por puntos.
Por tanto, lo que te habrá llegado es la notificación de denuncia, requirirendo para identificación el 15 días.
Con respecto al plazo, ya he dicho con anterioridad, pero remito:
CADUCIDAD, plazo de 1 año.
PRESCRIPCIÓN, 3 meses, 6 meses y 1 año para infracciónes leves, graves y muy graves, respectivamente.
Saludos de nuevo.
Hola escribo por si alguien me pude ayudar,ya que soy estudiante y no puede hacer frente al la sanción impuesta. E l pasado dia 28 de marzo del 2007, me sometieron a realizar una prueba de alcoholemia caundo conducia un ciclomotor,cuyo resultado fue de 0.5mg por litro de sangre. Mi pregunta es ¿cómo puedo recurrir esta sanción y que motivos puedo alegar para dicho recurso? Si alguien me puede dar alguna información se lo agradeceria.
Gracias. Un saludo
Kenneth, me parece que en tu caso no queda más que pasar por el tubo. Procura pagarla que así tendrás descuento. O bien infórmate si tu seguro tiene servicio de recurso de multas.
Me imagino que Rafa te aconsejaría lo mismo.
Hola, soy nueva en esto, me he animado, esto de luchar contra las injusticias es lo mío, pero necesito ayuda.
Hoy he encontrado una notificación para ir a Correos, y es del Ayuntamiento, en Madrid.
Creo que no puede ser otra cosa que una multa.
Hace aprox 1 mes paré en doble fila con luces de emergencia en la puerta de una biblioteca para devolver un libro.
Era doble fila de zona azul, y paré en paralelo a un contenedor de papel-cartón y uno de vidrio para que el coche no molestara.
Salí antes de 5 minutos y cuando arranco me fijo que en el parabrisas me han dejado una multa. La cogí y me fijé sólo en el importe (180!!!).
Como era zona azul me imaginé que la multa la había puesto un agente del ser (servicio de estacionamiento regulado). Fuí a buscarlo en mi propio coche por la zona para decirle que me explicara el motivo de la multa, sin haberme mirado yo casi la multa por las prisas de buscarlo. Me dijo que es que estaba en doble fila, y le expliqué que no llevaba nada de tiempo allí, que era parada reglamentaria , que era ilegal la multa. Me cogió el papel del parabrisas, lo arrugó en su mano y me dijo, bueno…te la quito. Me fuí sorprendida del poco afán de explicarme nada, y hasta ahora.
Quiero saber qué derechos tienen los agentes ser para multar en zona (doble fila) que ni siquiera está pintada de azul, ya que he oído alguna vez que este tipo de multas se pueden recurrir pidiendo el nº de placa del agente (que no tienen, porque no son policias). Pero lo que temo es que ni siquiera haya puesto en la multa doble fila, sino que me haya multado por no poner ticket en zona azul. Que os repito que doble fila no creo que esté considerado como zona azul, al igual que vados o carga/descarga en calles de zona azul ó verde.
Creo que estos agentes tienen potestad sólo para multar a quien no tenga TICKET en zona azul o verde, pero no a quien esté parado o estacionado en zonas no pintadas.
Muchísimas gracias.
Buenas tardes,
resulta que me ha llegado una carta del banco diciendo que tenia cierta cantidad embargada por el patronato de malaga y claro he llamado y me han comentado que es de dos multas que le pusieron a mi marido en mayo del 2005 y agosto del 2005, sin embargo a mi casa no ha llegado nada, ni tampoco a la de su madre. ¿Que puedo hacer? Yo creo que esto no es normal, nunca nos ha llegado ninguna notificación ni nada, esto es muy extraño.
Gracias.
hola,mi pregunta es la siguiente.me llega una denuncia de aparcamiento,yo nunca he estado en esa calle y mi vehiculo tampoco¿QUE HAGO?gracias.
Tania, como puedes leer más arriba esas multas ya han caducado. En principio puedes recurrir para que te las anulen.
Juli, recurre la multa y expón tus argumentos. En la multa (el original que se queda el guardia) creo que debe aparecer la matricula, marca y modelo de coche. Si tu no estuviste donde dice la multa, podría ser que apuntara mal la multa y no coincida el el modelo de coche.
Buenas:
Me han pillado en la autovia a 133km cuando el límite eran 100, ¿cuanto me puede caer?, por lo que he leido pueden ser unos 140 euros y 3 o 4 puntos. Una cosa me lleva a confusión, si la infracción se produce y tardan en notificartelo (por carta no ya que no estaba presente) en el boe más de dos meses, ¿ha prescrito?.
Que posibilidades tengo de recurrir con éxito???, valdrá la pena???.
Gracias y un saludo.
Eduardo, sigue los consejos de Rafa y seguro que lo ves más claro (Europa del Este…..).
¿QUE HACER?
Me han enviado a casa dos notificaciones de exceso de velocidad. Entre la presunta infracción 1ª y la segund hay 4 minutos y solo un (1) kilometro.
Además en la primera foto hay un coche adelantandome.
No soy conciente de haber ido a más de los 120km/h permitidos, por eso no se lo que hacer. Porque me extraña mucho, lo del coche que me adelanta y lo de los 4 minutos para un kilometro. ¿Que debo hacer? Gracias por vuestros consejos
Me han puesto una pulta por aparcar en doble fila, segun la multa esta se produjo el 14/03/2007 pero yo no he tenido constacia de esta hasta el día 16/05/2007 ya que me dejaron un papepilo el día 15/05/2007 para que pasara por el ayuntamiento para una notificación, podría alegar que ha pasado el plazo que tienen para la notificación de dicha multa.
un saludo,
Un Ser, bueno mejor dicho un controlador del S.E.R me ha puesto una multa por estacionar sobre la acera. Mis preguntas son varias y me gustaría que me las dilucidaran. Se lo agradecería por que estoy echo un mar de dudas. Las preguntas son estas;
1º¿ Un controlador del S.E.R posee al igual que la policía presunción jurídica de veracidad? Por que si no fuera así es tu palabra contra la suya.
2º¿ Puedo pedir una fotografía de la infracción, y si estuviera en mi derecho en que me enviaran una fotografía y no lo hicieran podría alegar indefensión?
3ª La fecha de la infracción es del 5 marzo de 2007 y correos me dio el certificado el día 12 de mayo. Osease 2 meses y 7 días. Al principio de este foro, en los consejos para recurrir multas, dice que el plazo es de 2 meses. Pero después habéis aclarado que son 3 meses. Porque si son 2 meses mi multa me la han dado fuera de plazo.
Agradecería que me dierais la información que necesito. Muchas gracias.
Jose… muy raro lo tuyo. De todas formas en la multa debería salir la velocidad.
Respecto a las dos multas seguidas, que yo sepa solo una es válida. Ahora faltaría saber cual. Otra es que emplees la táctica de Rafa y le encolomes el marrón a otro y listos.
Patricia, si lees lo que dice Rafa (que de todo esto sabe un rato), solo han pasado 2 meses, por lo que es completamente válida. Siempre te quedará recurrir, pero de aparcamiento… no se, no se…
Juan, el periodo es de 3 meses. Y lo de pedir foto… no se como funciona el procedimiento en caso del SER. Alguna opinión más?
Veo que esto se va animando…
Perdonar que no de respuesta en este momento a todos, si me dais una semanilla intentaré ir uno por uno, ahora ando demasiado ocupado con otras sanciones…
Prometo intentar orientar a estos siempre "presuntos" infractores.
Slds.
Hola, me llamo roberto y queria comentaros que ayer dia 19 de mayo, y de madrugada, concretamente sobre las 2:30 se situo a mi altura una patrulla de la policia local de Santiago de Compostela que me ordeno detenerme a la derecha en el arcen y despues de pedirme todos los papeles del coche, carnet de conducir etc. y comprobar que todo estaba en regla me comunicaron solo de palabra que me multarian por haberme visto usando el movil mientras conducia, tambien me dijeron que podrian hacerlo tambien por no llevar puesto el cinturon aun siendo dentro del casco urbano. El caso es que intente razonar con ellos el motivo de mi sancion pero fue imposible.
El caso es que en ningun momento se identificaron, tampoco me comunicaron concretamente cuales eran los motivos por los que me iban a multar, ni las consecuencias tanto economicas como en lo que a perdidas de puntos en el permiso de conducir podrian acarrear, solo me dijeron si queria una copia de la denuncia, a lo que conteste que no. Querria saber si han actuado correctamente y que medidas puedo adoptar en caso de que me llegue la multa para no pagarla, pos me parece injusta puesto que si realmente me vieron hablar por el movil como ellos dicen fue cuando salia de una gasolinera por un espacio muy corto de tiempo y sin que aun hubiera pisado la via publica. Si podeis contestarme estare muy agradecido.
Empiezo por el último.
Roberto: el actuar de los agentes es el correcto. Te intentaron notificar y te negaste. Ellos no pueden hacer más. El problema es que ahora mismo están posiilitados a dictarte resolución sancionadora sin que puedas alegar nada, puesto que tu plazo de alegaciones está corriendo y no podrás discutir lo que no conoces… Repito que la negativa a recoger una notificación es como si te hubieran notificado… RECOGER Y FIRMAR LA NOTIFICACIÓN NO IMPLICA CONFORMIDAD CON LOS HECHOS.
Con respecto al uso del cinturón y del móvil, la infracción se produce por el hecho de circular, da igual el tipo de vía. Por tanto, es indiferente que te encuentres en nucleo urbano o saliendo de la gasolinera. Es más, te recuerdo que el uso de los teléfonos móviles está prohibido en estaciones de repostaje…
Slds.
Para Juan:
1º¿ Un controlador del S.E.R posee al igual que la policía presunción jurídica de veracidad? Por que si no fuera así es tu palabra contra la suya.
Efectivamente es tu palabra contra la suya. Al no ser Agentes de la Autoridad, no poseen presunción de veracidad. No obstante, el procedimiento puede tramitarse igualmente y si el instructor y el órgano resolutor entienden acreditada la infracción…únicamente te quedaría el Juzgado.
2º¿ Puedo pedir una fotografía de la infracción, y si estuviera en mi derecho en que me enviaran una fotografía y no lo hicieran podría alegar indefensión?
Por pedir que no quede, pero si no hay foto difícilmente te la van a mandar. Si la denuncia se ampara en el testimonio de una persona es válida. Otra cosa es que yo acredite lo contrario.
3ª La fecha de la infracción es del 5 marzo de 2007 y correos me dio el certificado el día 12 de mayo. Osease 2 meses y 7 días. Al principio de este foro, en los consejos para recurrir multas, dice que el plazo es de 2 meses. Pero después habéis aclarado que son 3 meses. Porque si son 2 meses mi multa me la han dado fuera de plazo.
Como ya dije, son 3 meses para infracciones leves.
Por último lo que si intentaría es que los controladores del SER controlan las zonas de estacionamiento limitado, no el tráfico o hechos similares. Su denuncia vale tanto como si dijera que te vió hablando por el móvil: es decir, la denuncia de un particular cualquiera.
Slds.
Para Patricia Reaño:
No. No ha transcurrido el plazo de prescripción establecido.
Para José: ya dije en otro comentario anterior, que como ambas infracciones son continuadas, podría entenderse que estamos ante una misma infracción continuada en el tiempo, por lo que no podrían sancionarte dos veces por la misma infracción (principio latino de "non bis in idem"). Es decir, podría intentarse la reducción de la infracción en una sola.
El que un vehículo te estuviera adelantando podría resultar a tu favor, aunque habría que analizarlo desde un punto de vista técnico (del aparato con el que se realizó la medición).
Por último, lo de la velocidad y 4 minutos, habría que analizarlo, pero puedes tener ahí una mina: a la velocidad de 120 Km habrías hecho en 4 minutos 8 Km, por tanto, más deberían ser a mayor velocidad; no cuadra. Intenta aprovechar este hecho.
Slds.
Para Eduardo W: para no repetirme, creo que encontrarás respuesta en los comentarios que hasta la fecha he publicado aquí…
- Plazo de caducidad.
- Plazo de prescripción: 3, 6 (meses) y 1 (año).
- Qué implica el hecho de que no te detengan. Ausencia de notificación en el acto.
Slds.
Para Juli: haz caso a Polimalo.
Para Tania: Haber, lo tuyo es distinto, puesto que ya no estás en período de alegaciones o de recurrir la infracción, sino que te encuentras en período ejecutivo de las sanciones impuestas.
Las sanciones prescriben (art. 18.2 Regl. Potestad Sancionadora) al año, siempre y cuando no haya existido ningún trámite intermedio de notificación por parte de la Admón.. es decir, en principio, tratándose de dos sanciones de 2005 podríamos considerar que se tratan de sanciones prescritas.
El problema está en que dependerá del momento del procedimiento en el que te encuentres. Si el embargo de cuentas es lo primero que te notifican (cosa harto difícil), puedes recurrir.
Mi recomendación: busca en google el nombre y apellidos completos del infractor, a la búsqueda de alguna publicación en el BOE o diario de la provincia, haber que aparece (creo que te llevarás alguna sorpresa).
A su vez presenta recurso de reposición frente al embargo en amparo del art. 170.3 de la LGT y haber qué pasa.
Slds.
Para Laura: cuando recojas la notificación, nos especificas del todo, puesto que no voy a opinar sobre suposiciones, mejor sobre hechos concretos.
De todos modos, una aclaración. La parada, si no recuerdo mal, no puede exceder de los 2 minutos y (en esto no me hagas mucho caso) con una persona en el interior del vehículo.
Espero tus nuevas noticias.
Slds.
Para Kennet: creo que nos das algún dato erróneo. Dices que la prueba arrojó un resultado de 0,5mg/l en sangre, no sería en aire??? Lo digo más que nada porque esa cantidad no es ni tan siquiera infracción administrativa. Te hicieron análisis de sangre?? Creo que no… Pero acláranos…
A título informativo doy las cantidades por las que se sanciona administrativamente:
GENERAL 0,25 mg/l (AIRE) /// 0,5 g/l (SANGRE)
NOVEL y PROFESIONAL 0,15 mg/l (AIRE) /// 0,3 g/l (SANGRE)
Slds.
Rafa, una vez más me quito el sombrero. Gracias por dar luz al intrincado laberinto de las leyes.
¿Nos podrías recomendar alguna lectura para estar al día?
Saludos. Polimalo.
Rafa, gracias por la información.
Gracias por los alagos, pero no los merece. Intento cumplir con el compromiso y labor social que todos los abogados -por nuestro propio Código Deontológico- debemos llevar a cabo, ya sea a través del Turno de Oficio -trabajo semigratuíto que prestamos- o por medio de foros como este.
Con respecto a la lectura que me solicitas… existen multitud de publicaciones, pero las que conozco resultarían demasiado farragosas para personas poco familiarizadas con la terminología jurídica, lo que podría provocar alguna que otra confusión. Lo que yo realizo muy amenudo -más que seguir manuales- es leer Sentencias, que es lo que más puede ayudar.
No obstante, casi el 90% de lo que aquí manifiesto está contemplado en el Reglamento de la Potestad Sancionadora en materia de Tráfico, que tiene pocos preceptos y es de fácil lectura.
Slds.
Mi caso es curioso, me multaron en Santillana del mar, en marzo del 2007 pq hay una señal a la entrada del centro urbano q pone no aparcar en todo el casco historico (SOLO UNA SEÑAL PEGADA A UNA PARED Y CON HOJITAS POR ENCIMA , VAMOS POCO VISIBLE) encima era un dia de lluvia acojonante, lo curioso es q cuando llegamos a la plaza de la Colegiata habia dos coches aparcados pero cuando fuimos a retirar el coche habia mogollon pq era hora de misa…entonces digo, a toda esa gente tb la multaron?????
Tengo posibilidad de recurrir??
Gracias
Holaaa bueno vengo a contaros dos dudas de dos multas
- hace 4 años me multaron por n llevar cinturon…recurri la multa por uno de estos abogados que las anulan.. en 4 años.. n se me ha notificado nada de nada…por lo que pense que estaba ya anulada.. ahora me lo han quitado por hacienda…es legal que si en 4 años n me avisaron.. me hagan esto'
-en 11 de 2006 me multan por exceso de velocidad a 132 km un radar.. y me lo notifican el 24 de agosto de 2007, n me ha llegado carta para q identifique al conductor, directamente viene a nombre de mi madre que es a nombre de quin estaba el coche.. ya que lo vendi hace 4 meses ya.. como puedo recurrir esto?
graciasssss
hola quería saber si se puede recurrir una ,ulta, cuando te han enviado la hoja de la multa para pagar en el suma. saludos
A finales de julio me multó en Madrid un controlador del SER por aparcar en prohibido. El caso es que fui idiota, porque la calle estaba vacía y no me di ni cuenta de que aparcaba en prohibido… ¡hasta eché un euro veinte en el parquímetro porque era zona verde! A la vuelta del recado que estaba haciendo vi al controlador junto al coche con la denuncia recién puesta. Le pregunté por qué me multaba ya que había pagado el parquímetro y me indicó la señal y entonces caí en la cuenta de que había aparcado mal. Le di las gracias y me despedí porque después de todo el chaval tenía razón. Al mirar el ticket con la denuncia vi que se había equivocado de modelo de coche (la marca y la matrícula están bien). ¿Tengo posibilidad de no pagar? Si hay que pagar se paga, pero con la subida de la hipoteca de este último mes (casi 90 euracos) y con la que va a haber el mes que viene uno anda un poco asfixiao…
Debo decir que todavía no se me ha notificado nada y el único papel que tengo es el ticket de denuncia estando el conductor ausente.
Muchas gracias por todo.
Si lees más arriba, fíjate en los tiempos establecidos por la ley y la forma de actuar en consecuencia.
Necesito ayuda con una multa de ciclomotor, que dice: ''Conducción efectuando acciones para eludir la vigilancia de los agentes de trafico.Lleva la matrícula horizontal en vez de vertical, que no es posible__200''
Me gustaría saber si tengo alguna posibilidad al recurrirla, o si, al ser el dueño del ciclomotor (mi cuñao) de un pueblo perdido de Teruel, me pudiese librar.
Gracias por todo
Hola,
Mi duda es la siguiente, tengo 2 multas que me han puesto con radares fijos y moviles.
Una con radar fijo que estaba detras de un panel y me dice que iba a 172 km/h en una via permitida a 120 km/h con retirada de 4 puntos y 300 de multa.
Otra multa por un radar movil que estaba en un vehiculo aparcado por ir a 140 km/h en una via a 120 km/h.
¿Podría decirme alguien si hay manera de poder recurrir estas multas y que no me quiten ningún punto?
¿Es cierto que se puede recurrir por incumplimiento de la Ley y del Real Decreto sobre Unidades de Base Legal y el Sistema Metrico Internacional. Ya que la medida de velociada es el METRO POR SEGUNDO y no viene especificado en ninguna señal de trafico, ni en los paneles de las vias publicas?
Muchas gracias por adelantado.
Un saludo.
QUE PUEDO HACER?
HE RECIBIDO 5 MULTAS DE UN MISMO MES DEL MISMO SITIO POR EXCESSO DE VELOCIDAD (1KM/H MÁS), ME LAS HAN NOTIFICADO DE MODO QUE NO HE PODIDO AJUSTAR MI CONDUCTA A LA SANCIÓN. LA TEORIA DICE QUE LAS SANCIONES ADM. RESPONDEN A UNA FINALIDAD PARAFISCAL (NO SÓLO RECAUDATÒRIA), QUE ES LA DE CORREGIR CONDUCTAS.
PUEDO HACER ALGO AL RESPECTO¿
GRACIAS
Muy wenas:
He recibido una notificacion de una multa por velocidad, 3 meses despues de la fecha de la infraccion. Mis padres firmaron por mi la carta del cartero, yo no estaba en casa. Me he estado informando de todo y creo que la multa prescribe a los 2 meses de su infraccion si no se ha recibido notificacion en ese plazo, para postre no lleva la fotografia pertinente del radar que de pruebas de que mi coche es el infractor.
¿Que debo hacer? Contxtarme rapido por favor, tengo 15 dias para actuar.
Gracias
Hola:
Ante todo darle las gracias por sus consejos tan útiles…espero q eso me ayude. Acabo de recibir en mi casa una multa de 90 euros por….no señalizar?????? y a las 9 y 30 de la noche de un miércoles, que normalmente hace un montón q llegué del trabajo????. No me lo creo.
Iré a recurrir la multa y espero que tengan una foto mía de es hora, ese lugar y en fin….que Dios me ayude a salir de esto.
el dia 2 de octubre me pusieron una multa por aparcar encima de la acera. En la calle donde aparqué es una calle sin salida ,es donde vivo, y mi coche estaba estacionado delante de un patio de una casa con salida a la calle que está construido ilegalmente sobre acera publica , y la dueña llamó a la policia porque le molestaba para barrer los alrededores de su casa pues no era porque le molestara para salir pues ella sale por otra puerta. Antes de que me pusieran la multa les dije que bajaba y mientras bajaba a quitar el coche me dejaron la multa en el parabrisas ,entonces mi hermana les dijo que yo estaba bajando y se lo dijo alzando la voz (vivo en un 3) y cogieron la multa y pusieron una cruz creo queseñalizando que hubo enfrentamiento o discusión,cuando eso no fue así. En la multa también aparece que estoy ausente , si hubo discusión como es que estoy ausente. ¡qué podría alegar al recurrir la multa ? gracias.
¿Alguno sabe de datos de algún marroquí, rumano, o similar para identificarlo como conductor?
Hola,
Tengo una pregunta para Rafa. Mi mujer ha recibido una multa después de que yo la hubiera identificado (lástima que no hubiera leido esta página antes !!!, pero realmente fue ella la que realizó la infracción). La infracción fue por estacionar en el carril bus (300 y 2 puntos). No le notificaron nada y la sorpresa llegó un mes más tarde (le denunciaron los controladores del SACE).
El Ayuntamiento de Madrid le ha enviado la multa pero a una dirección equivocada: la calle y el número están bien pero el piso no: la mandan al 3D cuando nosotros vivimos en el 3C. Deben de sacar este dato del Padrón porque cuando nos toca votar también viene mal el piso.
Quería saber si podemos utilizar este error del Ayuntamiento de alguna manera.
Saludos y muchas gracias.
wenas noches !!
yo tengo un problema muy grande muy grande me cojio la guardia civil por la se-30 con el mobil sin el cinturon y por el tercer carril cuando no habia naide en los otros dos y yo con mi camion de reparto total que me keria kitar 9 puntos y 450 euros claro esta que yo le dije a el hombre que era novel y solo tenia ocho puntos entonces se hecho a reir y me puso seis puntos y 450 euros hasta hay bien yo page y nada mas no he vuelto a saber mas nada de esa multa .
yo he ido a la autoescuela y me han dicho que para hacer el curso tiene que llega a mi casa una carta diciendome que man kitao seis puntos y que me kedan dos.
yo la multa ya la he pagao pero esa carta a mi casa no a llegao entonces yo de esa multa ya no kiero saber mas nada lo hice mu mal y nada mas ….
pero oy a las 20:02 me a multado la policia local por no llevar el cinturon de seguridad puesto y me a kitao tres puntos y 150 euros si a mi me kedaban dos puntos y aora este hombre me kita tres eso como va aser q ¿¿¿¿ma kitao el carnet???? como recurro yo esa multa ayudarme por dios soy repartidor y mi trabajo es mi furgon es mi carnet ¿¿¿¿como recurro????
Chaval, haztelo mirar. Si tanto aprecio tienes a tu carné de conducir, por qué vas por ahí de esa manera? Hablando por le móvil, sin cinturón….. ya te vale.
Si te han parado y te lo han notificado, apechuga con ello. Me parece que vas a tener unas bonitas vacaciones.
Wenas. Mi problema es de esceso de velocidad. Resulta que me hicieron una foto con el coche el dia 07/04/2007 y no me lo han notificado hasta hoy 30/10/2007. No se hasta que punto esto es legal. La notificacion ha tardado casi 6 meses y nunca he recibido una carta del ayuntamiento para ir a pagar mas que han venido ahora con la notificacion. Tengo que decir que mi coche va a nombre de empresa y a lo mejor por ahi me salvo de una sancion de casi 650 , pues al parecer me pillaron a 71 k/h cuando solo podia ir a 40 k/h, y encima a las 3:34 de la madrugada. La verdad es que no se como recurrir esta multa. Si me puedes ayudar te lo agradeceria.
wenos dias estoy de suerte al parecer el ayuntamiento de sevilla todavia no kita puntos por lo q me podio enterar ???? e llamao a unos abogaos de esos q kitan las murtan y me lo han dicho q solo los ayuntamientos de madrid y barcelona kitan los puntos
aunque esta vez aya tenio muchisima suerte juro por dios q ya no lo ago mas a partir de aora me voi a pone el cinturon antes de llegar a el sotano q lo e pasao mu mal pensando en mi trabajo
weno un saludo a todos vosotros
¿Qué mierda es esa que solo quitan puntos en Barcelona y Madrid? Me cagon en todo…..
Que tál, ante todo muchas gracias por vuestros consejos y la ayuda qu prestais a muchos en unos temas legales tán desconocidos para la mayoria.
Expongo mi caso:
Aparqué el coche en la puerta de una nave la cual está cerrada desde hace bastante tiempo, comentar que esta tiene la placa de "vado permanente", aún pegada junto a su puerta de entrada. Imagino que este pago de la tasa correspondiente al vado n estará en vigor, ya que imagino que el propietario de la nave no hace regularmente uso de ella, veo ilógico paragar dicha tasa municipal por ese concepto.
El tema es que el pasado 28/06/2007, me retiran el coche de allí la grua municipal con su correspondiente denuncia claro.
La notificación de la misma se produce en mi domicilio hace unos dias, aún estoy a tiempo de la pertinente alegación, sobre todo por que quisiera saber antes de nada, o mas bien que se comprobara si ese vado está a fecha de la sanción con su corresdiente documentación en regla, cosa que dudo, y es ahí mi impotencia.
Por lo cual, con estos hechos quisiera saber que argumento seria valido y en que disposicion, articulo u ordenanza municipal (decir que es en la provincia de Málaga) puedo presentar mis alegaciones a la denuncia para que sea revisada la misma.
Muchas gracias de antemano artistas.
Hola. Tengo como todos un problemilla. Me han multado por aparcar encima de una acera. La cosa es que estoy estudiando fuera de mi ciudad. Y no quiero que l amulta llegue a mi ciudad porque se la mandarán a mi padre por ser titular del vehiculo. Pero a todo esto, en la multa, el modelo de mi vehiculo y el color vienen mal. ¿Qué debo hacer? Notifico que el coche lo conducía yo y además intento alegar algo? ¿O me espero y mando un escrito diciendo que lo coducía yo? La cosa es hacer algo para no pagar y si es posible que no llegue a mi casa la multa. Gracias.
Hola, mi problema es el siguiente,tengo una infraccion muy grave, me ha llegado la foto pero no fui detenido en su momento. Me ha pillado a 107km/h en un tramo de 60km/h. no, no soy un tenerario,con dos carriles solo para mi y curvas amplias no se que hace esa señal ahi, bueno el caso es k me kitan 6 puntos y 2 meses sin carnet, la infraccion fue el dia 18/9/07, pero ocurre que para esa fecha conducia con el carnet de mi pais, soy dominicano, pero he cambiado (homologado) mi permiso dominicano por el español (ahora creo k fue un error), en el canet español me sale que la fecha de expedicion fue el 10/10/07, osea casi un mes posterios a la multa, mi pregunta es, ¿esos 6 puntos me los pueden quitar de un carnet que aun no tenia en el momento de la infraccion? ¿me quitaran este carnet nuevo por 2 meses, o ya no me lo pueden quitar pork no tengo el dominicano (se deja en transito)? aunque puedo pedir copia a mi pais creo. Recurro a algo? en la multa no sale ningun numero de carnet.No me importa pagarla, ni entregarla por 2 meses pero si los puntos, creo tengo 12 pork tengo carnet dominicano desde 2002 y eso lo tomaron en cuenta.Eso de decir k conducia un amigo k vive en el extranjero cuela? tengo uno al k le podria pedir el favor. Cualquier consejo sera bienvenido, GRACIAS.
Hola a todos! Mi caso es que tengo una multa por aparcar en VADO (solo la puntita)
con el coche de mi cuñado, que murió hace dos meses… Hay solución?
Mil gracias…
Que tál, ante todo muchas gracias por vuestros consejos y la ayuda qu prestais a muchos en unos temas legales tán desconocidos para la mayoria.
Mi pregunta es la siguiente:
ayer me pusieron una multa por exceso de velocidad en un tramo de 60km/h y yo iba a 78km/h, pero no me mostraron la foto y ahora estoy pensando en poner un recurso para que me la muestren.Si no obtengo respuesta en tres meses la multa ¿está prescrita? y si recibo la foto y se demuestra que es mi coche ¿a pagar y punto?
Gracias.
Hola, hace poco mas de 1 año me pusieron una multa injustamente por pasar por un semaforo en ambar intermitente. Presente alegaciones dentro del plazo, me contestaron al cabo de 5 meses desestimandolas. Presente nuevamente otro escrito con pruebas fotogracicas del lugar y ahora pasados algo mas de 6 meses me contestan diciendo que no he presentado prescripcion y que debo pagar la multa en los siguientes 15 dias, o en 2 meses me lo haran pagar por la via ejecutiva, etc etc etc…
He leido que ya no puedo hacer nada mas, que todo lo que presente no servira de nada.
¿Tengo alguna posiblidad? Un abogado podria ayudarme?
Maldito ayuntamiento de Palma, hacen que te sientas como una mierda, e impotente al no poder demostrar tu inocencia.
Como puedo pedir que envien a un agente para que vean el incorrecto funcionamiento del semaforo?
Un saludo
Hola mi caso es que me llego una carta a casa de un radar del 14/09/2007 y solo me pone el importe de la multa.
Lo que me pide es que notifique antes de 15 dias quien conducia el vehiculo y las causa por las que no me pararon pone PAREJA OCUPADA.
Que seria lo mejor que puedo hacer.
Darme opinion la verdad es la primera vez que me pasa algo asi y estoy muy confuso.
Se puede evitar pagar facilmente??
Gracias de antemano.
Hola, ejemplo de "MULTA RETROACTIVA".
El caso es el siguiente: se aparca en una zona donde se ven unos discos portátiles de prohibido estacionar. Sin embargo, los discos están caducados: eran vigentes hasta el dia 19 y estamos a dia 22. Hasta aqui todo correcto, se aparca y en paz.
Sorpresa el dia 24: han puesto una multa por aparcar, el dia 23 a las 12.30 h., cuando el propietario estaba trabajando, y han cambiado los discos portátiles por otros que dice que està prohibido aparcar desde el día 23.¡¡¡ TOMA CASTAÑA!!!
Enigma: ¿Como el propietario puede demostrar que aparcó el día anterior y que no utilizó el vehículo hasta dos días después? ¿Tenía el propietario la obligación de ir a ver el coche cada día?
Es de agradecer lo que Rafa y Polimalo hacen, si señor
Y aqui lanzó lo mio, haber que opinais:
resulta que he trabajado hoy en Ciudad Real y he vuelto en Ave a Madrid, donde vivo, he cogido el coche y entre el lio del trafico me he metido por un carril bus donde he visto como un policia me ha apuntado la matricula claramente pero sin pararme. Sería normal que me llegara la multa o lo normal esq me hubiera parado?? Un saludo y gracias de antemano
perdond por el gazapo, esto pasa por escribir rápido : haber, no!!!! pongamos " a ver", jejej
Buenas de nuevo:
Hacía mucho que no pasaba por aquí, pero entender que uno tiene que currar.
Unas aclaraciones: 1º.- la intención mía de escribir en este foro no es la de lucrarme. Esto podrán corroborarlo todos aquellos a los que he intentado ayudar. 2º.- todos podeis ver mi email, pero os pido que no me mandeis personalmente las dudas que podeis plantear aquí, a menos que conteis con que soy abogado y cobro por el servicio que presto cuando es de modo individualizado y puntual. Lo digo porque algunos me han solicitado llevar asuntos (poniendonos de acuerdo económicamente) y otros no lo entienden, así que informo antes de tiempo.
Tras tanto tiempo veo que hay muchas dudas, y que no voy a responder todas, así que me voy a las actuales:
Antonio, ya dije anteriormente que la notificación en el acto es obligatoria (art. 10 del RD), pudiendose salvar de forma motivada (muy motivada según la jurisprudencia) o cuando la infracción se capte por medios telemáticos (fotos, radar, et).
Jose, lo tienes "sencillo". Puedes aportar como pruebas fotografías del lugar en el que se dice se cometió la infracción, acreditando que no existe señal alguna que te impidiera estacionar. Si te dicen después que era una limitación temporal, solicita como prueba que certifique el ayuntamiento que el día y a la hora fijada en el boletín de denuncia estaba autorizada la colocación de dichas señales, así como que te indiquen el expediente administrativo en el que consten la solicitud y autorización expresa, así como el abono de las correspondientes tasas por utilización privativa de dominio público.
Saludos.
Vamos a ver Kiro, si lees comentarios anteriores míos, creo que intento dar solución a tu problema. No obstante y como veo que las dudas siguen siendo muchas, intento esquematizar en procedimiento a seguir:
1º.- Denuncia: puede ser en el acto o puede ser a posteriori.
1º.a) En el acto: normalmente tendremos "poco" que hacer: presunción de veracidad de los agentes. No obstante cada expediente es un mundo, no tireis la toalla.
1º.b) A posteriori: nunca podrán sancionar directamente al titular del vehículo. ¿Porqué? Porque el agente únicamente puede decir y verificar que quien conducía el vehículo matrícula "…tal…" en dia "..xx.." cometió una infracción consistente en "….yyy…".
1º.b) I) Por tanto, si directamente me sancionan sin pararme solo por el hecho de ser el titular, facil defensa: yo no conducía ese día. Qu me lo demuestren: NO PUEDEN.
1º.B) II) Lo habitual: apertura de expediente dando plazo de 15 días para identificar al conductor el día de los hechos. Caso de no hacerlo: apertura de expediente por no identificar y se archiva el otro expediente.
2º.- Presentación de alegaciones: dependiendo del tipo de infracción serán unas u otras. No obstante, volviendo al caso de la sanción no identificada en el acto: si soy el identificado por otro ciudadano: presunción de inocencia y siempre negar los hechos: el agente tiene presunción de inocencia, quien me ha identificado a mi como conductor no.
No voy a dar más detalles del procedimiento puesto que varía dependiendo de quien tramite (Jefatura o Ayto). Puede haber trámite de audiencia o no; y frente a la resolución sancionadora se podrá interponer recurso de alzada (Jefatura) o de reposición (Ayto).
Saludos.
Fran, disculpa, pero no comprendo tu porcedimiento, intenta ser más concreto con las fechas, puesto que los términos que utilizas me confunden. Intenta concretar fechas y nomenclatura real y contenido de las resoluciones para tratar de ayudarte.
Manu, la foto no la enseñan nunca en el acto. Si te pararon, al solicitar ahora la foto pierdes el descuento que te aplican en el "periodo de gracia" que ellos te dan. El hecho de pedir la foto y las revisiones sirve en un porcentaje no muy elevado, aunque puedes conseguir otra serie de defectos en el procedimiento, pero nunca es seguro. Mi consejo: si no son muchos puntos paga, a ver si se olvidan y no solicitan retirada.
Saludos
Hola a todos:
Hace 2 dias me llego una multa de esos coches que circulan por el centro de bilbao multando sin dejar la nota en el parabrisas. Te multan sin bajarse de coche a 15 kilometros hora. ¿ Sabe alguno si es legal este tipo de coches para multar? Ya que no espera los 2 minutos de parada que hay que esperar para sacar la foto.
hola. me multó la policia local de coruña por aparcar en doble fila y en la notita que me dejaron en el cristal del coche aparece mal el modelo del coche. puedo librarme de pagar la multa si hago un pliego de descarga
Hola, me ha llegado una "notificación de providencia de apremio", me pone que el "sevei de transit català" me quiere quitar 200 euros. Voy a preguntar a hacienda y me dicen que es una multa por exceso de velocidad, 158Km/h en autopista con límite 120. Resumiendo:
-No me han notificado la sanción ( o yo no me he enterado)
-No me han pedido identificar al conductor (o yo no me he enterado)
-la infracción fue la primera semana de diciembre de 2006, y en la información que he obtenido en hacienda me dicen que como no me localizó el "sevei de transit català", lo publicaron en el BOC la última semana de junio de 2007. han pasado más de 6 meses entre la infracción y la "notificación", ¿puedo alegar eso para librarme?.
-En el BOC, donde aparece el listado de los sancionados, no aparece el DNI completo, ¿puedo alegar eso para librarme?.
-En el punto donde estoy he leido que lo mejor es pagar, si pago ¿asumen que yo era el conductor y me quitan puntos?.
¿cómo me recomiendas actuar?.
Un saludo
Aparqué el coche de mi mujer en un parking al aire libre y gratuito junto a una comisaria de la Ertzantza, en una calle de circulacion, donde no molestaba al trafico del parking y donde habitualmente la gente aparca porque siempre esta lleno. Habia mas coches en la misma situacion que la mia, otros aparcados en las aceras y otros encima de la raya amarilla. Habia una patrulla de la Ertzantza aparcada en un sitio reservado para minusvalidos, Cuando vuelvo al de 10 minutos veo que me estan poniendo una multa de 250 por ser, segun ellos, una infraccion grave, y solo me la han puesto a mi. Al preguntarles si se puede aparcar en las aceras me contestan que no les diga como tienen que hacer su trabajo y se retiran a la comisaria sin poner mas multas. Todo esto debe de estar reflejado en las camaras de dicha comisaria puesto que cubren todo el parking y alrededores. ¿Tengo alguna opcion de recurrir y cuando menos que lo consideren como una infraccion leve? siendo el coche de mi mujer, ¿tengo la obligacion de identificar al conductor? ( o sea, yo)
Gracias Rafa, ya tengo algo a lo que me aclare a que atenerme, qu tengais buen fin de semana !!!!!!!!!!!
Hola a todos:
Antes de empezar me gustaría dar la gracias a todos por este foro tan productivo y por la gran labor de Rafa.
Mi caso es el siguiente:
Me acaba de llegar una notificación para identificar al conductor para multarme por estacionar en un paso de peatones obstaculizando gravemente la circulación de los peatones y además no notificada por estar ausente, pero la verdad es que si estabamos en el vehículo mientras recogíamos a mi hermana que estaba en la estación de autobuses y no estabamos en el paso de peatones ya que en él estaba mi cuñado (al que también le ha llegado la misma multa), pero lo que más me cabrea es que la infracción que ellos notifican no es verdad y que la pareja de policías pasó por el paso de peatones, nos vieron, se rieron y siguieron andando sin notificarnos nada.
Agradecería mucho que Rafa o alguien me aconsejara que puedo hacer y que posibilidades tengo, por si sieve de algo, la multa la puso la Policía Local de Lugo.
Un saludo y muchas gracias.
Hola a todos:
Para empezar, mi reconocimiento a Polimalo por su blog, y a Rafa por sus esfuerzos en pro de todas las "presuntas v�ctimas inocentes" que aquí traen sus cuitas. Y ahí va la mia.
He dado con este sitio mientras buscaba algo que me temo no encontraré en toda la Web -y ojalá me equivoque-, algo como una "puerta trasera" ó "caballo de Troya" que me permita metérsela doblada a Tráfico, y así devolverles el favor.
Me explico: he sido cazado en la carretera N-634 y pk. 700'100 por un alevoso radar lo suficientemente oculto para escapar a mi detección visual. Sus colegas de un kilómetro después me hicieron una receta por "Circular a 88 km/h en zona señalizada con límite de 50 km/h", prescribiéndome un tratamiento de 140 euros (98 en rebajas) y 2 puntos de sutura en el carnet, aunque sin retirada prevista del mismo.
He analizado a fondo el boletín de la denuncia sin encontrar ningún fallo ni errata que me diera pié para un recurso con un mínimo de esperanza de vida, y por otra parte todas las tablas consultadas me adjudican bastantes más euros y puntos que los recetados, y algún que otro mes de retirada a mayores; �me habrán aplicado en exceso los márgenes de error admitidos?.
Parece evidente que este mío es uno de esos casos clarísimos de "Paga, Calla, Apechuga y No Te Hagas Notar", no vaya a ser que detecten el error y lo corrijan. Al fin y al cabo, 98 euros se pagan por cualquier mínima avería del coche, y dos puntos de doce son un 16% (como si fuese el IVA del carnet). Lo que me queda es educar los reflejos para reaccionar adecuadamente cada vez que vea una señal circular "informativa" en blanco con orla roja, sí, una de esas que informan de que "La Autoridad piensa que por aquí no se debería circular a más de …" o cualquier otra imposición por el estilo.
Perdonad la extensión del comentario, y también la sensación de indisciplina que puedo haberle dado, pero es que en mis 43 años de conductor sólo he tenido tres o cuatro accidentes -ninguno grave- y otras tantas denuncias en carretera por infracciones sin consecuencias, conduciendo siempre de manera de no hacer a los demás lo que no quisiera que ellos me hiciesen a mí, y me disgustan enormemente los métodos arbitrarios y recaudatorios que utilizan las autoridades para hacer ver que intentan arreglar las complicaciones del tráfico, aunque por ese camino no lo conseguirán nunca.
Saludos
Mensaje para Rafa:
Estoy buscando como loca un abogado que me tramite los recursos por impago de 3 vehiculos matriculados en Madrid.
Yo vivo en los usa y mi familia me ha comunicado una Providencia de Apremio…
En el blog no veo tu e-mail, como puedo contactar contigo????
Gracias,
Rafa, cual es tu email? necesito un un abogado que me tramite los recursos por impago de 3 vehiculos que trafico me ha comunicado por Providencia de Apremio… vivo en uSa y mi primera comunicacion seria por email….
Mil Gracias,
Hola Elena:
Siempre pongo mi e-mail en todos los enlaces, no obstante te lo facilito, por lo que pudieras necesitar: doneval69@hotmail.com. Este es mi correo NO-PROFESIONAL, pero contesto diariamente. Ya sabes como contactar conmigo.
Saludos.
Sittipaldi!!
Yo desde hace un tiempo símplemente utilizo el seguro. Creo que la mayoría de compañías te incluyen en el seguro de tráfico la asesoría jurídica por muy a terceros que puedas tener el seguro. En mi caso los he utilizado y en estos momentos se han encargado de redactar mi "pliegue de descargos" de una situación muy similar a la tuya pero con un tratamiento un pelín más caro y tres puntos de sutura.
El procedimiento es fácil:
1) Llamo a la compañía de seguros les indico que me han multado y quiero reclamar la multa.
2) Toman mis datos y los de la multa y se la hago llegar via fax
3) a los pocos días me envían un correo con el pliegue de descargos perfectamente redactado y las instrucciones a seguir para presentarlo
4) cualquier notificación que tenga referente a la multa se la hago llegar y sigo sus instrucciones.
El servicio es gratuito y a mí de momento me ha ido muy bien las veces que lo he utilizado (no obstante no eran tampoco muy complicados los casos).
Saludetes
Vaya… yo que seguía mirando la página religiosamente y mi duda ha sido olvidada… sniff… Pues ná… unas veces se gana, otras se pierde…
Mi más sentido pésame Pablux.
En lo que pones no queda claro si el infractor fuiste tú o tu cuñado. Según cuando haya sido la multa y el fallecimiento, quizás se lo podrías encolomar a él. De otra forma, me parece que no tienes otra manera del salvarte de la multa.
Un saludo.
Hola a todos:
Esta va para Rafa a ver si me puede aconsejar algo.
Mi caso es el siguiente:
Me acaba de llegar una notificación para identificar al conductor para multarme por estacionar en un paso de peatones obstaculizando gravemente la circulación de los peatones y además no notificada por estar ausente, pero la verdad es que si estabamos en el vehículo mientras recogíamos a mi hermana que estaba en la estación de autobuses y no estabamos en el paso de peatones ya que en él estaba mi cuñado (al que también le ha llegado la misma multa), pero lo que más me cabrea es que la infracción que ellos notifican no es verdad y que la pareja de policías pasó por el paso de peatones, nos vieron, se rieron y siguieron andando sin notificarnos nada.
Agradecería mucho que Rafa o alguien me aconsejara que puedo hacer y que posibilidades tengo, por si sieve de algo, la multa la puso la Policía Local de Lugo.
Un saludo y muchas gracias.
Hola a todos:
Esta va para Rafa a ver si me puede aconsejar algo.
Mi caso es el siguiente:
Me acaba de llegar una notificación para identificar al conductor para multarme por estacionar en un paso de peatones obstaculizando gravemente la circulación de los peatones y además no notificada por estar ausente, pero la verdad es que si estabamos en el vehículo mientras recogíamos a mi hermana que estaba en la estación de autobuses y no estabamos en el paso de peatones ya que en él estaba mi cuñado (al que también le ha llegado la misma multa), pero lo que más me cabrea es que la infracción que ellos notifican no es verdad y que la pareja de policías pasó por el paso de peatones, nos vieron, se rieron y siguieron andando sin notificarnos nada.
Agradecería mucho que Rafa o alguien me aconsejara que puedo hacer y que posibilidades tengo, por si sieve de algo, la multa la puso la Policía Local de Lugo.
Un saludo y muchas gracias.
HOLA, PRIMERO QUERIA FELICITAR A RAFA y realmente AGRADECERLE su ayuda en esta página. Cosa que hace sin ningun compromiso y solo con el afan de ayudar a nosotros desesperados….. Eso es de elogiar que una persona profesional, entregada a su profesion, intente disponer de un tiempo, posiblemente de su tiempo livre para hechar una mano a personas que no conoce, y hacerlo sin esperar beneficio. Espero qeu la vida te de la recompensa qeu te mereces y que seas ejemplo para muchas personas de este foro.
Bueno, yo escribo para pedirte un consejo, puesto que me han pillado con un multanova 6F MR a una velocidad de 139 en una autovia de 100 pero el radar estaba puesto en un pequeño tramo de 80. Me han puesto 450 6 puntos y 2 meses de suspension. Corría porque mi madre me llamó qeu se habia caido de la escalera por eso al parame le dije al guardia que me cojieran los datos , me multasen despues, pero qeu me dejasen marchar. Jamas pensé que la multa iba a ser tan desorbitada. No tengo ese dinero y tampoco de donde sacarlo.
Si pudieras aconsejarme te lo agradeceria muchisimo.. .. Mis dudas son:
En la multa no me pone nada del 30% .. aun así tengo ese derecho?
Es mejor pagar ahora y recurrir… o me espero a recurrir sin pagar?.. me pienso esto porque pediré un crédito para pagarla.. y beneficiarme del 30%
He encontrado este recurso… para mi esta muy bien puesto qyue hablan sobre las leyes.. pero no se si es el adecuado.. ademas es del 2002 y no se si las leyes estan vigentes..
Quiero entregar este y necesitaba una opinión.
http://www.geocities.com/mundoderecho/T
Bueno en fin.. que muchisimas gracias. Si pudieras contestarme sería un gran favor puesto que estoy desesperada.
Un saludo y muchas felicidades por su vocación.
Vanessa
maresia_abada@hotmail.com
no salio la pagina entera:
http://www.geocities.com/mundoderecho/TRAMITE/multatrafico.htm?200817
Buenass, felicitaciones por esta gran pagina ante todo. Ahora os expongo mi problemilla a ver si tiene solucion, ¿que me aconsejais?
Me han puesto una multa por carga y descarga, es una furgoneta del trabajo ( que me llegaria a mi pq en la empresa saben quien lleva cada furgoneta), la furgoneta es de renting (ANDACAR)(empresa de castellon);
la carga y descarga sta justo al lado de mi oficina donde cargo y descargo las cosas, nunca habian multado ahi y cual fue mi sorpresa q vi la multa a mi y a mi jefe que tenia el coche delante; yo dejé el coche bastante tiempo pero no suele pasar por ahi la policia , me la puso a las 12:50 o asi y a las 12:40 salió un compañero mio y no estaba la policia aun. Es en Toledo y me han puesto 90 reducida 45 (me joderia (con perdon) pagar una multa por estar currando, y querria saber q puedo hacer. En la multa pone lo siguiente (tal cual):
X ordenanza minicipal de trafico artículo 290101 cuantía 90 Fecha Hora
Hecho denunciado: ESTACIONAR DONDE ESTA PROHIBIDO PARAR (ojo a lo q pusieron..)
Lugar de la denuncia: ——-
Vehiculo marca y modelo: ——- matricula: ——–
Firma del denunciado : ausente Firma del denunciante : (un rayajo)
1 saludo y graciass a ver si obtengo respuestas.
Estoy buscando sentencias, si pueden ser del TS, en las que el juez haya dado la razón a un automovilista denunciado, en contencioso administrativo, aceptando la sola declaracion del recurrente y en contra dela presuncion de veracidad de agentes denunciantes.
Mi caballo de batalla es que en aquellos casos en los que la denuncia sea falsa, o exista un error, y el denunciado no tenga otra prueba que su palabra, pienso que el juez debe entrar a valorar esa sola prueba, y no dar por valida una denunica erronea o falsa por el simple hecho de presuncion de veracidad del agente y que se diera el caso de que, por ejemplo el denunciado viva solo y ese dia no saliò de su casa, sin tener otra prueba que su sola afirmacion.
Saludos cordiales
Policarpo, desconozco si hay algún repositorio de sentencias que se pueda consultar online o en algún otro sitio físico, pero estaría muy bien. Si alguien sabe algo al respecto estaría muy bien disponer de esta información
Vale gracias.
De vez en cuando echaré un vistazo por aqui a ver como anda la cosa.
Si necesitas algo, en lo que pueda servir aqui estamos
Hola!!
Escribo este comentario para saber vuestra opinión sobre lo siguiente:
Si circulas por un tramo curvo de una salida de autopista, a una velocidad bastante prudente (80kmh) porque hay poca visibilidad, te encuentras con una caravana de coches en la salida de la curva, frenas y aún así no puedes evitar colisionar con otro vehiculo, ¿qué posibilidades de éxito podría tener el recurso de la multa que me han puesto, de 3 puntos y 150 euros, por no respetar la distancia de seguridad?
Como aclaración, comentar, que antes de entrar en la curva no circulaba delante de mi vehiculo ningún otro, en una distancia superior a 50 m.
Intento ayudar:
Para Migude: Ver art. 10 RD 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico, circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y comentario de 23 de marzo de 2.007; sobre ausencia de notificación en el acto. Tendrás que poder acreditar que estabas en el vehículo.
Para Maresia: Voy duda a duda:1º.- Sí, aunque no lo ponga tienes derecho a la reducción del 30%. 2º.- Si pagas ahora beneficiándote del 30% no puedes recurrir, puesto que el pago conlleva el archivo del expediente. La elección depende de tu criterio. 3º.- El recurso esta…normal. Algunas cosas no tienen ni pies ni cabeza, pero bueno, es un formulario, no podemos pedirle mucho más. Tu caso es cuatioso, deberías verlo con detalle para que no se te escape nada, es mucho dinero+puntos+suspensión.
Para Ricardo: paga y da gracias por que no te lo quitara la grua.
Para Policarpo: existen bases de datos de jurisprudencia a la que tiene acceso cualquier persona que pague lo que valen (La Ley, El Derecho, Bosh online, Tirant online, Westlaw, etc). Cualquier abogado tiene contratada una. No obstante, todas las Sentencias del TS se encuentran en la siguiente página: http://www.poderjudicial.es/jurisprudencia/. Otra cosa es que cualquier persona sepa como buscar.
Para TBB: sí, creo que podría prosperar, eso sí, con matices. Tendrías que acreditar que los vehículos estaban detenidos en un lugar de la calzada que por su configuración hacía imposible la detención sin colisionar con los mismos.
Saludos.
doneval69@hotmail.com
pues lo mio si que fue de risa.
me llega una carta de la dgt, y cuando la abro, observo que a la hora de la denuncia resulta que estaba en un avion desde Londres, de vuelta a sevilla.
supongo que con un descargo evitaria la sancion de 310 , la cual es, y cito textualmente:"no identificar al conductor el titular del vehiculo debidamente requerido para ello. procede del expediente xxxxxxxxxxx".
bueno, no tan textualmente, jejeje.
en fin, que he rellenado un descargo, y lo enviare a la direccion que aparece en la carta, por burofax, supongo.
si alguien tiene algun consejo antes del 25-01-08, sea bienvenido, y si es mas tarde tambien.
salu2
Buenas, dar las gracias a Rafa y felcitarlo por el trabajo y las dudas solucionadas gratis. Me ha quedado claro que no tengo nada que hacer…
Después de 11 años de expediente impoluto, hoy, mi 1º multa por exceso de velocidad: 93km/h en tramo de 60 = 140 lordos y 2 puntitos. Ah, he leido por ahí que entre 1 y 3 meses de retirada y nop, le pregunté al guardia civil y no.
Me dijeron que pidiera la foto si queria y lo voy a hacer, para enmarcarla y recordarme, entre otras cosas, que HAY QUE LEVANTAR EL PIE CUANDO VEAS UN COCHE EN EL ARCEN !!!!!
Y aqui llega mi duda: llamé a Trafico y me dijeron que tenia que pedirlo por escrito, vuelvo a llamar por que "se cortó" sin pregutar qué docuementación hay que adjuntar y ahora me dicen que no, que la pida en el 060. Llamo al 060 y dicen que ellos no tienen ná' que ver en eso…
Alguien me puede decir cómo pedir la foto sin tener que pedir una mañana en el trabajo para ir a Tráfico ?
Gracias.
Hola compañeros, a ver si me podeis ayudar.
En el mes de septiembre me multaron en Barcelona con un ciclomotor por no obedecer señal de obligación sin peligro. Yo estaba convencido que la maniobra estaba bien hecha, incluso la hice delante del urbano, del que me había percatado de su presencia y que me paró y entregó la multa. Presenté recurso, por 2 motivos:
- Las indicaciones del suelo (raya discontinua) me permitían hacer la maniobra.
- El urbano se equivocó al poner el nº de la calle(40 números, que suponen unas 4 calles). En el nº que indicó no hay ninguna señal de obligación; por tanto, no pude cometer dicha infracción.
En diciembre encuentro una carta en el buzón (notificación con justificante de recepción) que no sé quien ha firmado desestimando el recurso.
El plazo de pago finalizó el 25/1/08. ¿Qué puede pasar ahora? ¿Me embargarán la cuenta, con recargos, …? ¿Cuánto es el recargo y cuando finaliza el plazo para que te puedan embargar?
¿Seria mejor hablar con el ayuntamiento y pagar ya? Si no lo he hecho, es por una cuestión de justicia.
Muchas gracias por vuestros comentarios. Un saludo,
Hola. Vivo en Vigo, donde tenemos dos preciosos orejas que multan sacando fotos a diestro y siniestro. El otro día me cazaron con el coche en una parada de autobús mientras recogía un paquete en un portal. El "multamóvil" pasó solamente una vez, no las dos que dicen que pasan, pues en ningún momento abandoné la acera. ¿Se puede hacer algo? No sé, recurrir pidiento la foto, alegar que fué parada (no sé si en una parada de bus se puede realizar)? Me fastistida pagarla, pues la parada fue mínima y en un sitio donde es imposible aparcar.
Gracias y un saludo
Hola,
con fecha 31 de enero de 2008 me han notificado una denuncia por "estacionar en zonas de carga y descarga" ocurrida con fecha 20/09/07. Además no indica número de la calle, únicamente el nombre de la Avenida. Dos cuestiones: cuánto tiempo debe pasar para que prescriba la sanción? El hecho de no indicar el número de la calle es argumento suficiente para recurrirlo (entre otras cosas me ayudaría a saber dónde ocurrió). Gracias y un saludo.
Hola!
Este pasado sabado 16/02 me pusieron una multa por estacionar en una calle con la placa de prohibido aparcar del 16 al 31. Fueron 5 minutos y se lo comenté al agente pero lo único que me dijo fue un "a mi no me digas nada" y un "si tú lo dices…". En fin, que en el papelito me he fijado que pone el dia pero no la hora y al ser copia no se lee absolutamente nada (ni el motivo de la denuncia, ni la calle, núm. agente…). ¿Se puede considerar nula o sólo tiene validez la copia que se quedan ellos? Y otra cosa ¿podria decir que me multaron antes de las 9.00 h o la palabra del agente prevalece sobre la mia?
Muchas gracias y felicidades por vuestos comentarios, realmente son de mucha ayuda!
Buenas, personalmente creo que es evidente que un conductor que tiene una visibilidad superior a los 500 metros, en una autopista a 3 carriles sin congestión circulando a 80 km /h es una aberración. TODAS ESAS MULTAS SON UNA ESTAFA. En NINGUN CASO ir a 120 con esas características es TEMERARIO, NI PELIGROSO. Las leyes están hechas con sentido común para mejorar nuestra calidad de vida, así pues las normas de tráfico deben seguir el mismo criterio, y TODAS LAS MULTAS de los nuevos LÍMITES DE VELOCIDAD de 80 Km./h en el área metropolitana de Barcelona DEBEN SER VALIDADAS según las circunstancias del tráfico. ESTAN ESTAFANDO A BUENOS CONDUCTORES, de los que NUNCA habían tenido multas por EXCESO DE VELOCIDAD por tener unos LIMITES DE VELOCIDAD INCOHERENTES CON LAS CIRCUNSTANCIAS DEL TRÁFICO. Y para colmo la gran medida creada también como ecológica evidentemente no ha servido para nada, más caravanas de salida de la ciudad 'compensan' el posible ahorro de CO2 que nos ahorramos con una entrada más pausada.
Sres. de tráfico, Sres. responsables de la viabilidad y calidad del trafico de las ciudades, sres…… NO PIENSEN mirando árboles…. deben mirar el BOSQUE!!!!
hola me llamo jose manuel y sy de un pueblo de huelvahace un par de dias me multaron en sevilla porque mi coche estaba mala aparacado encima de un paso de cebra, lo cual sería justa la multa si no fuese porque yo no había estacionado allí, yo habá aparacado en doble fila y al parecer otras personas al sacar su coche lo habrán empujado hacia delante coocando el mio encima del paso de cebra, con la consecuente sanción considerada por el señor agente como grave y una cuantía de 150 . He de incluir que no firme la multa porque no me encontraba en ese momento cerca del coche y que el modelo del cohe ni el nombre de la calle corresponden con la realidad pero si la matrícula y el resto de la multa es ilegible. No se que debo hacer a ver si me hechais una mano. muchas gracias
MGP
MI PREGUNTA ES PARA RAFA/POLIMALO
tengo un paequeña empresa de transportes por la cual cotizo y mi despluman todos los trimetres y tengo varias multas de aparcamiento en carril-bus y y en esquinas de calles pero los chicos que que hicieron este tipo de —fechorias— ya noo estan commingo y los vehiculos
estan mi nombre con lo cual tengo tengo perdida de puntosy la friolera suma de 3000 euritos y a pagar tengo los datos de ellos pero me han dicho que si esta via ejecutiva ya no puedo hacer nada es cierto<?????????? ayuda gracias
Rafa o Polimalo, por si teneis tiempo de leer el mensaje de un pobre emigrante:
Vivo en extranjero y alquile en Julio del ano pasado un coche en Madrid por 3 dias. El sabado pasado llega a casa de mis padres una notificacion de iniciacion de expediente con fecha de denuncia 08/01/2008. El hecho que se notifica:
No identificar al conductor el titular del vehiculo debidamente requerido para ello. Procede del expediente xxxxx.
El articulo supuestamente infringido es el 72.3 de la Ley sobre Trafico, Circulacion de Vehiculos a Motor y Seguridad Vial. Y me cascan 310 Euros de multa.
Los datos del vehiculo que aparecen en la notificacion coinciden con el del vehiculo que alquile pero yo nunca me he negado a identificar al conductor por el simple hecho de que nunca se me notifico la sancion xxxxx. Esta ha sido la primera carta certificada recibida y firmada por mis padres. Y si he entendido bien, a no ser que alguien se haya negado a recibir la primera notificacion, la unica forma que tiene Trafico de notificarme la sancion es por correo certificado. Listas o Boletines oficiales solo en caso de negativa.
Asi que ni siquire se a que infraccion se refiere el expediente anterior xxxxx y si la fecha de esa infraccion coincide con el periodo de tiempo en el que yo alquile el vehiculo. La empresa donde alquile el coche no sabe nada y dice que simplemente estan obligados a dar los datos de sus clientes a Trafico si este los requiere. Contactar telefonicamente con la Jefatura de Trafico de Madrid no ha sido posible hasta ahora.
Leyendo una de las aportaciones de Rafa al foro, recomienda que sin ayuda profesional mejor pagar. La cantidad no es muy elevada pero me parece de tanta cara dura…seguramente se les paso el plazo de la primera notificacion y recurren a esta artimana que por lo que he visto por Internet es de lo mas frecuente. Asi que por lo menos el primer paso me gustaria darlo y queria saber vuestra opinion:
Antes de que pasen los 15 dias, mandare un escrito de alegaciones siguiendo el formato presentado al principio de este foro para que mi familia lo presente en correo siguendo el procedimiento ya explicado en otras intervenciones (copia sellada). Es necesario que les mande tambien una autorizacion para que presenten ese documento en mi nombre?
En principio me deberia dar igual la naturaleza del expediente anterior xxxxx ya que estara archivado. Asi que en este escrito me limitare a:
1. negar los hechos imputados (No identificar al conductor el titular del vehiculo debidamente requerido para ello.),
2. a solicitar que la Jefatura de Trafico de Madrid presente los elementos probatorios en que
fundamenta el hecho denunciado, es decir, que presente el acuse de recibo de la primera notificacion
3. y a solicitar la anulación del acto administrativo impugnado.
Ahora, viendo lo tipico que es este caso, seguro que ya habreis tenido alguna experiencia y me podreis decir si mejor ahorrar tiempo y olvidarlo por mucha razon que tenga o de si las posiblidades de que se anule la denuncia son altas y mejor continuar al menos con este primer paso de mandar un escrito de alegaciones.
Muchas gracias por vuestra ayuda. Un saludo.
Hola necesito consejo.
El 27 de septiembre de 2007,un agente de movilidad(Madrid)me da paso en un semaforo y mas adlante me para su compañero y me dice que no le he hecho caso en el anterior semaforo.
Me acaba de llegar la notificacion de conclusion de la fase instructora del procedimiento y apertura del tramite de audiencia)que no se que es todo eso) y me piden 240 euros y 4 puntos de carnet no lo entiendo.
Qur purdo hacer?? no tengo el dinero pa la multa esta tan injusta como deberia,si deberia,preparar el recurso??.
Gracias
Un saludo
hola buenos dias!!
En Diciembre recibi la notificacion de la policia local por haberme saltado un semaforo el 03/06/2007 a las 00:35, 4 puntos + 150 + 1 a 3 posibles meses de retirada. Bien, la recurri mediante mi aseguradora y hoy a 6 de marzo de 2008 no se nada, he llamado a la aseguradora y me dice que ha de ser la policia local quien se ponga en contacto conmigo en cualquier caso. Aparte de los casi 6 meses que tardaron en notificarme la denuncia segun esta fue un agente a pie, cosa bastante extraña a las 00:35.
Doy el recurso por aceptado rechazado o debo esperar
Pd: Segun la pagina web de trafico tengo los mismos puntos que antes de los hechos.
Victor, si lees más arriba, podrás comprobar el tiempo máximo que puede pasar desde que cometes la infracción hasta que esta es notificada. Si se excede ese plazo la multa prescribe automáticamente.
Ya lei que eran dos meses, pero puesto que la multa me llego a casa no se sabia si hay que recurir por lo que ha tardado en llegar o si era automatico.
Muchas Gracias y espero no tener noticias de los locales.
Hola. Mi problema es que el sabado dia 8 de marzo a mi mujer iba en el coche con dos amigas camino de casa despues de ir al super.Mi mujer iba sentada detras. a la amiga la pararon por ir mucho tiempo por la izquierda y nadie por la derecha( tiene la L) Pues la multaron con 30 euros,pero a mi mujer con 105 euros por no llevar el cinturon aunque iba sentada en los asientos de atrás. ¿hay alguna forma de recurrir esto? o me jodo y pago la multa?. Gracias
me
me
Rafa o Polimalo:
he visto hoy en el buzón de mi casa una sanción que, en teoria, me llegó el dia 20-2-08. La sanción es de 240 eurazos (con posible reduccion del 30 % si lo pagaba en 7 dias… evidentemente, después de casi un mes, como que esta opción queda descartada…jejeje)
Entonces, después de leer todo lo que he visto por aqui, como que me jode pagar esa multa… Pues nada, me ha llegado la multa y, excepto una multa por aparcamiento de 90 euros que me pusieron y me dejaron en el parabrisas (que no me ha llegado, por cierto), a mi no me ha parado ningun poli ni agente de movilidad para ponerme la multa…
qué hago?? qué me sugerís??
Un abrazo fuerte y muchas gracias!!
Carlos
No respondo más. Preguntar en el banner de esta página de legalitassss.
Que responda quien cobra.
buenas tardes.
Agradecer a rafa todas sus recomendaciones a los que no estamos acostumbrados.
Como uno mas de ellos, expongo mi sancion. Multaron mi motocicleta por estar aparcada encima de la acera el dia 19-3-08 dia de San Jose, en Valencia y sin un hueco donde aparcar.
La multa era de 100 euros con retirada de dos puntos. me parece injusto, aunque acepto que segun la ley no se puede aparcar encima de la acera, ni aunque sea entre contenedores y farolas que no afecte al apso de peatones. me han comentado que podria alegar que no estaba en condiciones fisicas y tuve que ir a un baño, teniendo que dejar la motocilceta ahi mismo. pero ademas me gustaria saber que hago? espero que me lleghe la notificacion? como actuarias? Gracias a todos. y felicidades por esta pagina.
buenas tardes.
Agradecer a rafa todas sus recomendaciones a los que no estamos acostumbrados.
Como uno mas de ellos, expongo mi sancion. Multaron mi motocicleta por estar aparcada encima de la acera el dia 19-3-08 dia de San Jose, en Valencia y sin un hueco donde aparcar.
La multa era de 100 euros con retirada de dos puntos. me parece injusto, aunque acepto que segun la ley no se puede aparcar encima de la acera, ni aunque sea entre contenedores y farolas que no afecte al apso de peatones. me han comentado que podria alegar que no estaba en condiciones fisicas y tuve que ir a un baño, teniendo que dejar la motocilceta ahi mismo. pero ademas me gustaria saber que hago? espero que me lleghe la notificacion? como actuarias? Gracias a todos. y felicidades por esta pagina.
Vaya rafa que mala suerte tengo ahora que me llega el turno a mi te retiras,te cuento por si acaso me ayudas,incluso busco a alguien que me quite la multa es poco pero prefiero eso a pagar.tengo tres multas de zona azzul,me la reclaman ya por ejecutiva,en una de ella la fecha de notificación no viene,me da una pereza tener que pagar esto hay alguna solución?gracias
Buenas,
Mi multa nace de la siguiente situación:
Llegaba tarde a la universidad cuando un poco antes de entrar en la zona habilitada para el estacionamiento me quito el cinturon, escojo un sitilio libre y aparco.
Mi sorpresa y tras estacionar esque tengo detras mio un coche de la policia secreta esperandome para multarme por no llevar el cinturon.
Le digo al agente disculpe me lo acabo de quitar al entrar al estacionamiento, el me ignora y me dice mentiroso.
Merece la pena recurrirla? o mejor la pago con el dto.
En caso de recurso que hago alego que me quito el cinturon al entrar al parking o que cuando me dan la notificacion dentro del parking yo ya habia estacionado y por lo tanto sin cinturon??
AYUDA LO ANTES POSIBLE POR FAVOR QUE ME HE DE IR DE VIAJE Y QUERIA DEJAR ESTO RESUELTO
GRACIAS DE ANTEMANO
Hola, quiero plantear una cuestión: la DGT me ha notificado fehacientemente, mediante correo certificado, la sanción de una multa de 150 por no llevar puesto el cinturon de seguridad. La fecha de la infracción fue el pasado 20 de enero y la notificación hoy 31 de marzo. En el momento de la infracción el agente tomó los datos y no me entregó copia de la denuncia. Mi interés se centra en dos aspectos: 1º) La ley dice algo respecto a un descuento del 30% del importe en caso de pago voluntario, o algo parecido, dentro del plazo de treinta días: ¿A partir de qué fecha comienza el plazo para obtener el beneficio del descuento: fecha de los hechos y denuncia, o fecha de la comunicación fehaciente? El segundo aspecto tiene que ver con la fórmula de pago de la multa: Soy estudiante y no tengo medios económicos propios para pagar la multa: ¿Es posible hacerlo mediante trabajos sociales o comunitarios? ¿En caso de negarme a pagar por no ser solvente cuales serían los procedimientos y consecuencias?
Hola Polimalo,
hoy he recibido una supermulta por aparcar, apenas 8 minutos, en una zona de descarga.
Casi me da un patatús y me he ido directa a recurrir la multa.
Luego he venido a casa, he encendido el ordenador y he encontrado tu página web.
¿Quieres decir que como ya he recurrido ya le he jodido??????
Son 120 de multa!!!!!! qúe hago?????????????????????
Gracias.
A todos los que pasais por aquí, os remito a todo los escrito anteriormente, ya que mis conocimientos no dan para más…..
Suerte!!!!!
hola polimalo.
el 14/10 me pusieron una multa en una aupopista por ir a 154km/h.
me pararon en el peage y me entregaron la multa sin firmarla.
Al entregarme la multa me dijo el agente que la multa iba a ser superior porque en los papeles del coche me constaba como camion al haberme favorecido a la hora de la compra del coche en cuestion de desgravaciones….etc.No podia pasar con la chrysler voyager de 100 km/h por una autopista.yo todo esto desconocia.Me ha supuesto 300 ya pagados con descuento y 1mes de carnet.¿puedo enfocar mi recurso de alzada por ahi?
gracias
En noviembre del 2007 fui a recoger un segundo el uniforme de mi hijo que lo tenia reservado y me llevó mi marido "con mi coche" y aparcó en carga y descarga. Lo que tardamos fue lo que una grua en cargar mi coche, pues fue unos minutos. El policía se apiadó de nosotos y lo volvió a descargar el coche y no nos dió ninguna multa. Pero el viernes día 7/04/08 me viene la multa a mi nombre "como es normal" ya que el coche es mio. ¿Se puede recurrir esta multa? El policía no nos dijo en nungún momento que la había puesto.
Gracias
Te quería hacer una pregunta:
Tengo un coche de empresa el cual no está a mi nombre, pero si tengo que pagarlas multas claro.
Me han puesto 2 con radar la velocidad era 100kmh y en una viene que voy a 125kmh y otra a 131kmh (que casualidad 131kmh es justo el limite en el que te quitan 2 puntos), nada mas llegar la petición de datos mi empresa lo relleno y dio mis datos,8aunque a mi personalmente no me ha llegado nada), bien la diferencia entre las dos multas es de quince días (27-12-2007, y 12-12-2007)
Pero las dos multas han llegado a la vez a mi empresa, con lo que no me percaté del radar, crees que se podría quitar la segunda multa??o las dos??
Me he explicado bien?
Bueno aparte tengo otro caso Parecido.
En granada hay una calle solo para bus y taxis, regulada por cámara, yo pasé por la calle y me multaron, pero dos veces en la misma calle, con 2 min de diferencia, dos cámaras diferentes.bien, pues no las pagué, y se me pasaron,,y ahora me llegan 2 denuncias de 301 euros cada una. Ya ves una pasta en total.
En fin, creo que un amigo abogado me iba a echar una mano, pero he visto que tú tienes experiencia en este tema y él está empezando.
Epero tu respuesta lo antes posible,muchas gracias anticipadas.
ME HA LLEGADO UNA MULT POR ESTACIONAR EN EL CARRIL, NO ES CIERTO NO ESTACIONE PARE, PARA QUE BAJARA MI NOVIA QUE HABÍA TENIDO UNA OPERACIÓN HACIA UNA SEMANA, PARE CERCA DE UN SEMAFORO EN ROJO, CON LINEAS DISCONTINUAS, COMENTAR Q EL CARRIL BUS E C/ DELICIAS ESTA BASTANTE MAL SEÑALIZADO.
SE RECURRE BIEN????
Buenas noches,
Rafa, sigue viable lo del Este?
Excelente blog/post
buenas a todos.
bueno mi pregunta es simple me ha llegado una multa pero los datos estan mal escritos, pongo un ejemplo sencillo:
DATOS REALES:calle los huertos n.4 p.4 pt16
DATOS DE LA DENUNCIA: calle los huretos n.4 p.4 pta. 26
podria realizar algun tipo de recurso?
muchas gracias
Hola a todos.
Espero que alguien me ayude a solucionar este asunto.
El 18 de enero me pusieron una multa por exceso de velocidad por ir a 145 km/h cuando el límite es 120 km/h, detectado con radar fijo y sin que me parasen. Me mandaron una carta en la que me pedían que identificase el conductor, pero yo entendí que eso no era necesario si la pagaba (100 euros , que con el descuento quedó en 70) como me indicaba en uno de los párrafos de la notificación, la pagué y di por zanjado el asunto, dando así por hecho que estaba reconociendo que yo era el conductor que cometió la infracción.
Hoy me llega una nueva notificación en la que me imponen una multa de 310 euros por no identificar al conductor. Llame a uno de esos teléfonos de atención (902508686) y me indicaron que en la actualidad ya no es necesario identificar al conductor si se está de acuerdo y se paga la multa, pero que antes era así 1º identificar y después pagar.
Mi pregunta es ¿Puedo librarme de pagar esta 2ª multa, puesto que ya en su día pagúe la multa por la infracción cometida?
En caso afirmativo ¿como puedo hacerlo?
hola!haber si alguein puede ayudarme hace cosa de unos 3 meses me multaron por estacionar en un supuesto vado,digo supuesto porque estava tapado por unas plantas que colgavan de la fachada y enpidia su vision ya que quedava completamente tapado.
hice fotos y las envie con dicho recurso,me a venido denegado 2 veces y la sancion es de 150e.
puedo volver a recurirla o me vendra con recargo y al fin y al cavo tendre que pagarla?o me busco un abogado?
Rafa, me interesaria contactar contigo para asesoramiento profesional.
Me contestas por favor y me das tu mail y teléfono profesional?
Gracias
me han puesto una multa por circular a 153 km/h teniendo limitada la velociada a 120 km/h. La Guardia Civil me ha comentado que lo puedo reclamar por que iba a Urgencias con mi mujer enferma. Como lo puedo hacer?
Hola! Necesito consejo!
Ayer me llegó una multa por aparcar sin distintivo en la zona SER, certificada, normalmente las cojo y pago, pero al abrirla leo:
que el conductor identificado soy yo.
Pero el coche es un coche que no he visto en mi vida, la dueña del coche no tengo ni idea de quien es y en la calle que se puso la multa no estuve el día que dicen que fue la multa.
Qué hago? Cómo han podido cargarme esta multa si ni me suena el coche? Qué tengo que hacer? Es recurrible? Cómo?
Muchas gracias
Hola, creo que este asunto mío no tiene fundamento y es la primera vez que oigo hablar de un asunto de esta índole.
Resulta que en julio 2006 alquilé una furgoneta sin conductor en la empresa ADIN de Elche, como ya había hecho varias veces.
En Bilbao, en un control, el agente se percata al pedir los papeles de la furgoneta que la susodicha furgoneta no tiene pasada la ITV (UNA MULTA) Y QUE ADEMÁS no lleva el permiso de de circulación (otra multa). El agente me dice que no debo preocuparme como conductor porque yo no he cometido ninguna infracción y que las multas corresponden a la empresa de alquiler ADIN de ELCHE. YO me olvido de ello y nunca recibo absolutamente ninguna notificación.
Ahora en marzo de 2008, recibo un extracto de mi cuenta bancaria con un adeudo por EMBARGO de 144.00 e. (las 2 multas de 60.00 e. cada una + 2 x 12.00 e. de recargo, total, 144e. QUE ME QUITAN DE MI CUENTA. SIN EXPLICACIONES.
Hago las gestiones oportunas y al final consigo saber que se trata de estas dos "infracciones" que no me corresponden a mí. Hago la reclamación y pregunto por qué tengo yo que pagar esas multas ya que la culpa era de la empresa de alquiler y me dice el funcionario (muy amable, por cierto) que, sea por lo que sea, el conductor es responsable.
Cómo voy a ser yo responsable de que una empresa debidamente registrada, supongo, no tenga en órden los papeles de sus vehículos??? Me dice que la normativa es esa y que es así.
Yo no lo puedo aceptar y haré todo lo que pueda para que esto no ocurra. MUCHO CUIDADO
SI ALQUILAIS UN VEHICULO PERO, SI TIENES PRISA Y ENCIMA LA EMPRESA TE DICE QUE TODO ESTÁ EN REGLA, no veo por qué el que alquila tiene que verificar antes de coger el vehículo todos los documentos. Me gustaría saber a quien debo dirigirme para saber si realmente existe esta normativa que DE SER ASI, tendremos que trabajar todos los usuarios para que sea modificada, pues un verdadero abuso ya que cuando se alquila un coche, se supone que se paga todo, con todo incluido, excepto las infracciones que tú, como conductor puedas cometer. Podría alguien ayudarme? os mando mi e.mail : speerulay@hotmail.com
MIL GRACIAS
Jordi: mi email es doneval69@hotmail.com. Cuando contactes conmigo, te facilitaré el número de móvil.
Saludos.
PARA RAFA: Hola Rafa, gracias por tu sabiduria
Hechos: Me llega una notificación de denuncia a casa ( denuncia formulada mediante capturación o reproducción de imágenes), el hecho denunciado es por estacionar en carril reservado para la circulación. En la denuncia que pone liquidación sanciones de tráfico municipales del ayuntamiento de almeria, me especifica que el importe a ingresar es de 63 aplicando la bonificación del 30 por ciento. La fecha de la infracción es del 08/03/2008, la notificación de denuncia pone 28/03/2008, pero me llega a casa por carta certificada el dia 28/04/2008 " por la tarde".
Lo incomprensible: en la notificación de denuncia pone que la fecha de caducidad de documento es del 28/03/2008……pues bien……yo más que como buena ciudadana….diría que por no disponer del tiempo que me gustaría tener……voy al banco el dia 30/04/08, es decir dos dias después de recibir la notificación y me dispongo a pagar la multa. Me dicen que no se puede pagar porque ha caducado y el ordenador no la admite, salvo si pago los 90 euros sin la reducción del 30 por ciento correspondiente.
RAFA!!!!! me han cabreado………. te pregunto. ¿tengo 30 dias naturales para pagar la multa con el 30 por ciento de descuento desde el dia que llega la carta a casa? o esque yo estoy subnormal ya de tanto empollar (oposito judicatura).
No pueden mandarme una multa, decirme al final del escrito que" el impor te la multa correspondiente a esta denuncia podrá hacerse efectivo con una reducción del 30 por ciento sobre la cuantia consignada en la presente notificacion en el plazo de los 30 dias naturales siguientes a la recepción de la misma", y al mismo tiempo ponerme como fecha de caducidad para eso el mismo dia que la recibo.
Entiendo que ellos han contado 30 dias naturales desde la fecha que indica como notificación de denuncia (28/03/08), que creo que es la fecha en la que se entiende iniciado el procedimiento.
RAFA DIME QUE HARÍAS Y COMO LO HARÍAS Y……..SI NO ES MUCHO PEDIRTE YA QUE TE HAS LEIDO TODO ESTO……..POR FAVOR DIME QUE PONDRÍAS…….
ETERNAMENTE AGRADECIDA…………………….
Hola,
El motivo de mi consulta es el siguiente:
El pasado 16 de abril me multaron por ir a 167 Km por hora en una autopista (velocidad que pongo en duda pero bueno,…) Me pararon y multaron con 200 y retirada de 3 puntos. Yo no firmé la denuncia que según indica fue recibida por radioteléfono.
La cuestión viene cuando la rebiso y veo que está mal tanto el modelo del coche como la última letra de la matrícula. Puedo recurrir con ciertas garantías? Uso el modelo que he visto en esta web? Alego forma y pido también los papeles de que el radar está ok?
Gracias de verdad por ayudar a la gente con problemas.
Saludos
Hola, me pusieron una multa, porque menos de medio metro del coche estaba tapando un vado, segun ellos obstaculizaba el vado, una el SER y otra amarilla de la policia, en teoría si estoy tapando un vado como dicen ellos (que es mentira fue un infeliz que llamó y denunció el coche) lo normal no sería que la grúa lo retirase. Para este caso de multa tengo los mismos plazos 6 meses + 30 días sin contar los domingos?
gracias este blog esta AMAZING : )
Hola. Querría preguntar sobre las multas de la ORA, de aparcamiento en zona azul o verde, vamos.
Yo se que me han ido poniendo algunas, pero no me había llegado ninguna a casa, hasta que de repente esta mañana me he encontrado en el buzón con 10 notificaciones. Supongo que para recogerlo tendría que ir a Correos. Voy o lo dejo correr, ya que no es "fehaciente"?
Gracias.
hola queria preguntar de la multa del permiso de conducir del ciclomotor para un imigrante te agradeceria si me escrives pronto gracias hasta luego
Buenas, a ver si alguien me hecha un cable….
Os resumo: La multa va a nombre de una EMPRESA SL, no de una persona física
1º multa, con fecha 7/12/2007. Aparque en zona azul, me excedi de tiempo, Me llega la multa certificada y mi hermano la coje…
HECHO DENUNCIADO: ESTACIONAR POR ESPACIO DE TIEMPO SUPERIOR AL SEÑALADO EN EL TIQUE.
multa de 30 euros. Como la multa la pusieron en Pamplona y soy de Valencia pues pase del tema…
2ºmulta con fecha 15/04/2007
HECHO DENUNCIADO: NO IDENTIFICAR CORRECTAMENTE AL CONDUCTOR RESPONSABLE DE LA INFRACCION, EL TITULAR DEL VEHICULO DEBIDAMENTE REQUERIDO.
multa de 302 euros… esto ya se pone chungo… y encima abro yo la puerta el cartero y la cojo!!pa matarme.. lo sé.
Mi pregunta: Lo que más me preocupa es si me puede llegar una multa aun mayor y si me pueden bloquear o embargar de la cuenta de la empresa.
Y si no me queda otra que pagarla, tengo que pagar las dos verdad? porque son multas diferentes no?
Hola a todos, os voy a dar cuenta de lo que he recibido la semana pasada.
El miercoles, mi abuela le recoje una carta de la DGT al cartero y la firma.
Ahora a las 21:00 y despues de la jornada de trabajo llego a casa, veo la carta y la abro.
(hay que decir que viene a nombre de mi madre ya que ella es la titular)
La multa pone lo siguiente: FECHA: 12/03/2008 HORA: 12:50 PRECEPTO INFRINGIDO: ART. 3.1 LUGAR: N-550 P.KLM: 75 SENTIDO CORUÑA HECHO QUE SE NOTIFICA:
CONDUCIR DE FORMA MANIFIESTAMENTE TEMERARIA. . VELOCIDAD INADECUADA EFECTUA ADELANTAMIENTO CON PELIGRO DE COLISION PARA VEHICULOS EN ZONA CON ACCIDENTE
No salgo de mi asombro y me pone que en 10 dias tengo que identificar al conductor responsable de la infraccion.
Punto primero, el coche está a nombre de mi madre.
Punto segundo, el único que conduce el coche soy yo.
Punto tercero, no tengo ni la má minima idea de el porque de esta multa porque a mi nadie me ha parado ni yo he hecho esto nunca en mi vida.
Agradezco encarecidamente cualquier tipo de ayuda que me podais ofrecer porque estoy literalmente temblando de miedo por algo que yo no he hecho.
`
POR FAVOR OS PIDO AYUDA A TODOS, CUALQUIER APORTACIÓN ME VENDRÁ BIEN.
MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO.
Trabajo en un Hospital, y el caso es que en el turno de noche dejé aparcado el coche en una zona de minusválidos de consultas externas (que no abren hasta las 09:00 horas).
El Guarda Jurado del hospital presenta denuncia de aparcamiento a las 07:35h, y me la deja el documento de denuncia en el cristal del coche. En la misma no figura el nombre del mismo; tan tolo una firma.
Por el contrario, en la notificación de iniciación del procedimiento sancionador del ayuntamiento, "SI" que figura el nombre del denunciante.
Siempre podré interponer recurso por el hecho de aparcar en una zona que no está en servicio hasta hora y media después de la denuncia (Consultas Externas), pero me gustaría reforzarla con el tema del nombre del denunciante.
¿Alguien puede aportarme algún dato sobre la normativa o artículo que haga referencia la identificación del denunciante? ¿Debe este identificarse en la denuncia o aviso de infracción?. Recordad que no es un agente de la autoridad, sino un Guarda Jurado del Hospital
Gracias a todos.
Hola, he encontrado esta pagina buscando cómo alegar una multa que me ha llegado hoy.
Resulta que yo vendí mi coche a un chico a finales de 2006 (ya ha llovido y escampado)
Este chico aún no ha puesto el coche a su nombre (increible) y me estan empezando a llegar a mi las multas que le ponen a él, con unas cantidades que quitan el hipo (como el coche no está a su nombre yo creo que le dice al policia que le ponga la máxima que se puede)….
Me gustaria saber si existe alguna alegacion para decirle a trafico que ya no soy el propietario del vehiculo, y que le pasen las sanciones a este jeta que se llevó mi coche….y digo jeta, porque además aún no me ha pagado el coche….
Pues eso, que me lio, me gustaria saber si existen ese tipo de alegaciones, o donde puedo encontrarlas.
Gracias
Hola tengo un problema y queria consultarlo.
Ayer fui a Benidorm y aparque el coche. Despues de unas horas volvi a recojerlo y vi que tenia una multa por haber estado en zona azul y no poner tiquet, no me di cuenta por que tengo el carne hace unos meses y aun estoy un poco verde en estos asuntos y la verdad es que se me paso.
Yo soy de Calpe o sea que me han puesto la multa en un pueblo en el que yo no vivo y es de 60 e, vosotros creeis que me llegara??? a una amiga le paso lo mismo y aun esta esperando.
Estoy acojonada porque es el coche de mi madre y si se entera me mata.
Espero una rapida respuesta.
Gracias!
hola que tal haber sialguien puede ayudarme:
el 27/02/2008 me multaron la guardia civil por conduvir utilizando auriculares puestos,la recurri el 3/03/2008 ,explicando que no los tenia puestos ni los estaba utilizando,el pasado dia 17 recibi respueta de la administracion en la cual el agente se ratificaba en el hecho de la denuncia y me dan 10 dias para reclamar.
mi duda es que me envian copia de la denuncia en la cual el agente denunciante es distinto al de mi denuncia y ademas no es el que se rafifica.se han equivocado al escribirlo.
¿que hago hay alguna manera de recurrir ?
gracias y esper sus respuestas
hola, me han multado la guardia civil por llebar la matricula inclinada, pero en ningn momento hanmedidolos grados de inclinacion, he leido que puede estar 30º inclinada como maimo, como puedo recurrir? gacias
Soy un Jubilado que pase 8 días por el Inserso en Altea, y la vuelta , el 6 de Mayo, pase por la autovía a la altura de Valencia hacia Zaragoza, y por lo visto después de 2 meses y pico quieren jorobarme las vacaciones, ya, que, en mi buzón, veo un aviso de correos, para que vaya a recoger una supuesta notificación de MULTA de trafico de VALENCIA…….su opinión gracias…es que según la cuantía me pueden undir, y eso que fuí prudente.
Hola, mi problema es que aparco mi vehiculo cerca de un paseo maritimo, y cuando vuelvo me encuentro que la grua se ha llevado el vehiculo, mediante una multa que dice: Estacionamiento obstaculizando la utilizacion normal de los pasos rebajados para discapacitados fisicos (una pequeña rampla), y compruebo que no existe ningun tipo de disco de que este prohibido el estacionamiento ni esta señalizado de niguna otra forma. Pero para retirar mi coche he tenido que pagar, ¿puedo recurrir que me devuelvan el pago por esta retirada de vehiculo?
Un saludo y gracias.
buenas, queria comentar mi problema:
resulta de que pasé por una calle de solo carril bus, en gran via, granada,en la que hay dos camaras, pues bien, tengo una multa de cada una,(con 2 min de diferencia)…y he estado en trafico y me han dicho que despues de haber pasado la primera tenia que haberme desviado por un callejon para que la segunda no me multara…¿?¿?pero digo yo que si no me entero de la 1ªcomo voy a enterarme de la 2ª..habria posibilidad de quitarme una?he estado reclamando pero las han desestimado,pero ahora he pensado que…se supone que estan en la obligacion de parame para multarme….?y asi no me hubiera pasado…
es urgente gracias
bueno yo tengo una dudilla con una de conduccion negligente, debido a una urgencia en m icasa tuve que acudir rapido a ella, y al pasar una rotondilla ligerito por una zona donde no habia coches, me encontre con la policia local.
despues de pararme y perdime la documentacion correspondiente, me dijeron que me iban a multar, pero no me dieron ningun paple de multa ni me ofrecieron firmar nada ni nada, es mas no vi que el tio que tenia mis papeles apuntara ningun dato mio, pero me podrian multar por la matricula
el caso es que el coches no esta anombre mio, y si me ponen la multa llegaria al propietario del mismo, mi cuñado.
quisiera saber si puedo recurrir la multa, y si me llega, primero tendria k pagar y luego recurrirla, o no pagar?
yo se que cometi una infraccion, pero podria lograr que no que quitaran los puntos? ya que no habia nadie en la via, y era una urgencia aunque no lo pueda probar?
El otro día fui a cenar con unos compañeros de trabajo, yo lleve el coche. Bebí algo durante la cena, despues apenas nada. Nos dieron las 5 de la mañana, y fui a llevar a todos a sus casas. En un momento determinado en un cruce con la vía del Tranvía (hay una visibilidad por ambas lados de casi 200 metros) que está justo en la entrada del garaje de mi trabajo, no se si por el sueño, pero hice la maniobra como para entrar en el garaje, despues de haber mirado a ambos lados. Mis compañeros me llamaron la atención rapidamente. Para entrar al garaje hay que cruzar las vías. No había nadie en la calle, ni vehículos, ni cohes ni logicamente tranvías. Al llamarme la atención reaccione rápido y me meti por la vía del tranvía unos 30 metros lo que es el lateral del edificio y sali por la calle de la siguiente esquina del edificio. La verdad que fue todo muy rápido(no por la velocidad, iria a 20 o 30 por hora) pero me di cuenta según lo hacía de mi metedura de pata. Cuando el lunes llegue a mi trabajo me di cuenta que hay dos camaras una en cada lado de la calle (no se si las camaras son del tranvía o de la Policia Municipal), y me entró un miedo atroz. Nunca he tenido ningún problema de tráfico en mi vida salvo una multa por no llevar el recibo del seguro. La maniobra no puso en peligro a nadie ni muchisimo menos. ¿Si la camara es del tranvía pueden denunciarme con las imagenes? Si es de la Policia ¿cual podría ser la sanción? La verdad que estoy angustiado porque se que metí la pata y no se hasta donde podría llegar esto. Hace una semana que ocurrió y no he tenido ninguna noticia. Agradecería una respuesta rápida, porque la verdad es que ni duermo. Muchas gracias
Hola. A ver si me podeis ayudar. Me ha multado la guardia civil por ir “hablando por el movil” cuando no era cierto. Llevo manos libres pero por supuesto no me han hecho ni caso, me han parado en el momento y tengo el papel que ellos te dan sobre la multa. Tengo que recurrir ahora o mejor espero cuando la notificación me llegue a casa? muchas gracias. Ah! tengo posibilidades de que me la quiten?pagar sin haber hecho nada me joderia bastante.
gracias de nuevo
Hola mi caso es este:
sobre las 23,00h en una autovia solitaria, conducia aprox entre 170 y 180 km/h, he visto el flash del radar automatico al echar la foto, en ese momento estaba adelantando a otro coche, pero la autovia estaba sola y no me ha parado nadie para notificarme la denuncia, que puede ocurrirme? y ¿como puedo recurrirla multa en caso que me llegue?
gracias por vuestra ayuda
una pregunta, lo de notifircar la multa mas de dos meses despues de la infraccion, es verdad que es motivo de recurso? por que a mi me echaron una foto em mayo y me llego la notificacion hoy
Te agradecería me respondieras a esta consulta.
Me han multado por ir hablando con el movil, hasta ahí correcto, lo que ocurre es que en la denuncia de la Guardia Civil, me ponen que se me retiran 2 puntos y en la resolución que me han mandado, 3 puntos.Puedo recurrir esto?. Muchas gracias.
Hola, me gustaria saber si me interesa recurrir una multa por no respetar la distancia de seguridad…
Esplico mi caso:
yo iba por una autovia con dos carriles por sentido, por el carril de la izquierda adelantando hasta encontrarme con un coxe que me izo frenar guardando la distanci de seguridad, al verme puso el itermitente i pretendia hacia el carril de la derecha cundo aparecio una furgoneta por el mismo carril adelantando, el coche que iba delante mio tubo que frenar i volver a la iquierda i yo tube que dar un frenazo sin poder respetar la distancia. hasta aqui bien pero los mossos me paran a mi i no a la fugoneta i me multan por no respetar la distancia de seguridad. Mequitan 3 puntos i 150 euros de sancion. Me gustaria que me asesoreis en breve pus tengo que hacer el recurso en estos dias. Gracias
POLIMALO Y RAFA. responderme por favor os necesito.
mira este es mi caso.
Ayer me pusieron una multa por no llevar el cinturon; la cuestion es que de donde me dieron el alto hasta donde pare pasaron unos 30metros.
Mi pregunta para vostros es:
¿puedo recurrir la multa?
Alegando de que llevaba el cinturon de seguridad y al hacer la parada para que el agente viniera hacia mi me lo quite para coger los papeles que tenia en respaldo de atras del conductor de pasajero.
La multa que me tramito el agente no la firme.
gracias y responder por favor
hola
me llamo Maribel y trabajo en un colegio en el centro de madrid, rodeado por zonas verdes y azules. Solo puedo ir en coche al trabajo por lo que siempre me estaciono en estas zonas…sin pagar. por supuesto, tego muchas multas y no las he pagado aun. He recibido motificaciones y me parece algo injusto esta situacion ya que trabajo en este lugar y que nisiquiera me daria tiempo poner moneda cada dos horas. alguien me puede ayudar? no tengo el dinero para pagar todas estas multas y no sé lo que me puedo arriesgar al fin y al cabo.
gracias
Ésta si que es cojonuda:
Me para la Guardia Civil de Tráfico, me dice que los espejos retrovisores exteriores tienen una inclinación incorrecta, me sancionan y atentos al hecho denunciado: “Circular con un vehículo que carece del reglamentario número de espejos retrovisores. Carece de ambos retrovisores laterales que lleva replegados sin poder visionar perfectamente”. ¿Como es posible llevar replegados los espejos retrovisores de los que carece el vehículo? . A este hombre se le deben haber frito los sesos con el casco. Y para rematar lo de “visonar”, según el Diccionario de la RAE, visionar es “Creer que son reales cosas inventadas.” es decir ver visiones, o sea que el agente denunciante me sanciona por no ver visiones por los espejos retrovisores. ¡joderrrr! ….No es broma, es real, a quien le interese le puedo enviar una copia de la denuncia. Porfa, ayuda, ¿qué se puede hacer con esto? ¿es recurrible?. ¿Puedo hacer una instancia para que envien al agente, no de nuevo a la academia de la Guardia Civil, sino a escuela de primaria ?
Interesante el post.
Consulta: HOY 2 de septiembre he recibido la notificación de una multa de aparcamiento del 2 de Abril (anda que tardaron un poco los del ayuntamiento de Valencia) El cartero pasó el dia 29 de Agosto pero como (obvio) estaba de vacaciones pues nada. Es de poca cuantía, fue por mi mujer que dejó el coche un rato para hacer una diligencia de banco, y zas, la multa. De hecho no habia ningun tipo de señal de prohibido ni linea amariila. ¿Estoy a tiempo de recurrirla, vista la fecha en que me llegó la notificación (hace 5 meses!)?
Gracias
me gustaria que me dijerais como recurrir una multa de ir sin espejos en la moto
me gustaria que me dijerais como recurrir una multa de ir sin espejos en la moto mi correo electronico es samperhellin@hotmail.com gracias si alguno me alluda
Hola a todos.
Hace un mes y poco estaba yo con mi novia en un recinto ferial, cenando un Mc Auto en el coche..
Alguien comenzó a hacer trompos con el coche, y la policía que no andaba muy lejos, esuchó (que no vió) los derrapes y vino en seguida. Para cuando llegaron, el coche que hizo los derrapes ya se había ido.
Sólo quedábamos 3 coches en el recinto: 2 hierros antiguos y yo, en un BMW de 200 cv. Os podéis imaginar el resto… La multa me calló a mi…
Hoy me ha llegado una notificación de correos (estaba ausente) de que tengo una notifiación de la DGT en la oficina.
Me gustaría recurrir (ya que son casi 600 € y 6 puntos).
¿Qué debo hacer?
Hola a todos. Rafa, leí tu entrada a este foro respecto a cuando se debe comenzar a tramitar el recurso ante una multa. Según dices, hay que esperar a recibir la notificación por correo certificado sin embargo, en las faldas de la multa, en el apartado II: ESCRITO DE ALEGACIONES, dice literalmente: “Se puede formular en los 15 días siguientes a la recepción de la presente notificación, para manifestar todo lo que considere conveniente a su defensa y proponer las pruebas que estime oportunas (…). Si no efectúa alegaciones, dentro del plazo anteriormente establecido, la iniciación del procedimiento será considerada propuesta de resolución, conforme a lo dispuesto en el art. 13.2 del Regalmento (…)”
Según esto, parece que no podemos esperar a recibir la notificación a casa como tu sugieres. ¿EStoy en lo cierto?. A mi me dejaron la multa en el parabrisas del coche.
Gracias por vuestra ayuda
Hola para todos.
Os cuento, a mi novia la han multado en málaga por no tener la ITV pasada, pero la cuestión es que no circulaba por málaga y además, tiene la ITV pasada desde agosto del año anterior, en total, ITV pasada para dos años.
Alguien podría indicarme como poner un recurso que yo de estas cosas entiendo lo mismo que de aviones.
Gracias por la ayuda
Hola, muy buenas a todos. MIren les cuento mi caso:
Estacione en una zona donde estaba prohibido y encima de la acera y como es logico me multaron, pero desde esa fecha a la fecha en la que recibí la carta para pagar la multa pasaron 3 meses y medios pero como yo no sabia nada de esto coji y la pague con el 30% de descuento.
Mi pregunta viene ahora ¿Podria recurrirla ya que pasó más de 2 meses entre la fecha de la multa y la fecha en la que lo recibí en mi casa?
Muchas gracias, un saludo.
Hola , el dia 23 de mayo me pusieron una multa por estacionar en una zona de carga y descarga, cuando tuve que aparcar el coche urgentemente por encontrarme en esos momentos con nauseas , y fuerte dolor abdominal , por lo que tuve que ir a urgencias despues de entrar en el bar que estaba enfrente de donde aparque, al no encontrarme mejor ,tuve que ir a urgencias cuando llegue me encontre con una sancion de 180€ .
El papelito que me dejo la policia municipal de Madrid que es por estacionar en zona de carga y descarga y la notificación me llega por estacionar en zona de carga y descarga por tiempo superior a 5 minutos durante las horas fijadas para su uso.
Mi pregunta puedo recurrir la multa alegando que tuve que aparcar por motivos de salud presentando el informe de urgencias o por motivos de forma ya que en el papel que me dejo la policia en le parabrisas no hacioa mencion a que estacione por tiempo superior a 5 minutos.
GRACIAS
Carlos
A mi me han puesto una multa porque aparqué en un sitio en el cual en principio estaba permitido , pero habia un cono con una cinta de balizamiento que pensaba habian dejado los operarios de unas obras , dicho conos los utilizan para cerrar la calle cuando trabajan. Estas obras no estaban en marcha ese dia ya que era domingo.
Fuji a la comisaria a ver si me quietaban la multa diciendo que eso no era una señalización en regla,…
Esa es mi pregunta, bata que ponga unos conos con cinta de la policia municipal, para indicar que no se puede aparcar. yio creo que no, que pensais.?
hola,me gustaria saber si alguien me puede ayudar respecto a una multa que me pusieron.os cuento por encima…
circulaba por una via secundaria de noche con luces antinieblas delanteras(blancas),llegue a un control y me sancionaron por ello,a pesar de que el agente me trato fatal,yo no le firme la multa.cuando me llego fui a recurrirla y me indicaron que habia perdido 2 puntos,de la que lie termine hablando con un subinspector y me saco un documento con las leyes y motivos de sancion,el cual no indica que no pueda utilizarlas,y me aconseja volver a recurrirla cuando me llegue,pero lo gracioso esta en que este señor me enseña la documentacion que entrego el policia y resulta que la multa esta modificada por el agente(¿se pueden modificar los documentos oficiales con copia?)la modificacion que hizo fue el lugar de la multa ya que en esta casilla puso mi domicilio completo.a pesar de todo eso,parecia no llegar la multa,sorpresa la mia que al cabo de casi 1 año,llega a casa de mi cuñada(donde yo vivia antes)una carta certificada,yo no estaba(estaba fuera de la provincia) y la recoje mi cuñada,la carta la envia hacienda y es la multa,la tengo que pagar en el plazo que acababaal dia siguiente(y yo fuera de mi provincia).llamo por tlf y me indican que la culpa es de correos,se pasan la pelota de unos a otros y finalmente la pago porque habia aumentado ya 100€ y tal y como esta la vida no podia arriesgarme a mas.¿sabeis si puedo hacer algo todabia?¿alguie me puede ayudar? muchas gracias.
Mi caso es peor, sin tener conocimiento de sanción alguna me llega una carta de AEAT diciendome que me embargaban la cuenta, Leches k pasa? te personas en la AEAT y te dicen que es de multas de trafico, vale!! te vas a trafico, esperas la cola y al final no solo sale 1 sino que te salen 4 de hace 2 años que no tienes ni idea de que existan, asi que te embargan la cuenta dos veces y aun no saves el donde ni el como ni el por que te han sancionado pero si pagas por narices. ¿Que puedo hacer? ¿Esta actuacion es legal? ¿Como se que sancion tengo y donde?
Hola muchos saludos, entro por primera vez en este “foro” tan interesante. He estado leyendo atentamente y con respecto a los plazos de la administracion me gustaria que alguien pudiese concretar claramente lo siguiente:
Lo de los plazos de prescripcion y caducidad esta bastante claro, pero: ¿Tiene la administracion algun plazo entre cada recurso interpuesto y su contestacion?¿La caducidad de 1 año se computa ininterrumpidamente desde la fecha de infraccion?¿Es lo mismo para trafico que policia local?
Muchas gracias y saludos, polimalo.
Buenas tardes:
Me han puesto un multa por una infracción inocente, un despiste, pero difícil de recurrir. El caso es que en la copia del boletín de dnuncia que me ha entregado, y que no he firmado, son ilegibles los datos del agente notificador y del hecho denunciado.
¿Puedo recurrila? Vale la pena, o la pago y me ahorro el 30%?
Gracias
Buenas tardes:
he recibido una sancion de grua (todavia no la multa) por supuestamente aparcar en un vado. Cuando volvi al sitio para realizar la foto que indicaba que la pegatina de retirada estaba fuera del vado esta habia desaparecido. Me podrias informar sobre si en las alegaciones puedo exponer y pedir una foto que demuestre la infraccion. Y si tambien se debe detallar en la denuncia los centimetros que molestaba el coche en dicho vado. Porque para mi decir en la denuncia que molestaba en el vado, me parece muy relativo.
Espero contestacion, gracias de antemano.
un saludo
Ayer cuando venía para casa pues me cazó el radar(coche camuflado) en una zona de 60, yo iba pues entre 90-100, eran las doce de la noche y no habia una alma en la carretera pero me tocó ami, pq claro estaban escondidos detras de unas casas en el lugar mas oscuro pero alo que voy, aora que puedo hacer cuando me llegue la notificación? puedo recurrir? y si no puedo recurrir que sanción voy atener? Gracias!!
muy buenas el otro dia venia de fiesta con el coche con otros cuatro amigos entre en una glorieta y adelante a otro coche por la izquierda cuando me encuentro que me esta siguiendo una patrulla de la guardia civil el problema es que mis amigos excedian el numero de plazas de mi vehiculo que es de 4 y eramos 5 tambien me metieron una multa por circular haciendo el loco mas o menos el caso es que soy conductor nobel y me han quitado 10 puntos en total puedo recurrir estas multas?? que es lo mejor que puedo hacer?? muchas gracias
hola coleguillas como andais
pues bien mi caso es el siguiente benia un dia por un camino de echar de comer unas ovejas con mi moto que conducia sin casco y cruze una carretera que rodea a mi poblacion para poder llegar a mi casa que esta a unos 300m de dicha carretera, con la mala fortuna que me giparon unos guardias que yo no los bi por ninguna parte ( y mira que me fijo) bueno pues echaron con el coche a toda ostia detras de mi sin yo saber que hiban detras y cuando estaba llegando a mi casa me di cuenta que los tenia detras, pero yo ya solte el ciclomotor en mi puerta y me meti en mi casa todo ello sin haberme dado orden de detencion, bueno pues se personaron en la puerta de mi patio y yo al verlos les pregunte que hera lo que querian, me digeron que me hiban a denunciar por no llebar casco en dicha carretera, por lo cuan me pidieron la documentacion de la moto y se dispusieron a redactarme la denuncia, que puedo hacer a este respecto, por que yo creo que eso de que bengan a denunciarte a tu casa manda co*ones y encima cuando no tienen autoridad ninguna para denunciar en poblacion.
saludos
Hola, hace tiempo me pusieron una multa de aparcamiento que recurrí, e increíblemente hoy me ha llegado la notificación de que he ganado el recurso por lo que la multa queda anulada, el caso es que ya la había pagado… y lo peor es que he perdido el recibo del pago… sí soy un desastres, ¿Alguien podría decirme qué puedo hacer para que me devuelvan el dinero? Muchas gracias, un saludo. La página está genial.
Hola.
Ayer mismo, en Sevilla capital, un policia local poco enrollado me denunció cuando estaba quitando el coche de un paso de peatones (había estacionado 3 minutos). La cosa es que está mal hecho pero, la verdad, no me dio tiempo a molestar a nadie. La cosa es que me entrego la multa, que no firmé, aunque pone que recibí copia. Sin embargo, en cuanto a Datos de la Denuncia, no pone nada en LEy de Seguridad Vial, Rto. General de Circulación, Art., Aptdo., Clave, no indica si la falta es Muy Grave, Grave o Leve, ni la Sanción Propuesta ni los Puntos a detraer. ¿Es posible que no figure eso en una multa q me han entregado? ¿Es recurrible? ¿En qué forma? Gracias de antemano.
le deje el coche a mi cuñao y le multaron por no llevar el segurome pidio el seguro y lo rescato (eso fue en diciembre 2006) y en agoto de 2008 me ha llegado de hacienda una ejecutiva de deuda y yo no he tenido ninguna notificacion ni conocimiento hasta este momento esto puede ser asi?
hola, he aparcado en una zona donde hay coches en batería y cada 6 o 7 coches hay como un mini paso de peatones, ocupando como una plaza, con motivo de un sobresaliente de la acera, que coincide con el frente de un portal. Tiene dibujo de paso de peatones pero como en chiquitin y se acaba a un metro de la acera, vamos que no sirve para cruzar ni tiene medidas de paso de peatones, ni es acera ni es nada. Tampoco hay linea amarilla. Me he encontrado en el parabrisas un disgusto de 90 euros (Ayuntamiento de Alcorcón) ¿Qué hago?¿ Hago fotos de ese extraño sitio? ¿Recurro? ¿Espero? MIl gracias
Ay perdon! En la multa pone “por estacionar Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones… ” claro, eso no es cierto.
Alguien no dice las cosas como son las infracciones leve son tres meses y uno de toma de datos externos, en algunas administraciones, cuando no estas en los dos intentos del cartero ya que son notificaciones y son dos intentos te publican en el tablon de anuncio del ultima domicilio reconocido y despues al boletin de la provincia de donde se cometio la infraccion, y esto para algunos que no leen los agentes con competencias para sancionar tienen veracidad en sus decisiones, lo cual tu puedes decir misa y el dice que no y es que no, si tienes testigos y pruebas es otra cosa Saludos
Una cosa que pasa muy amenudo es que en algunos pueblos hay policia local y guardia civil solo tienen competencia los policia locales las de la guardia civil no valen son denuncias voluntarias he igualmente con la policia nacional, son denuncias voluntarias Saludos y ser buenos
Para FLOR eso es una proteccion del portal por que si no podrian salir entiendo, y nunca se puede obstaculizar la entradas de viviendas ni entrada y salidas de garajes y menos los vados que son zona de paso
Este tio no tiene ni puta idea. Si te para la policía y te dicen que te ha denunciado , da igual que no desees firmar la denuncia. Se refleja que se notifica la denuncia si desea copia y si firma o no. Despues de esta burrada no me he candado en leer mas.
Me multaron a las 01:50 por aparcar en doble fila (dejaron el papelito rosa, yo no estaba), pero era la única de toda la fila (y estaba llena de coches igual de mal aparcados que yo) a la que habían multado. ¿Qué hago?
hola polimalo :
mira el caso es que mi mujer ha sido multada por la guardia civil de trafico de madrid en la localidad de alcala de henares la denuncia dice que es debido a exceso de velocidad limitado a 90 y que circulaba a 113 es una via con dos carriles y estaba adelantando la denuncia dice que la patrulla fue avisada por radio telefono como podria recurrir la multa y cuando lo debo hacer cuando llegue a casa la sancion ? gracias por adelantado y un saludo
Hola, me han puesto una multa que considero injusta, me gustaría saber si alguien me puede decir que si pago la multa por el tema de la bonificación luego puedo recurrirla.
buenas me han puesto una multa de velocidad con un radar fijo con el coche de la empresa pero yo no conducia ese vehiculo, la empresa dice que era yo cuando yo estaba con otro compañero en otro lado. como la puedo recurrir?
HOLA, ME HA LLEGADO LA FOTO DE LA MULTA DE RADAR Y NO COINCIDE POR 10 KM DE DIFERENCIA DEL PUNTO KILOMETRICO QUE ME HA PUESTO EL AGENTE EN LA DENUNCIA QUE ME ENTREGÓ, ¿ SABEIS SI PUEDE SER CAUSA DE RECURSO CON PROBABILIDAD DE PROSPERAR?
UN SALUDO Y GRACIAS
Y a mi, que me pasa lo siguiente,
Hace justo un año, multa de radar movil (me pasaba por 34 km/h en carretera nacional), no me paran y me llega la carta 30 días después, alegando que no me han parado por “circular en caravana” (normalmente se circula en caravana a 124 km/h pero bueno la sanción es correcta) la denuncia tenia un defecto de forma… etc. Total, que la recurro bien recurrida, y no vuelvo a tener noticias hasta ahora un año despues que me envia la carta de hacienda los h…de p.ta diciendo que no la he pagado…..
Que haces?… los matas?… o los dejas?… Vaya Guardia Civi que tenemos, claaaro como se iban a tomar la molestia de enviarme la Foto, el certificado del Radar, la contestación al recurso, para que si la mayoría no sabe ni encender el ordenador… En fin ya os contaré…
Hola gente,indagando por internet he llegado a esta pagina y me he pasado casi dos horas leyendo un huevo de situaciones y los comentarios proporcionando información,que considero de gran ayuda en la mayoria de los casos,así que dejo caer lo que me ha pasado a ver si podeis ayudarme:
El 26 de Mayo,circulando por Valencia capital (50 km/h limite de velocidad),vi un fogonazo y un poco más adelante había un coche de policia local.En ningún momento se me dió el alto para que parase,así que me fui tranquilo a casa.
El 2 de Octubre recibo una notificación de infracción de la fecha anteriormente señalada, por circular a 92 km/h en una vía cuyo límite son 50km/h.Se indica que no se notificó al momento porque el conductor no paró y no se adjunta la foto.Creo que si solicito la foto,es como recurrir la multa,por lo que perdería el 30% de descuento,¿no?
El coche es de mi padre,por lo cual,la notificación de infracción va a su nombre y solo consta una sanción administrativa consistente en 380 euros (266 si pago en menos de un mes). Mi duda es,¿puedo pagar los 266 euros e identificarme como el conductor,y ya esta?o tendré que esperar a que me notifiquen directamente a mí la infracción?otra duda que tengo es sobre los puntos y retirada del carnet.Se considera una infracción muy grave por superar en más del 40% el límite de velocidad, y por lo que pone en el reverso de la notificación,en la típica letra pequeña, las infracciones muy graves son sancionadas con retirada del carnet de 1 a 3 meses,pero no concreta que en la mía se vaya a hacer. Gracias de antemano.
si cuando te multan por esceso de velocidad “cogido por un radar”, te para la guardia civil y te da un resguardo o copia de la multa, ya te das por notificado o te tienen que mandar una carta a casa.
trae cuenta recurrir la multa.
Javi primero identificate y que te manden la multa a tu nombre y despues presenta las alegaciones, cuando venga a tu nombre.
VEL cuando te paran y tepiden los datos estas notificado en el acto y tienes 15 dias para alegar y un mes para pagar con descuento
Javi perdona los puntos te informaran cuando manifieste quien es el conductor, el documento que has recibido es pidiendote que identifique el conductor en la carta sigiente te diran los puntos que te pueden quitar, y la retirada de puntos no se hace hasta que no termine el procedimiento.
Si dicen que no te paraste porque no te sancionan al no obedecer la señal del agente, con un buen plantamiento se pude ganar saludo
Hola, escribo para ver si me das consejo. El pasado viernes a las 2:30 de la mañana me encontré una multa en el parabrisas de mi vehiculo, por lo que se ve la policia local de Granada se dedica a multar por mal estacionamiento de madrugada, en vez de poner controles de alcoholemia, evitar peleas, y demas conflictos importantes que hay todos los fines de semana en las ciudades. es una vergúenza los representantes de la ley que tenemos en España.
Total, lo habia dejado aparcado en una mediana que no tiene ningun tipo de señalizacion, no estorba para nada, vamos, lo podria describir como un “minidescampadillo” entre los dos carriles, y donde aproximadamente caben dos coches y hace muchos años habia tenido cesped, pero ahora solo es asfalto y, repito, sin ningun tipo de señalizacion en el suelo ni metalica ni nada.
¿que debo hacer? ¿la pago? me hacen descuento si pago antes de un mes ¿o tendria algun tipo de oportunidad si reclamo? un saludo!
hola, me ha gustado mucho lo bien redactado que esta todo, haber si puedes hecharme una mano. el pasado 21 de setiembre me han sancionado la ertzaina en pais vasco haciendo referencia a que el articulo 7 2 indica que circulo con una reforma de importancia sin pasar itv consistente en llevar kit de luces de xenon no originales del coche. me quitan la documentacion hasta q pase la itv. los de la itv me dicen que ellos no dan importancia a lo de las luces de xenon pero que no me pueden hacer un escrito que diga que estan correctas, y me pasan la itv con las luces de xenon. esto a la ertzaina no le sirve por no llevar el escrito. tengo pago de plazo voluntario hasta el martes 21 de octubre. me lleva de correos para regocer un certificado del gobierno vasco. lo cojo? ya han pasado 15 dias, puedo recurrir esta multa de alguna manera? ayuda
Hola a todos.
Mi presunto delito, es que la Policia local de Oviedo, me ha multado por utilizar el móvil al volante. La falta se tipifica como grave y me perjudica en 150 euros y 3 ptos del carnet.
La distancia temporal entre la denuncia y la fecha de emisión se cifra en 2 meses y 4 días, y la de recepción sumarle 5 semanas más.
al haber pasado tanto tiempo, ni me acuerdo, y lo peor es que tengo un manos libres que uso con habitualidad.
No me han identificado, ni en su momento me pararon en la travesía para indicarme nada.
No sé si soy presuntamente culpable, pero tengo claro que soy presuntamente inocente.
Mis dudas:
- 1)La denuncia: ¿ Está fuera de plazo?
-2) ¿Tienen que identificarme obligatoriamente?
-3)¿ Deberían adjuntar prueba audiovisual (foto o video)?
Tengo 7 dias para enviar recurso de alzada.
Muchas gracias por vuestra paciencia y ayuda.
Muy interesante el foro, voy a recurrir una multa de la O.L.A, que me ha llegado con 4 meses de retraso, a ver si cuela, (mas que nada por que era un coche alquilado y contara algo mas de tiempo por la identificación y esas cosas)
Muchas gracias por toda
hola me llamo daniel y hoy me han multado por no llevar el cinturon puesto correctamente(así dice en la multa)pero lo llevaba puesto¡¡¡¡ lo q pasa q lo tenia puesto por debajo del brazo, porque por encima del hombro el cinturon pasa por el esternon y ahí se me irrita la piel al roce del dicho cinturon y sudor. lo que quisiera saber si se puede recurrir dicha multa(150 euros) y por que llevaba puesto el cinturón. gracias
dejo mi email por si alguien puede darme una solución daesgra82@hotmail.com
Hola, enorabuena por la web polimalo y a rafa por el trabajo que esta realizando. me e leido todo y mi duda creo que esta al principio pero no me quedo clara del todo asi que voy a exponer mi problema a ver si alguien me lo puede aclarar:
Hace un par de semanas estuve de vacaciones y una de las localidades que visite fue Toledo, donde el ultimo dia por cierto bastante lluvioso me encontre en el cristal del coche una multa por haber aparcado en zona verde(solo residentes segun averigue cuando vi en otra calle mucho mas lejos un cartel con lo que significaba) aunque me parecio mal porque no habia ni parkimetros ni nada ni ningun cartel en la plaza de lo que significaba las rayas verdes y estuve solo unas pocas horas cogi la multa y me fui para mi ciudad.
Mi duda es la siguiente, me han echado en el buzon una notificacion de correos que tengo una carta certificada para recoger en la oficina de correos, estoy obligado a recogerla o hago como si nada ya que no me la han dado en mano,significa que con esa notificacion se da por echo que estoy informado osea es “notificacion feaciente” o solo es cuando recoja la carta certificada?
Saludos y gracias de antemano.
Hola, ante todo felicitar por la ayuda que veo prestais a la pobre gente como yo. Vereis, me ha llegado una multa que a mi entender es injusta, ya se que eso decimos todos. Paso a explicar lo sucedido y espero vuestra ayuda.
Todo sucedio en una rotonda, yo estaba haciendo la rotonda y un guardia de trafico estaba diriguiendo el trafico debido al atasco que habia, los coches que me precedian pasaron pues el guardia le dio paso pero justo cuando llego yo a la altura del guardia, este va y me manda parar, (la verdad yo iba un poco despistada pues lleva a mi suegra a urgencias y no vi el piruli luminoso ni a el) yo pare nada mas que lo vi, vamos cuando se me echo encima y dando voces me dijo que si no le habia visto, que lo habia podido pillar, que le diera la documentacion, etc. el se fue para el coche patrulla y al regresar no me entrego nada para que yo le firmara, yo al preguntar por la multa me dijo que ya me llegaria a casa. Pues si hoy me ha llegado 150 Euros y 4 puntos por no detenerme ante la autoridad, casi pillarlo y peligro de colision con el coche que iba delante, cosa que es mentira no habia nadie delante.
¿Podria recurrir esta multa? ¿que puedo alegar? Ruego me ayudeis y gracias de antemano.
Un saludo
Se me olvido adjuntar mi Mail yolandaromerobolao@hotmail.com
Hola, os relato la denuncia que me he encontrado hoy en el parabrisas.
Resulta que aparco el coche en una zona azul para recoger a un colega ya que teniamos partido de futbol. No he pagado el ticket, siendo consciente de que me arriesgo a la multa, la cual anulo en la máquina pertinente por 5 euros si me la ponen. Bien, la cuestión es que cuando he encontrado la denuncia, no está completamente rellena, es decir, le falta llenar los campos del denunciado (ausente), de la calle, de la población, etc… lo curioso es que en la casilla de “Lugar” pone: “Bogatell / plaza mercado”… bien, no hay ninguna “plaza mercado” como tal en la población de Sant Adrià de Besòs y como infracción me indica “Estacionar próximo a intersección”. Si leches, próximo a una intersección, desde luego, a 5 metros de la intersección!!. No hay señal de prohibido aparcar, como la denuncia indica, no hay paso de peatones, como la denuncia indica… sólo pone “próximo”. Bien, mi pregunta es; recurro la denuncia o espero a que me la notifiquen? la denuncia en sí no tiene sentido… que determina la proximidad a la intersección si no hay un disco ni una zona pintada que la delimite?
Si me hubieran denunciado por la falta de ticket en la zona azul, la pago y punto, pero me molesta bastante que me multen por algo que no encuentro lógico.
Saludos y gracias por la ayuda desinteresada que prestáis.
hola, soy tritura y le e echado un vistazo a lo que contais aqui i sois la ostia, vivo en sevilla y aqui esta la se-30 con tropecientos radares fijos bien pues en horario lavoral estos radares es como si no estubieran pero llega el viernes y a las 00:00 se despiertan y no se escapa ni batmam.
yo, inocente, iba circulando a las 01:30 por el carril del centro cuando a la altura del puente del quinto centenario note como si me hubieran hecho rafagas mi mujer me dijo ponte en el carril derecho que traes un coche detras miro por el retrovisor i no vi a nadie a la semana me llego por correo cert. una carta (remite la dt chungo) la recoje mi mujer (inocente que lastima) le firma al cartero, le dio un vaso de agua, (que lastima) y cuando llego de currar veo la carta, abro la carta, y sorpresa alli estaba mi pedazo de micra verde con todo lujo de detalles se ve la matricula perfectamente,i dije llo (inocente) aqui estan las rafagas del otro dia, bueno pues leo la carta i si, es una multa por exceso de velocidad ese tramo esta regulado a 60 y yo iba a 90, (cien pavos) bueno pues lla la pagare dije yo (inocente)y la metí en la papelera de reciclaje ‘’sito” en el salon de mi casa, en el mueble de la izquierda,y como siempre pasa con estas cosas que ”los pagos se te olvidan y los cobros no” a dia de hoy me encuentro con otra multa de 310 entre pavos y euros por que se me olvido alegarla citando el conductor del vehiculo,a ver quien es el chulo/a que me echa un cable con todo esto, saludos y cervezas.
moreno.correira@gmail.com
buenos dias,os cuento:
el dia 15 de octubre pare(xk fueron menos de dos minutos de verdad)al lado de unos contenedores en doble fila sin obstaculizar a nadie.y el 30 d octubre e recibido una notificacion diciendo k el multacar de valladolid me a multado el dia 15 a las 13.47 x estacionar en doble fila.
kisiera saber si tengo alguna posibilidad de no pagar la multa?
y si es asi,como?
muxas gracias
Hola, hoy me han multado una pareja de g. civiles que iban en un coche camuflado alegando que no les he cedido el paso en un glorieta, cuando ellos venían por la otra punta de la glorieta. No he firmado la denuncia, y ahora me he dado cuenta que me han puesto mis apellidos al reves y además están incompletos. Me han pueso 150 euros y 4 puntos, ¿qué puedo hacer? ¿tengo alguna posibilidad alegando que esos apellidos no coinciden con los míos para que me quiten los 4 puntos que me ha sancionado?
hola a todos, hace unos dos meses iba en moto y me paró un guardia urbano por la infraccion de no obedecer la señal de trafico (incorporarme al carril lateral con la obligacion de seguir recto). Ahi es donde empiezan mis problemas debido a que soy extranjero y resido en Barcelona desde hace 9 años, no quise sacarme el permiso español esperando a que mi pais firme un convenio con españa y poder canjearlo. Asi q conduzco con el permiso B de mi pais acompañado por el internacional (se supone que esta valido solo los primeros 6 meses desde la primera tarjeta de residencia). El resto de papeles, es decir el seguro, la ITV y todo lo demas esta en regla. La moto es mía. Lo que ocurrió es que el poli no me dejó irme con la moto porque se trata de una infraccion muy grave . Total que hace unos dias me llegó la multa del Trànsit con el importe de 450 euros!!!!!!! (315 pagandolo en el plazo de un mes) cualificada como MUY GRAVE (CONDUCIR UN TURISMO SIN HABER OBTENIDO LA AUTORIZACION ADMINISTRATIVA CORRESPONDIENTE). Quiero recurrir pero no se que alegaciones presentar para salvarme de esta. Despues de leerme varios comentarios de esta pagina estoy dudando entre la posibilidad de acusar a un extranjero que no reside aquí de haber llevado mi moto aquel dia, o probar con la historia de que ya no resido en España (aunque tengo la residencia permanente aqui) porque como extranjero turista mi carnet y el internacional son suficientes para conducir legalmente. Ya se que ninguna de las dos pruebas es solida pero no se me ocurre otra cosa. Cada sugerencia es más que bienvenida. Gracias y saludos
Hola buenos dias, bueno como todo el mundo he estado mirando la esta pagina del polimalo y he pensado que tal vez me podais aconsejar.
Ayer aparque mi coche en el vado de mi trabajo, estaba dentro trabajando, y cuando sali se habia llevado el coche la grua, ya marchaban los agentes cuando le dije pedi
explicaciones ello dijeron que un vecino nos habia denunciado pero era mentira ya que ese vado solo es de mi jefe, fueron ellos mismo los que llamaron a la grua. Ahora la pregunta es ¿si el coche no molesta pueden alegremente llamar a la grua.? De la multa por aparcamiento no me quejo, pero jo de grua sin ser necesaria. Quiero hacer un recurso pero no tengo ni idea de que poner. Gracias y saludos
Hola. Hoy hemos pecado de pardillos. Al ir a pagar el impuesto de circulación no han dixo que teniamos una multa y la hemos recogido. Resulta que se supone que en mayo de 2007 estacionamos mal el vehículo. Es posible, pero no me acuerdo. Total que he estado mirando para recurrirla y he leido que si no indican a q altura de la calle estaba estacionado o en que zona, esta multa podría tener un defecto de forma y no sería válida, ¿es así? además en esta calle en la mitad de la calle de puede aparcar y en la otra mitad no. ¿Alguien me ayuda? porfa…..
me han puesto una multa por exceso de velocidad en la b-23
autopista en la cual solo se puede circular a 80 km/h y yo circulaba a 125.9 km/h, todo esto me paso en una autopista de cuatro carriles a las 7,30 horas de la mañana (vamos que iba mos solo que un buho) en la que no ponia a nadie en peligro .tengo foto efectuada por el radar y el certificado de acisa como que el cinemometro funciona alas mil maravillas.si recurro encaso de que tenga que pagar la multa pierdo el descuento?, es aconsejable recurrir este tipo de multas (son 210 € y cuatro puntos mas un mes de perdida de carnet )?es legal limitar la velocidad en una autopista a 80 km/h
gracias de antemano
Hola a todos en excelente Blog, necesito de la ayuda de ustedes. Hace 5 meses estoy fuera de España por trabajo, y en estos dias le he pedido a una amiga q se acercará a Correo Postal a reclamar un aviso de entrega que lo llevaron el 17 de Julio (hace 4 meses), pero como yo no estaba lo regresaron, asì q esta chica le en vie una autorizacion para q recogiera esto, y eran 4 multas de exceso de velocidad en el mismo punto y días tras día y han sido hechas por el ayuntamiento de A CORUÑA, pues en esas fechas viaje por trabajo y alquile un coche con un amigo para ir al curro, y creo recordar q estaba mi nombre pero mi amigo conducia en dos ocasiones. En resumen, que debo hacer,? aun me encuentro fuera de España y he visto las multas escaneadas, ¿el echo de q esta xca retirara esto en mi nombre implica q haya notificaciòn fehaciente? puedo recurrir dos de ellas diciendo que yo no conducia o ya ha pasado mucho tiempo, solicit la ayuda de ustedes…graciasss
Estoy tratando de recurrir una multa (100€) por exceso de velocidad.
El vehículo en que circulaba estaba a nombre de otra persona, por tanto en un primer paso he tenido que enviar mis datos; lo hice por correo con acuse de recibo. Hoy me ha llamado una empresa que tramita multas para ofreciéndome sus servicios e informándome que la notificación había salido publicada en el Boletin Oficial de Huesca. (todo dentro de los plazos correspondientes). A pesar de que Jefatura de Tráfico tiene todos mis datos (a través de la carta con acuse de recibo) no he recibido ninguna notificación personal. ¿debo darme por enterado y recurrir?
Gracias
SI YA HAN PUBLICADO TU SANCION EN EL BOE SE PUEDE ALEGAR QUE CONDUCIA OTRA PERSONA
dispone de quince dias de la publicacion siempre que sea el inicio y manifestar quien hera el conductor
hola… un saludo como redacto una carta para recurrir una multa que seguro tengo la razon, por error de las autoridades al escribir en la multa zona de carga y descarga en vez de zona de basura o algo por el estilo en carga y descarga estaba en la hora de poder dejar el coche mas no en la zona de la basura que es donde estaba el coche
solo tengo que tomar una foto al horario de carga y descarga y redactar algo explicando lo socedido asi es que si podeis ayudarme en algo os agradezco.
mi correo , bazapata@hotamil.com
Yo voy en la línea de la consulta de Tito.
Una vez recurrida una multa (con acuse de recibo), en que se hace constar todos los datos del recurrente, ¿tiene la Jefatura de Tráfico la obligación de contestar personalmente al recurrente o es suficiente con que lo publique en el BOP, (Boletín Oficial de la Provincia)?
Gracias
Hola, os cuento mi caso, a ver que opinais.
Soy residente en Escocia desde 2002 y posee un carnet de conducir britanico. En Junio me denunciaron por exceso de velocidad. Estaba en Espana de vacaciones y con un coche alquilado. La multa viene a traves de un radar fijo. Nadie me paro en el momento y no fue consciente de la infraccion hasta que se me notifico. Es mas, tengo mis dudas en cuanto a si fui yo quien cometio la infraccion. No recuerdo la matricula del coche que conducia y mi identificacion fue realizada por la compania de alquiler con la que tuve algunos problemas y la lleve a Consumo en un tema que gane recientemente.
La cosa es que hice mis alegaciones y demas y ahora me llega la resolucion sancionadora con 380 euros de multa, 6 puntos y suspencion del carnet de 1 mes. Por supuesto que he reclamado via recurso de alzada hoy mismo. Pero la cosa es: puede la admon espanola quitar puntos y suspender mi carnet de conducir que ni tan siquiera es espanol, si no que fue expedido por autoridades britanicas en su dia? Tiene Espana jurisdiccion en este sentido? Si al final tengo que entregar mi carnet en trafico, aceptaran mi carnet britanico, lo entrego en Espana o Escocia? Podre conducir en Escocia durante ese mes, y no en Espana o no podre conducir en ningun pais? No se, pero me extrana que la admon espanola pueda aplicar una sancion sobre una licencia de conducir britanica.
Otra cosa en cuanto al procedimiento de apremio. Yo no hago la declaracion de la renta en Espana, ni trabajo Espana, ni tengo nomina en Espana? Como se llevaria este apremio a la practica.
Gracias
Hola a todos,hoy me a llegado a casa una notifivacion de una multa de trafico,la multa es de fecha 25/09/2008 en Madrid en el hecho de la notificacion pone “estacionar el vehiculo obstaculizando gravemente la circulacion,impedir la circulacion de los autobuses.ausente”
el caso es que mi cocho solo lo uso yo,no se lo dejo a nadie,vivo en Asturias y no estuve en Madrid en esa fecha ni en todo el 2008,que debo hacer,un saludo y gracias de ante mano.
Hola a todos, que pasada de página….
Bueno, este es mi caso:
En los alrededores del edificio donde trabajo no hay aparcamiento, nada, ninguno…entonces todo el mundo opta por aparcar donde puede; terraplenes, zonas de carga y descarga y demás.
En fin, que el 11/11/08 aparqué en el único hueco que encontré, entre dos vehículos de una larga fila aparcados en el arcen pavimentado de la vía que pasa por delante del Edificio. Destacar que este arcen SIEMPRE y repito SIEMPRE está lleno de coches y la Guardia Civil pasa diariamente y varias veces al día por aquí.
Bueno, tengo claro que he cometido una infracción, he aparcado en un arcén, pero les cuento, justo cuando el agente empezaba a rellenar el papelito de denuncia me acerco para retirar el coche y aún así me multa, pero lo mejor viene cuando me doy cuenta que el resto de coches que están aparcados detrás del mio no los ha multado. Al preguntarle pq me dice que los de detrás tienen medio coche en tierra y medio en el arcén, con lo que no OBSTACULIZAN A POSIBLES CICLOMOTORES QUE FUERAN A CIRCULAR POR EL ARCÉN!!!!
¿Puedo recurrir por AGRAVIO COMPARATIVO?
GRACIAS
Continuanción del anterior……
……que me he dedicado a sacar fotos todos estos días de dicho arcén, que, por supuesto se sigue utilizando para aparcar…..y que repito ellos ven diariamente…..
Hola,
Ante todo, muchas gracias por los consejos, me quedo más tranquila.
Me gustaría contarte mi caso, a ver si me puedes solucionar una duda.
Me han puesto una multa (dejada en el parabrisas) por aparcar delante de mi casa, en una calle peatonal. En la calle hay una señal que permite estacionar a los residentes durante 15 minutos, que es el tiempo que yo tuve el coche aparcado. Por lo tanto la multa es injusta y podría recurrir. Siguiendo tus consejos esperaré a una notificación fehaciente.
Sin embargo mi problema es que el coche es de empresa y no sé si el seguro de la empresa tendrá costancia de la multa si no hago nada mientras tanto. La empresa tiene muy en cuenta los incidentes con el coche aunque el usuario no tenga la culpa y constituye una “mancha” en el expediente del trabajador. O sea, que la pregunta es…¿Se enterará mi empresa? ¿Puedo hacer algo para que no sea así?
Llevo un mes trabajando para esta empresa y solo dos días con el coche, así que estoy muy preocupada.
Muchas gracias por tu atención!!!!!!!
irene no te preocupes con el boletín mandase lo y te identifica como conductora y la multa te llega a ti y nunca a la empresa saludos
soys cojonudos,os voy a contar,el viernes recibo una llamada de una empresa que recurren las multas y me dicen que salgo en el dia 19/11/08 el el boletin oficial de cantabria y no tengo ni idea de que es,segun ellos la infracion es el 18/09 pasan dos meses y un dia…..¿esta multa es recurrible?muchas gracias anticipadamente
hola, he recibido una notificacion de embargo en cuenta, por el opae, es embargo es debido a una multa de un ayuntamiento, en concepto de pasarme un semaforo en rojo, la primera notificacion que tengo es el embargo. Puesto en contacto con el opae me indican que la multa me ha sido notificada en tres ocasiones, que tiene un convenio con correos el cual te deja la notificacion de la multa en el buzon el empleado de correos firma como ausente en hora de reparto , pero en ningun momento la copia dejada es un certificado, aluien sabe si este procedimiento es legal.
gracias y un saludo
Buenos dias! Queria hacerle una pregunta. El 23 de marzo de 2007 me multaron por aparcar obstaculizando la circulacion calificando la infraccion como grave , yo no estaba presente , me dejaro una copia e la multa. No he vuelto a saber mas del tema hasta que hace poco , para ser mas exacto eo 24 de noviembre de 2008 me llega una carta certificada a domicilio con el importe a pagar de la multa , unos 300 euros mas 30 de recargos.
Me fui a la policia para ver de que multa se trataba y efectivamente me ensenaron el expediente de hace mas de un ano.
Estuve leyendo este articulo y me parece que esta gente no lleva razon o sea despues de mas de 1 ano , ya casi 2 me quieren cobrar esa multa
Anado k no recibi ninguna notificacion del ayuntamiento o carta certificada nunca hasta estos dias.
Que puedo hacer , pago la multa o puedo recurrir?
Por favor ayudadme les dejo mi correo simona_s17@yahoo.com
Gracias
Saludos! A ver si alguien con fundamento me resuelve esta duda:
Un amigo me dejó el coche el 15/08/08 y aparqué en un lugar sin señalización vertical ni marcas viales de “prohibido aparcar” después de mucho buscar. Íbamos 4 personas y tardamos en encontrar un sitio pues había fiestas en el pueblo. Un policía local que controlaba la situación a pocos metros de nosotros observó como aparcábamos y su presencia y ausencia de aviso alguno al maniobrar y aparcar nos dió la tranquilidad de que era un buen sitio y estaba todo controlado. Al regresar una hora más tarde, vimos con sorpresa cómo todos los coches aparcados correctamente por delante y detrás del mio (también incluido) presentaban una multa en el parabrisas por “aparcamiento en lugar prohibido”, y todos los turistas de visita en el pueblo estábamos indignados, pero ya no había ningún agente local en el lugar para notificar o consultar el por qué. Por más que buscamos no vimos ni señal de prohibición ni marca vial amarilla o roja-blanca. No hago nada y espero.
El 27/09/08 llega la comunicación de la multa a mi amigo como propietario del vehículo al no haber podido identificar al conductor, denunciado por aparcar en lugar prohibido y adjuntando una fotografía trasera del coche centrada en su matrícula y maletero como prueba, en la que se observa claramente la ausenciade señales de prohibición ni marcas pues la foto es nítida y en color. La comunicación no indica el nñumero de la calle en donde se denuncia el hecho, presenta la posibilidad de alegar en el periodo de 15 dias, la obligación de identificar al conductor si él no es, y un descuento del 30% de la cuantía de 60 euros de la multa si se paga antes de un mes aclarando que parará el expediente, etc. así como el número de cuenta y las oficinas bancarias donde puede ingresarla.
Mi amigo, de acuerdo conmigo, presenta alegación y me identifica como conductor del vehículo y alega además que en la foto se aprecia claramente que no hay indicación de que en el lugar esté prohibido.
El 11/11/08 recibo notificación de que examinado el expediente contra mi (el mismo tag que el de mi amigo) como responsable de infracción administrativa, resulta:
- Que mediante denuncia de fecha 15/09/08 formulada por el agente engcargado de la seguridad del tráfico nº 3612 el órgano administrativo recibe conocimiento del hecho de “estacionar en lugar prohibido” en Egidio Gavito (Llanes) (es el nombre de la calle).
-Que mi amigo presentó escrito de alegaciones el 14/10/08 identificándome como conductor.
-Que obra en expediente el informe del agente con nº 36122 de fecha 03/11/08 cuya copia se adjunta en la propuesta(en esta copia el agente dice que el vehículo se encontraba en el nº 7 de la calle, en la que está habitualmente permitido estacionar, pero que con motivo de las fiestas locales y paso de procesiones se restringió la zona siendo señalizada un dia antes con señales circunstanciales desde las 18:00h del 15/08/08, y que así mismo se encuentra señalizada con 2 señales verticales de prohibición, habiéndose tomado lista de vehículos que ya estaban estacionados correctamente, exentos de infracción, y que el vehículo denunciado no estaba estacionado en ese momento (evidente) sino posteriormente a la señalización colocada. Además adjunta ahora la misma fotografía que enviaron de prueba al titular del vehículo (mi amigo) y otras 3 en las que aparecen señeles móviles en lo que parecen los extremos de la larga calle, pero no el vehículo en ningún momento en ellas. (Es como si todos los vehículos, 10-15, estuviéramos ciegos de lo “visibles ” que debían estar).
-Quees una infracción admiistrativa del art. 13 apdo. 02 de la OMC.
Y que visto lo anterior se procede a adoptar la siguiente propuesta de resolución:
1º sancionar con multa de 60 euros como responsable.
2ºdar traslado de la misma al inculpado indicándole la puesta de manifiesto del expediente y concediéndole un plazo de 15 dias para formular alegaciones y presentar los documentos oportunos.
Y con la forma de la instructora del expediente finaliza la comunicación, sin indicar dónde pagar (ni cuenta, ni código de referencia ni las opciones que tiene el denunciado y no habla del descuento que aplicó al titular si pagaba antes de un mes y le explicaba todas las opciones con detalle.
Yo no soy capaz de entender la comunicación y no me tengo por poco despabilado. Me parece como si me trasladara el expediente de mi amigo, y me contestaran a mí la alegación suya, aportando ahora el número de la calle y 3 fotografías adicionales a la que le enviaron. No dan opción a descuento y muy pocas indicaciones de las opciones de defensa.
Mi pregunta es si puedo ir a pagar sólo la cuantía de la multa descontado el 30% por pagar antes de un mes (que no se indica en absoluto en la comunicación) y después recurro la multa por no ser probatorias las puebas y negligencia del agente al no avisar y colocación en sitio no visible y alejado y defecto de forma en la comunicación. ¿Alego y no pago?¿Me inhibo y paso pues puede no ser válida por forma la comunicación? ¿Pago los 60 euros y luego recurro? Consejos por favor. Muchas gracias a todos.
Hola a todos. Ante todo quiero agradecer la gran ayuda que nos prestan los responsables de esta página y en especial a RAFA, que es un crack. He leido los formularios propuestos para recurrir las multas y la mayoría de los posts, pero no estoy seguro de haberlo entendido muy bien y me gustaría (si pudiera ser) que me dijéseis si estoy equivocado o no, en lo que creo haber entendido. Mi situación es esta:
(En el calco de la denuncia que me dió el agente de movilidad del Ayto. de Madrid) Circular a 61 km/h estando limitada la velocidad a 40 km/h de forma generica o específica. Velocidad medida por el cinemómetro: 66 km/h. Cinemómetro DIGICAM (especificando el nº de quipo y el nº de antena).
(Datos del lugar -todo correcto-)
(datos del vehículo -todo correcto-)
(mis datos - todo correcto- NO FIRMA, SE ENTREGA COPIA)
prototipo revisado y aprobado con fecha 1/10/2007
aplicada tolerancia o.m. (fecha y fecha de publicación en el B.O.E.)
agente operador del radar nº (XXXXXX)
radar en funcion: estático
“SEGÚN ANEXO II L.S.U. SE RETIRAR 2 PUNTOS.”
(datos del titular del vehículo -todo correcto-)
¡Está todo completo! pensaba pedir todos esos datos como indicabais arriba pero ya vienen; sólo me quedaría pedir una foto, pero según tengo entendido no es obligatoria. (Obviamente me pararon y me indentificaron y soy plenamente consciente de la infracción). El “papelito” que me dieron es la notificación y ya no me tienen que mandar nada más, no? supongo que al estar todo tan claro no puedo recurrir de ninguna forma y la mejor opción es acogerse al descuento por pronto pago.. mi infracción se considera grave y puede acompañarse de retirada del carnet de conducir de 1 a 6 meses, pero no me dijeron nada de eso; simplemente retirada de 2 puntos y 102€ pero ¿me quitarán el carnet? (qué pringao soy..jaja)
Entiendo que no contesteis.
Muchas gracias!
pd: deberíais promocionar vuestros servicios!
Quería exponer mi caso:
Hace algo más de dos meses al parecer un radar movil me fotografío yendo a una velocidad teórica de 161 kms /h. Por la razón que fuera (la notificación de la multa dice exceso de tráfico) no me pararon y ahora ha llegado la multa al trabajo (el coche es de empresa). La empresa seguramente notifique que el conductor era yo por lo que supongo que me tendrán que mandar después la multa a casa. Comentar que ese día de trafico no había nada (por si podemos alegar algo por aquí) y creo realmente que teniendo encuenta el error de mi velocimetro y el de radar movil mi velocidad era inferior a 161 kms hora.¿Como podría enfocar mi recurso?Muchas gracias.
hola a todos.A ver si me entero.Si te ponen una multa por exceso de velocidad con foto de radar y no te paran en ese momento y te llega la noticia con una carta a tu casa para que identifiques al conductor.Que se hace?.eN MI CASO,CLARO QUE LO DIRAN TODOS,ES QUE LLEVABA LIMITADOR A LA VELOCIDAD INDICADA DE 50 KM/H Y ME DICEN QUE IBA A 84 KM/H
Hola a todos y a todas!!!
Os voy a hacer un par de preguntillas muy sencillitas pero que no he conseguido aclararmelas por ningun sitio
1ª -Cuando en la cartita de la DGT de identificar al conductor pone 10 dias..¿Se refiere a dias naturales o habiles?
2ª- Podria pedir la fotografia de mi infraccion por exceso de velocidad presentando el DNI o es necesario presentar tambien dicha carta con el numero de expediente?
Muchisimas gracias por adelantado!!!!
Hola buenas noches me gustaria saber si puedo recurrir la siguiente multa: ME PONEN UNA MULTA EN UNA CARRETERA DE 4 METROS DE ANCHO SIN ARCEN, EN UN ESTADO DEPRORABLE, SIN SEÑALIZACION, NI MARCAS VIALES, A LAS 7 DE LA TARDE DEL MES DE DICIEMBRE ES DECIR HOY, A ESA HORA ES DE NOCHE Y NO SE VE UN PITO, CON CURVAS SUPER PRONUNCIADAS, METIDAS EN UN MONTE, Y ME PONEN LA MULTA POR QUE EN UNA CURVA ENTRO CON LUZ LARGA Y TENGO LA MALA SUERTE DE ENCONTRARME CON DOS COCHES DE POLICIA Y EL PRIMERO SE COME MI LUZ Y ME DA TIEMPO A CAMBIARSELAS AL SEGUNDO. ME FUE IMPOSIBLE CAMBIAR LA LUZ AL PRIMERO YA KE ESTABA MAS PENDIENTE DE LA CARRETERA DE LA CURVA, DE SALIRME, ADEMAS LLEVABA REMOLQUE Y VENIA DE CURRAR, ME HAN METIDO 150 € Y 2 PUNTOS, YO LO HE FLIPADO!!!!! PODRIAN AYUDARME POR FAVOR POR QUE NO LO VEO JUSTO LO QUE ME HAN HECHO
os informo, me ha llegado hoy una multa de 100 euros por circular a 90 en un tramo de 70 por ma m-505 de madrid, hay limitaciones de 70 en vias que su velocidad es 90 km? La foto la hizo un radar figo, tengo alguna posibilidad de recurrirla? gracias
me dirigia esta mañana en direccion a Figueras(girona) y despues de pasar por un radar fijo que conozco de sobra su ubicacion,me cruzo con conductores que vienen de frente y que todos me hacen rafagas de luces avisandome que me estan esperando los mozos arriba en un cambio de rasante,pensando que tengo algun problema en el vehiculo respondo a todos con rafagas,ignorando que estan aguardando arriba la patrulla,como el radar lo pase a 80km.hora y la limitacion es a 100km me paran y yo tranquilo,pero cual es mi sorpresa cuando me denuncian por hacer rafagas,(no se cuantos vehiculos m avisaron,el agente pone que 6 rafagas)si yo no cometo ninguna infraccion ,son los otros vehiculos los que me avisan del control,¿como me multan a mi,poniendo que yo avisaba a los conductores si el radar estaba en la direccion que yo iba?(por supuesto recurrire)estamos en Navidad y hay qe recaudar como sea.
he dejado el mensage sobre la denuncia por rafagas de momento no ha salido mi escrito,si alguien me puede aconsejar este es mi email: metaldsanchez@hotmail.com
hola, necesito ayuda. en abril me multaron por aparcar en carga y descarga, la recurri aciendo una carta, y me ha yegado hoy diciendome que la tgengo que pagar, son 200 euros. que carta puedo acer para recurrirla otra vez? la misma? pone que tengo que mandarla al alcalde o alo contensioso-administrativo. que puedo acer
susana,dile ala tienda mas cercana donde aparcastes que te haga un escrito declarando que bajastes a depositar ropa o lo que tarezca adecuado en este momento segun la tienda que encuentres que te haga el escrito,asi demuestras que estabas dscargando.!!apor ellos y el puto sistma recaudatorio!!(asi no evitan accidentes ni robos) lo que quieren es recaudar
Hola, la semana pasada me encontré un día con una multa de la policia local en el parabrisas, resulta que en la calle iban a poner el alumbrado de navidad y durante el fin de semana pusieron vayas amarillas (de las de obra) con una fotocopia de prohibido estacionar de tal a tal día desde las 7 de la mañana hasta (sin hora), yo no lo habia visto pues como no puedo aparcar cerca de mi calle cuando encuentro un sitio lo aparco y me olvido del coche durante unos días. Pues me han puesto una multa por estacionar en zona prohibida pero no hay ninguna señal en toda la calle solo la vaya esta que pusieron. ¿como puedo recurrirla? lo malo es que ha sido en Coslada y alli hay mas mafia que otra cosa metida en el ayuntamiento ya habreis visto las noticias ademas mirar este enlace que curioso
http://www.20minutos.es/noticia/380156/navarro/multado/coslada/
gracias por la respuesta
Hola.
Os cuento mi tema haber si alguien me aconseja algo razonable.
Hoy he recibido una multa por no identificar al conductor el titular del vehículo debidamente requerido aplicándome el articulo 72.3 ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor etc.
En Julio se me disparo el flast de un radar fijo que hay en Ausejo a las 5 de la madrugada dirección Zaragoza y desde entonces he estado esperando que llegase la multa y dado este caso pagarla lo antes posible.
Mi sorpresa ha sido, cuando hoy he recibido una multa de 310€ alegando para ella la no identificación del conductor diciéndome que se me ha requerido debidamente para ello.
Lo cierto es que yo no he recibido ninguna notificación de ningún tipo ni tampoco aviso de correo certificado para nada y que nadie ni por escrito ni verbalmente me ha requerido para que identifique a ningún conductor, quiero decir que desde la noche que se disparo el flax del radar no he tenido ninguna noticia del tema hasta esta multa de hoy, y no he cambiado de domicilio ni de nada, además de que en mi casa siempre hay gente y todos sabíamos del tema del radar y si hubiese llegado alguna comunicación la hubiésemos atendido debidamente.
En mi caso ni he recibido foto del radar ni nada de nada o sea, cero patatero del tema.
Supongo que la solución ante la impotencia será pagar aprovechando la oferta esa del 30% descuento, pero el que esto causa es fuerte, además de olerme a chorizeo administrativo a sabiendas lo que aún me sienta peor..
He leído en algún foro casos similares a este y con resultado negativo para el denunciado alegando la DGT que ya se le había comunicado la denuncia en el Boletín oficial de la provincia etc, eso que nadie lee.
Bueno si a alguien se le ocurre algo para defenderme de este asunto en plan barato le agradecería que me lo indicase, ya que si para ello tengo que nombrar abogado es como salir de malo y meterme en peor.
Bueno venga.
Gracias y saluz.
me as puesto una multa por esceso de velocidad foto i me paran , me dan la multa 50 kmts la via i iva a 83 kmts que puedo hacer como recurirla gracias
me han puesto una multa por ir sin seguro 1500€ y el caso es que el seguro anterior me dio de baja sin avisar como recurrir modelo de recurso gracias
Hola, el otro día un familiar me dejó una carta encima de la mesa, que había cogido del buzón…Era la multa!!Me aseguré de que no había firmado nada. Vivo en una localidad bastante grande por lo que es dificil saber si el cartero firmó el recibí , eso en principio no lo puede hacer, noo?
Esto es entonces una notificación fehaciente? Me multarón en la misma localidad donde vivo (Cornellà de Llob.) en principio es una carta del ayuntamiento, pero en la cabecera de la carta indica la Diputación de Barcelona (organismo de gestion tributaria).
Que me aconsejas? Esperar a que llegue otra? o hacer el recurso? Lo peor de todo es que me multaron y en el boletín los datos no son correctos en cuanto al número del d.n.i. del propietario y el d.n.i. del conductor. El coche no está a mi nombre.
Agradecería me dedicases unas lineas.
Saludos y gracias por adelantado.
Hola, tengo un problema, a ver si alguien puede ayudarme.
El pasado 10 de junio me pusieron una multa de aparcamiento. En el papel que me dejaron en el coche estaba mal puesto el modelo de coche (seat toledo en lugar de seat león). No supe nada del tema hasta octubre, que me llegó una notificación de sanción por 150e donde además me decía que tenía para pagar hasta el 12 de diciembre. Presenté recurso tras comprobar que lo habían anunciado en el BOB del 16 de agosto, por lo cual se suponía que desde esa fecha estaba notificada, a pesar de que no me había llegado notificación a casa en ningún momento hasta que recibí la de la resolución en firme en octubre!. El 1 de diciembre me llega la notificación de que lo han desestimado y que tengo dos meses para recurrir. El caso es que cansada de tanto recurso, ayer día 28 decido pagar y me dice que ha vencido el plazo el 22/12. Como puede ser que venza el plazo de pago antes que el de posibilidad de recurrir??
En el caso de que no tenga nada que hacer, puedo pagar directamente los 150e +20% de recargo + los gastos de demora directamente, o tengo que esperar a que me los quiten de la declaración o me embarguen?
Muchísimas gracias por vuestra ayuda
APARECIO “EL RUMANO”!!!!
Soy Argentina, y estuve de viaje por alli hace dos meses. Volvi totalmente enamorada de Madrid!!! una Ciudad fabulosa!!!, y recorri algo de provincias que tambien fue fabuloso. Hoy cuando llego la divina cartita del Ministerio del Interior se acabo el amor!!!. Voy a recurrir (velocidad con radar y ya viene con la prueba de verificacion del equipo), pero la foto del coche y la placa es INVISIBLE!. Como ven???
Como estamos en el nuevo año sugiero si os parece bien, que pongáis la dirección del correo por si alguien quiere ver la denuncia y ayudar, las explicaciones baria siendo la denuncia la misma y todas o casi todas tienen un fallo, la que no se ve la matricula, la que dice parando lo y identificando al conductor se le comunica que el operador de radar es xxxxxxxxx, eso no vale. feliz año nuevo a todos
Hola,
oye: muchas gracias por la ayuda!
Lo mío es lo siguiente, y se parece a lo que dijeron algunos antes:
- infracción (coger calle con bici en sentido contrario):90€, me paran en seguida, el 15/03/2008. Me dan el papel amarillo y me dicen que con este papel no puedo hacer nada -ni pagar con bonificicación- y que me espere la multa en casa.
- La multa no llega (la dirección de mi tarjeta de residencia es antigua, y es cierto que no ha habido nunca mi nombre en el buzon) pero la gente de allí no recibió ningún correo ni tampoco alguién preguntándo por mí con carta certificada o algo parecido.
- Recibo en diciembre 2008, la multa con recargo de 10% a mi nueva casa (Barcelona, en vez de castelldefels): tengo 1 semana para pagar o se incrementa el importe.
Pago -no puedo recurrir antes de navidades- y quiero recurrir ahora (alegando que quería pagar los 45€ pero que eso es un abuso :), pero de verdad sirve? Si me notificaron en su día?
Muchas gracias, y feliz año! (Si posible responder también a mi dirección privada).
Hola,
me olvidé decir que no he encontrado ninguna página con mi nombre y el boletin oficial (BOE, BOP), ni tampoco con un buscador “profesional”: http://www.bmwfaq.com/f99/consulta-multas-boe-361771/.
Quizá sea buena señal… Sino, dónde tengo que buscar (vivo en BCN capital, y tampoco en la web oficial del BOE me he encontrado).
Ciao, saludos!
He recibido una notificación de denuncia y de incoacción de expediente sancionador donde el hecho denunciado es por circular a velocidad que excede de la fijada como máxima.
Circular a 75 KM/H con límite de 70KM/H.
Tengo entendido que existe varias sentencias donde al límite de velocidad se le da un margen de 10KM/H para no ser sancionado,
Por favor, alguien me puede decir dónde está esa sentencia y si no es así ¿qué alguien me aconseje?
Muchas Gracias.
Germán
Hola,
acabo de recibir una requerimiento de tráfico para identificar al conductor de una moto puesta a mi nombre en el que se notifica una sanción por adelantar por la mediana en una autopista donde existía tráfico muy denso.
La fecha de la supuesta infracción es del 11 de noviembre y la moto la conducimos 3 personas, por lo que determinar el conductor a fecha de hoy es poco viable. haría falta una ¿Existen mecanismos para solicitar a la DGT pruebas visuales, (fotos, radar, etc.) de la infracción, a fin de determinar el conductor?
¿Se puede presentar la solicitud de dichas pruebas junto al escrito de identificación del conductor, a fin de que la sanción se tramite una vez sea identificado fidedignamente?
Hola a todos…os comento. En la calle de mi casa y en todas las de alrededor han puesto el negocio del siglo “LA ZONA AZUL”, ¿que quieredecir eso?, pues que tengo que pagar por aparcar en mi casa, el gran problema es que la administracion solo deja que te hagas el abono anual a 2 vehiculos por domicilio, en mi casa, con el mio, son 3 por lo que no me dejan sacarme el dicho abono y me dicen que tengo pagar euro y medio cada dos horas durante todo el tiempo que en mi domicilio hayan 3 vehiculos (que seran unos 25 años aprox)…He alegado y alegado y siempre dicen lo mismo, que asi esta expuesto y que es la ley…Siempre busco rincones donde no haya zona azul pero que realmente no esta bien aparcado..pero el otro dia no habia ni un hueco y como era de noche lo deje en zona azul…y por lamañana cuando fui a coger el coche para cambiarlo ya tenia una multa de zona azul…pero solo firmada por uno de los controladores donde pone “testigo” no esta firmada…¿podeis ayudarme? SON 50 EUROS! Por haber aparcado en la puerta de mi casa y denegarme la admon. el querer pagar los setenta y pico euros por el abono anual.
ola el otro dia me llevo el coche la grua y me pusieron una multa por aparcar en un paso de cebra. cual seria la mejor manera para recurrir? gracias por adelantado
hola mi pregunta es la siguiente ,ay una persona qe es un poco estafadora ,como puede ser que el daño se produjera el dia 7 i ella presente parte media el dia 20 ,,digo yo qe enese tiempo se puede aver caido ella sola
i me parce exsajerado la compañia le pago 6.000 euros de los cuales me reclaman mi ,i ademas llevava un coche con un remolqe ,el daño fue por detra a 40 por h i dice qe la reparacion es de 4.000 qe tengo qe abonar yo tambien ,,,,,,seguro el del taller era miga della icieron sus chamchullos
haber si me puedes ayudar me llamaron por telefono el dia 9/1/2009 una empresa que se dedica a quitar multas diciendome que tenia una multa por esceso de velocidad con fecha de 9/4/2008 por valor de 180 euros pero a mi casa no a llegado ninguna notificacion y me dicen que en 15 dias me enbargan y no tengo ni la notificacion ni la multa ni nada ¿¿¿que pedo hacer???? gracias y un saludo
Hl,me llamo Diego y estoy en una situación que no se que hacer,ya he hecho los recursos necesarios,pero na de na.Entonces quiero preguntar que puedo hacer al respecto,estoy intentando de que me envien la homologación del agente que manipulaba el aparato de radar,que debo poner? Por que no son capaces de mandarme nada de los que le pido de dicho agente,es como estar mareando la perdiz todo el rato.
frank,eso es un intento de timo,hay desalmados que se intentan aprovechar de los incautosªmandalos a la mierdaªsin mas. cuando te comunique trafico por correo certificado que te han multafo entonces haces tu mismo el recurso,no tiene ninguna dificultad,siempre que tengas alegaciones justas.un saludo ¿eltigre?
frank,eso es un intento de timo,hay desalmados que se intentan aprovechar de los incautosªmandalos a la mierdaªsin mas. cuando te comunique trafico por correo certificado que te han multafo entonces haces tu mismo el recurso,no tiene ninguna dificultad,siempre que tengas alegaciones justas.un saludo ¿eltigre? este pais esta lleno de chorizos y desaprensivos.
Esto esta lleno de errores y lo unico para lo que realmente sirve es para que no tengas derecho a acogerte a la reducción de la sancion.
Para empezar si te niegas a firmar el boletin, no pasa nada puesto que estas igualmente notificado unicamente con que el agente haga constar que no deseas firmar y que quedas notificado. Hay sentencias (varias) que incluso estipulan que no es necesaria la firma de un segundo agente como testigo, el cual en un principio lo único que firmaria es que todo lo que se hizo constar en el boletin en referencia a la firma o negativa de la misma y la notificación se ajusta a la realidad.
Si te paran, te niegas a firmar, el agente lo hace constar qeudas notificado; por lo que a partir del dia siguiente te empiezan a contar el plazo de 15 dias habiles para presentar alegaciones y el mes para el pago con reducción de la cuantia. Si no haces alegaciones y pasa el mes sin que pagues ese boletin de denuncia pasa a ser directamente la propuesta de resolucion del expediente; con lo que le has facilitado muchisimo todo el proceso de tramitacion del expediente sancionador.
Si por el contrario no te paran y te notifican en el acto si no que te mandan una notificacion por correo (con acuse de recibo) y la rehusas no esta bien explicado tampoco; puesto que un “rehuse” significa que: Te estas enterando de lo que te intentan notificar, lo REHUSAS, con lo que volvemos a lo de antes te niegas a firmar y a recibirla pero igualmetne estas notificado.
En la unica situacion en la que cabe notificacion edictal y en boletin de la provincia es en el caso de que la notificacion sea devuelta por correos (o persona encargada de la notificacion) a su remitente como:
ausente,
desconocido,
caducado en lista.
y muy poco mas, pero nunca por un rehusado correctamente reseñado (mucho menos si el que rehusa es el interesado).
AYUNTAMIENTO DE GRANADA - ¡Manos arriba. Esto es un atraco!
Os cuento lo que me pasó hace unos días.
- Me entero de la notificación de luna multa través de una empresa llamada de “Legalitas” que –según me explican- ha salido publicada en un boletín oficial del Ayuntamiento.
- La primera notificación de la sanción (90 €) no tiene acuse de recibo por al Ayuntamiento y a pesar de eso, me envían otra (para que les informe del nombre del infractor) que supone un incremento de 210 €. El débito de la multa no se había publicado en ningún medio oficial público.
- Con anterioridad a este hecho, tango puesta una reclamación en Correos denunciando la deficiencia de ese Servicio por dejar las notificaciones de recogida después de haber pasado el plazo de poder hacerlo. De hecho, dos cartas que me había dirigido la Junta de Andalucía no llegué a recibirlas. Está más que demostradas, del mal funcionamiento de Correos en la zona donde yo vivo, dada la cantidad e reclamaciones que se han interpuesto en este sentido..
- La multa está fundamentada en tener el vehículo estacionado sobre la acera, a pesar de que en dicha calle no hay acera, sino que está toda a un mismo nivel.
- Me dicen en el Ayuntamiento que como ya ha transcurrido el plazo para pagarlas:
1.) Tengo que pagar el recargo, ya que no se me puede aplicar el descuento.
2.) Tengo que pagar la segunda sanción derivada de la primera, por haber dificultado la tarea de la Administración, no facilitando el nombre del conductor.¡ A pesar de que me persono allí para dar cuenta!
• ¿Cómo es posible que me sancionen por no facilitar el nombre del conductor, cuando les consta que no he sido informada ni siquiera de la multa, ya que Correos les ha devuelto la carta de la multa? Que me la adjudiquen a mí, y ya me espabilaré yo en que la pague quien proceda.
Aunque no venga al caso, quisiera decir que me siento TIMADA por parte de la Administración. Vamos, algo parecido a un ROBO a mano armada, utilizando las leyes para sacarnos el dinero con trucos legales.
>>> ¿Alguien puede ayudarme a evitar este ¿atraco? <<<
Gracias.
Hola,muy buenas.Tengo un par de dudas con el tema de las multas.
1º Si la multa conlleva retirada de puntos y el propietario del vehículo(que es al que le llega la multa) no está en posesión del permiso de conducir,puede pagarlas sín ningúna repercusión?.
2º Como está el tema si el conductor era una ciudadano extranjero con residencia en su país?.
Muchas gracias de antemano!!
ATRACO, BLUE, es lo que me han hecho a mi los picoletos,
me pararon ayer en la N601, inventandose que iba hablando por el movil en la mano y cuando le enseño al agente el manos libres (y es que encima no iba hablando) me dice que le parece muy bien, y que puedo reclamar lo que quiera, que me va a dar lo mismo.
Y que la palabra de estos “sea ley”…
y que de esta banda dependa la seguridad en la carretera…..
Hola a todos,
Tengo una duda, la semana pasada me pusieron una multa por ir a 69 km/h donde se tenía que ir a 50. Pase por el radar que ni vi y me pararon unos metros más adelante. No me quitan puntos pero son 167 euros. la multa no la firmé y donde pone el color del coche, daltónico el hombre, puso azul cuando el coche es negro.
Es un motivo para ganar el recurso?
Gracias de antemano.
se puede hacer algo para una multa de alcolemia ?
Trafico me ha puesto un multa en un lugar que yo no he estado nunca, cuando me la ha notificado, me dice que me sanciona por no identificar al conductor, cuando es la primera notificación que tengo. Mando recurrirla a través de Auto Club Repsol, alegando que no he tenido ninguna notificación para identificar al conductor,y me contesta Trafico que la sanción es firme y que contra ella puedo interponer recurso contencioso-administrativo en el Juzgado correspondiente.
Consulto con un abogado y me dice que el recurso interpuesto no ha sido el adecuado, con lo cual no me queda mas remedio que pagar ya que las costas del pleito me van a suponer mucho más que la multa y no es posible recuperarlas, aun ganando. ¿Como es posble que trafico no me avise para identificar al conductor, yo no haya dejado el coche a nadie, no haya estado nunca en el lugar de la infracción y además tenga que pagar la multa?. Que es o que he hecho.
Aclaremos algunos conceptos:
Si decidís no pagar en lo que se llama periodo voluntario ( es decir, con la reducción del 30%) al día siguiente empieza el periodo ejecutivo y ahí aparece la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, o sea, lo que conoceis por Hacienda.
La fase ejecutiva supone que la sanción que se impone se incrementa con el RECARGO DE APREMIO y dependiendo del momento en que Hacienda lo notifique asi será su tipo:
- Recargo del 5% si se paga antes de recibir la notificación. Alguno se preguntará cómo voy a pagar si ni siquiera sé que tengo una multa. Pues bien , si por ejemplo uno se acerca a preguntar porque no ha recibido la devolución de la declaración del IRPF, puede que sea por tener deudas.
- Recargo del 10 %. Si recibe la noticación denominada Providencia de apremio, tendrá un breve plazo, en el mejor de los casos, de 20 dias naturales.
- Recargo del 20%. al día siguiente de finalizar el plazo anterior. Este recargo será el máximo aplicable.
Tened en cuenta que Hacienda, una vez que ha notificado la providencia de apremio, ya no vuelve a notificar nada hasta que ya ha embargado algún bien para el cobro.
Caso de que no podaís pagar la multa y decidaís pedir un fraccionamiento de la deuda, solo en Hacienda se admite el pago aplazado, no así en Tráfico. Pero, atención, para poder pagar en Hacienda, ésta tiene que haber recibido la orden de cobro de Tráfico y eso tarda como minimo 5 meses desde que se notificó de forma fehaciente la sanción por Tráfico.
Asi que ya sabeis ,en Trafico al contado y en Hacienda aplazado, pero con ¡un 7 % de interes de demora!, esto es similar a pedir un crédito al banco.
Espero que os haya aclarado un poco el tema y comprobad que los datos de vuestro domicilio que tiene Hacienda son correctos.
hola, tengo una multa del ayuntamiento por “aparcar en una zonaprohibida con señal vertical , excepto rectorado, tiene un papel pequeño con sello de la universidad pero no tiene tarjeta del rectorado” trabajo en la universidad y delante del edificio donde trabajo hay esa señal vertical, el ayuntamiento envio a la universidad una tarjeta para poner cuando aparques el coche pero en la multa no hace referancia a esa tarjeta del ayuntamiento sino a una del rectorado que no existe. Puedo alegar que se llevaron la tarjeta del ayuntamiento y que debido a mi trabajo tube que aparcar en esa plaza reservada poniendo un papel con el seño de la universidad?
… o puedo alegar que el rectorado no tiene ninguna tarjeta para el aparcamiento y por eso puse el papel con el escudo y sello de la universidad?
Buenas.
He recibido una notificacion de multa por “no identificar al conductor responsable de la infracción, debidamente requerido para ello”. Articulo 72.3
En dicha notificacion solo aparece mi nombre, matricula de la moto y modelo. No aparece ni lugar de los hechos, ni hora, y lo que es mas grave, identificacion del “agente” que se supone que dio el alto a mi hermano, porque era mi hermano el que conducia la moto en ese momento, ya que yo estaba trabajando en ese momento en la oficina tan tranquilo.
Entonces mi pregunta es la siguiente: ¿Que alegaciones puedo hacer ante esto? ¿Es legal la multa? Porque aqui, en Granada, en estos momentos, hay una caza de cualquier vehiculo para recaudar multas, esto corroborado por el periodico Granada Hoy.
A mi esta multa me suena a que una patrulla que iba por detras de la moto, cogio la matricula para ganarse 301 euros que notifica la sancion, como ya han cogido a otros muchos.
Aparte denunciare seguramente al “agente” que puso esa multa.
A ver si me podeis contestar, muchas gracias y un saludo.
Me han puesto una multa la policia local de mi pueblo por usar movil, el coche era de mi padre le llego la notuificacion para que dijera quien conducia me nombro a mi… en la carta a mi padre decia que no se entrego notificacion al conductor porque estaba ausente,…
Ha llegado la notificacion a mi buzon, (no fehacientemente que yo sepa) hace dos dias, en ella donde aparece causa de no notificacion al conduictor no dice nada…
ME ORIENTAIS POR FAVOR ES URGENTE GRACIAS
Hola! Me pusieron una multa por aparcar en un carga-descarga, quisiera saber el plazo que hay para que te manden la notificación porque hay veces que ponen dos meses y otras tres. Me podrías aclarar cual tengo que tener en cuenta. Muchas gracias anticipadas por tu consejo.
Nos han puesto una multa de mal aparcado en una calle en la que no hay ninguna señal de no aparcar no tiene líneas amarillas ni continuas ni discontinuas y que en el barrio llevamos mas de 8 años y jamás habían multado en esa zona porque esta hasta arriba de coches.
Estoy tan quemada porque tenemos tantas mecanicas alrededor que son dueñas de las calles y tienen coches durante días y los reemplazan con averiados que van llegando y ¿ No hay ninguna ley que les multe a esta gente por quitar sitios para aparcar???….
hola!!
He recurrido una multa por hacer caso omiso a las señales lúminicas de los agentes.Se estaba realizando un control de alcoholemia,el punto de verificacion estaba situado justo despues de una rotonda,y yo me meti a la derecha habiendo señalizado mi maniobra con anterioridad,bueno pues despues de aparecer un vehiculo detras de mi se procedio al registro de mi vehiculo,hacerme el pertinente control de alcoholemia,y se me indico que los acompañase a donde se encontraba el control en sí,yo les explique a los agentes que me dirigia por esa carretera y me dijeron que tenian que amonestarme por hacerles caso omiso,pero si yo no he pasado por el susodicho control!!!que quiere decir esto que si los veo tengo que ir hacia ellos??aunque no vaya a pasar por ahi??creo que no,bueno pues el caso es que recurri la sancion cuando fue preciso despues de esperar a que llegase la notificacion,y hoy me llego una notificacion…..,que hago recurro al governador civil?gracias de antemano y un saludo.
Hola, me pusieron una multa estando parada delante de un policia local (a la entrada de un pueblo) porque, según él, hablaba con el móvil, cosa rotundamente falsa. Le ofrecí el móvil que estaba en el bolso con al cremallera cerrada y ni lo quiso mirar. Fui a poner el recurso enseguida que pude aparcar. No me había dado la denuncia y al pedírsela en las oficinas tuvo la poca vergüenza de decir que era porque llovía, cosa tambien falsa. Aparte del recurso pienso poner una denuncia al agente por abuso de autoridad y por calumnias. ¿Tengo posibilidades de conseguir algo?
Hola a todos, parece que el nivel de “respuestas” ha bajado un poco. De todos modos os planteo mi caso, a ver si alguien me echa una mano: Vivo en Bilbao. Tengo la pegatina de residente en el coche para poder aparcar en zona verde. El caso es que con el cambio de año hay que cambiar la pegatina (poner la de 2009). Pero a mí se me pasó, con lo que me pusieron 3 multas por estacionar en zona verde sin la correspondiente pegatina. La pegatina me la mandaron a casa a finales de año pero no se paga hasta febrero. Con lo que está sin pagar, de momento. Ya le he puesto la pegatina de este año y me han llegado las correspondientes multas. Yo pienso que al tratarse de un descuido (y que además voy a renovar la tarjeta de residente) no debería ser difícil de recurrir las multas, ¿Qué pensáis? ¿Alguna idea para hacerlo?
hola gente:keria comentaros un temilla k me a pasado hoy mismo dia 5 de febrero de 2009, el caso esk e parado en una calle peatonal y e bajado a una tienda k estaba a 15 metros, el coche estaba con los cuatro intermitentes y bien parado ademas el coche estaba arrancado y un colega mio dentro de él, y digo parado pork la parada no a durado mas de 2 minutos.segun salgo de la tienda veo al policia poniendome la receta y me a mandado identificarme.en la multa pone en el recuadro de hecho del denunciado pone estacionar en zona peatonal,cosa k no es verdad;luego el tema esk el ayuntamiento k me pone la multa no es el mismo k el mio, ya me a pasao con otras multas pero no me identificaron y no me an llegao, alguien me puede decir k debo hacer????’gracias a todos!
Hola poli, me ha llegado una multa del 11 del 12-2008 y en la causa de notificación me pone: denuncia efec. por un medio de captación y reproducción de imágenes y el hecho denunciado es circular de 61 a 80 Km./h estando limitada la velocidad a 50 Km/h. A cuanto iba a 63 a 79. No lo entiendo. O es que es la misma sanción hasta 80 y claro pasaba de 61, anda que no son listos ni nada estos radares. Que hago?
Muy Buenas.
Yo no voy ni a responder ni a preguntar nada. Tan solo quiero reconocer la labor que han hecho tanto Rafa como PoliMalo por mantener y responder a este foro, pq no me negareis que parece mas un foro que un blog.
Señores, si aun veis los mensajes que aqui estan puestos y leeis el mio, me quito el sombrero ante vosotros. No por lo que podais saber sobre multas y cosas legales, sino por la paciencia y la ayuda que habeis prestado a tanta gente.
Mi agradecimiento, por todo lo que habeis hecho y escrito aqui.
Un saludo desde malaga.
me ha llegado una denuncia de un radar fijo a 139km/h y de sanción 100€. puedo recurrirla?
en la denuncia expone que el tramo del lugar es decreciente.
estoy de aceurdo con paco el de malaga, me esta sirviendo mucho y he aprendido mucho ya q tengo 19 años y 5 meses de carnet. El otro dia me pusieron una multa por aparcar en la tipica esquina q no molesta a ni dios y me pone por aparcar en el carril de circulacion. Como se puede recurrir este tipo de multa?
muchas gracias por todo un saludo
Iba por la autopista por el carril del centro y fui a adelantar al de delante y venía un coche por el carril de la izquierda algo más cerca de lo que preveí en un principio, sin que por eso pusiese en riesgo la circulación ni al que venía detrás (aunque este me picó las luces y yo me disculpé). Un policía que estaba en el arcén me ha tomado la matrícula casi seguro (vaya mala suerte), y creo que vendrá una sanción, aunque yo no he parado (porque tampoco me lo pidió), y supongo que argumentará que hice conducción temeraria y que no pudo entregarme la notificación por imposibilidad ante la afluencia de tráfico (o algo parecido).
¿Cree alguién que puedo tener defensa cuando me llegue la notificación?.
Si alguien me puede aconsejar.
Un saludo y mil gracias por adelantado.
El pasado viernes día 13 de febrero del presente, circulando por la A-8 en el punto kilométrico 354 en dirección a Irún, el conductor de un vehículo articulado – camión tipo “tráiler” - ha sido denunciado por el siguiente hecho, basándose en el artículo 49 apartado 3:
Circular a velocidad inferior a la mínima exigida sin utilizar las luces indicadoras de dirección con señal de emergencia. Se le sigue durante 2 kilómetros a 50 Km/h.
A parte de ser o no ser legal el ser denunciado por este hecho, ¿como se puede recurrir esto? Pues el conductor del vehículo denunciado jura no haber bajado la velocidad de 60 km/h, segun su velocimetro, el cual funciona perfectamente.
saludos
a mi me pararon y me rekisaron una navaja de 9cm de hoja, que llevaba en una mariconera en el coche y me quieren multar com 301 euros y decomisar el “arma” pero resulta ke en aquel momento no me dieron copia alguna de la multa es mas creo ke ni la redactaron y el reglamento de armas dice ke estan prohibidas las armas de mas de 11cm de hoja o de menos de 11cm y doble filo puntiagudas(que no es mi caso)¿que hago?
Gracias Polimalo y Rafa por todos vuestros consejos desinterresados.
Me habeis animado a recurrir una multa de las de “no identificar al conductor el titular ….”,. Ya os comentaré como acaba el asunto.
Saludos.
Para Consuelo la “galleguita”
Si en la foto del radar no se distingue la matricula recurre la multa.
Perdón por la insistencia, pero esque me ha llamado mucho la atención el ser denunciado por esto.
El pasado viernes día 13 de febrero del presente, circulando por la A-8 en el punto kilométrico 354 en dirección a Irún, el conductor de un vehículo articulado – camión tipo “tráiler” - ha sido denunciado por el siguiente hecho, basándose en el artículo 49 apartado 3:
Circular a velocidad inferior a la mínima exigida sin utilizar las luces indicadoras de dirección con señal de emergencia. Se le sigue durante 2 kilómetros a 50 Km/h.
A parte de ser o no ser legal, el ser denunciado por este hecho, ¿como se puede recurrir esto? Pues el conductor del vehículo denunciado jura no haber bajado la velocidad de 60 km/h, segun su velocimetro, el cual funciona perfectamente.
saludos
Hola a todos, ayer día 17 de Febrero recibí 4 multas en el buzón. Las 4 eran de un mismo punto en la Ronda del Medio en Barcelona pero en días diferentes (25, 27 y 29 de Noviembre y 1 de Diciembre de 2008) Todas ellas por exceso de velocidad, cuando el límite estaba en 60 yo anduve en la primera a 82, la segunda 92, la tercera a 120 y la cuarta a 82 km/h. Las multas respectivamente son de 180, 200, 400 y 180 euros. No se si debo o no recurrir las multas ya mismo, puesto que lo que he estado leyendo en esta misma página, me da a entender que hasta que no reciba una notificiación certificada, mejor que no haga nada. La idea que tenía hasta ahora era recurrirlas diciendo que me han llegado las 4 a la vez y que si en la primera vez que cometí la infracción (radar) yo soy conocedor de ello, no hubiera seguido yendo así de rápido o hubiera andado con más cuidado. Creo que no tengo porqué pagar las 4 multas, ya que todas ellas son en mismo punto del lugar anteriormente citado y como digo no se me avisó de la primera infracción.
Eso sí, si pago antes del 20 de Marzo de 2009, las sanciones son reudidas, pero aun así es una pasta, soy estudiante y trabajo lo justo para pagar el alquiler y poco más y bueno, si tengo que pagar esto me hacen un hijo de madera.
Espero pueda alguien orientarme.
Muchísimas gracias por anticipado.
David
Hola! muchas gracias por el post! Ayer me multaron por saltarme un semaforo en rojo… pero los policias estaban bastante lejos y no vieron como estaba el semaforo, lo unico que alegaron para multarme fue, que el coche que estaba al lado, estaba parado… que puedo hacer? gracias!
Hola buenas tardes quiero darle un mensaje, a todo el mundo!! es sobre el recurso de multas y experiencia personal!! recurri mi multa bastante fuerte en recurrente de barcelona sl . alado de la campana!! bien.. estos estafares me prometian el oro y el moro!!! y les pague un paston!!!
para que ellos s quedasen de brazos cruzados!! llenandose los bolsillos. lamulta me llego pero de hacienda señorees..
me quede flipando!! osea e perdido el dinero de el recurrirso me toca pagar la multa y puntos menos!! en fin!!!
sta gente se aprovecha de la desesperacion de las personas , espreferible que recurran ustedes o en lugares serios !! no estafadores como esos!! pasen el mesaje!!! que se entere todo el mundo de los hijos de puta q son! xao.
Hola, me han heco hoy una multa por hablar presuntamente por el movil, pero el caso es k estaba rascandome la oreja . Lo contradictorio es k tengo dermatitis seborreica en la oreja derecha y me rasco bastante amenudo, y el picoleto me dice que tenia el movil en la izquierda.
K hay que hacer con tal injusticia?
Buenos dias a todos. Mi caso es el siguiente:
Resulta que me ponen una multa el dia 10/12/08 y me llega el certificado el dia 12/2/09, me dejan el aviso ya que no estoy en casa y lo voy a recoger a correos unos dias despues. La multa es por aparcar en carga y descarga, tengo que decir que la señalización es bastante pobre ya que las señales estan un poco tapadas por unos arboles y nisiquiera las vi. El policia ni se bajó del coche cuando ya me estaba recetando y se bajo para ponermela en el parabrisas cuando me di cuenta, que hijo puta!.
Lo que yo entiendo que es el Faldon pone:
“ALEGACIONES: Si no esta conforme con la denuncia, podra formular alegaciones, siempre que no realize el pago anticipado o reducido, en el plazo de 15 dias habiles, desde la notificacion de la denuncia, aprotando o proporcionando los medios de prueba que desvirtuen los echos señalados en el boletin de denuncia por el agente denunciante. en el supuesto de no pagar por anticipado y con reduccion, ni formular alegaciones, el convenio de la presente notificacion tendrá carácter de propuesta de resolucion.”
La firma el instructor con sello servicio de tributos y exacciones, jefatura del servicio, ayuntamiento de ….
Mis preguntas son:
¿al haber pasado dos meses y dos dias no se ha pasado el plazo de notificación? (aunque por arriba dicen que son tres)
¿es un faldon valido el que me ponen o puedo alegar que no lo es ya que no dicen donde ni como reclamar? (pero si que dicen donde puedo ir a pagarlo estos cabrones).
¿es aconsejable adjuntar fotos de las señales con poca visibilidad o mejor que las busquen ellos? (porque se las voy a solicitar, claro).
Muchas gracias de antemano y perdon por haceros leer tanto
Quisiera saber si aún dan un margen del 10% de la velocidad máxima permitida, es decir que si el límite es de 70 puedes ir a 77. Me han puesto una multa por ir a 75 en el tunel de la m-30 que señala 70 max. Gracias.
Buenas.
Me van a llevar a juicio por una supuesta y falsa multa por exceso de velocidad muy grave (iba a 81km/h donde debía ir a 50km/h) donde me pararon para notificármelo, pero ha solicitado la foto hasta en 4 ocasiones con motivo de las diversas fases del proceso, e incluso presencialmente donde me confirmaron que no existe dicha foto. ¿Que opciones tengo de ganar el juicio si no existe dicha foto? ¿Por que no terminan de desestimar la denuncia si no tienen ninguna prueba?
Gracias
A ver si alguien me puede orientar, os lo agradecería mucho.En Santiago de Compostela recibo 4 multas, 2 por estacionamiento y 2 por la ORA, todas el mismo día. Previamente las había recibido cada una por separado solicitándome que identificara al infractor, y tal como entendí, nunca notificándome una sanción firme. El coche que utilizo está a nombre de mi hermano, por tanto no hago caso de esa notificación esperando a que notifiquen la multa normal a nombre de mi hermano, pagarla y santas pascuas. Pero, tate, lo que recibo son 4 sanciones de 300 euros cada una por no haber identificado al conductor, mejor dicho, las recibe mi hermano ( propietario del vehículo ). Voy a informarme a la oficina de tráfico y me dicen que estas multas anulan las anteriores y que si quiero recurrir que tendría una semana (que ya ha pasado ). Un consejo PLEASE
Hola!
En primer lugar gracias por este espacio… de vital importancia.
Mi problema el el siguiente: Hace unos días me para la Guardia Civil… entrego toda la documentacion de mi coche en regla; pero… al verificar la matricula de mi coche en Tráfico, me notifican que mi coche esta dado de baja desde Octubre del 2007, sin embargo, la ITV está pasada en Noviembre… anteriormente mi coche no pasó la ITV y e estoy seguro que en la fecha de la baja, el coche estaba en el taller mecánico. A todo esto nunca fuí notificado de la baja de mi vehiculo, y ahora cargo con una multa de 450 euros.
Es posible recurrir esta multa?, cómo puedo hacerlo?
Muchicimas gracias por vuestra ayuda!!!!
Un conocido mio, lo multaron ayer por un radar de tráfico y firmo la denuncia, el caso es que la autovia estaba limitada a 100 km y el iba a 146, el caso es que el padre estaba mal con la pierna y lo llevaban al m´dedico para que lo viera, era consulta privada pero lo llevaba de forma urgente. muchas gracias
Hola. El otro dia me encontré con la siguiente situación:
Circulaba por mi carril cuando a lo lejos vi que había un trailer que ten’ia problemas. Estaba detenido en la parte izquierda de la calzada dejando los dos carriles completamente libres. Pasado el obstáculo estaba un vehículo de la DGT con los rotativos, en mi carril, y al lado un agente fumando. Habían detenido el tráfico de los que venían en sentido contrario al mio, lo cual tiene lógica porque el trailer quedaba a su lado. Según me iba acercando a la zona iba reduciendo de velocidad, desde quinta hasta segunda. Al llegar a su altura los rebasé ya que había pasado el obstáculo, la luz del rotativo era ambar y el agente estaba fumando. Interpreté que estaban cortando la circulación intermitentemente y me estaban dando paso. Pués me denunciaron por pisar la linea continua alegando que me debería haber detenido. Mi intención es recurrir la denuncia porque la creo injusta y vergonzosa.
En mi recurso alegaré negligencia por parte del agente que estaba fumando, porque creo que me deberia haber hecho señales para que me detubiera y porque según el otro agente el color ambar significa parar, y si no me equivoco, significa peligro, lo cual advertí y reaccioné de la manera mas correcta.
NECESITO AYUDA para saber si estos argumentos son lo suficientemente sólidos, pues nunca he recurrido una denuncia
¿es normal (legal…o lo que sea) que me notifiquen siempre(2 veces) en catalan aunque yo no domine este idioma y a pesar de haber pedido que lo hagan en castellano?
Hola, me pusieron una multa el 8 de enero, realice un pliego de descargo el mismo dia y hoy dia 12 marzo me lo han notificado por certificado, realmente han pasado 2 meses y 4 dias, estoy libre de la multa o todavia tengo que presentar algun recurso indicando que lo han notificado fehacientemente fuera de plazo. gracias
Primero de todo,felicidades por ese blog…se aprende muchisimo de lo injusta y poca etica de los agentes de trafico.Buen,solo era decir si al recurrir una sancion de un agente de policia local al que,en mi caso,me paro,me insulto pero no me pidio documentacion propia ni del vehiculo,todo esto fue a las 4 y media de la mañana,sin trafico apenas y solo apunto mi matricula y ya esta.Mi pregunta es,¿puedo recurrirla porque dice “no obedecer señal/orden del agente”?¿si recurro pierdo el descuento de la multa?¿tengo opciones de que me la anulen porque dicen que no me la dio en mano la denuncia por el transito pero a las 4 y media de la mañana dudo que fuera ese motivo?veo muchos indicios solo para recaudar…gracias de antemano.
hola, me han puesto una multa por no llevar cinturon, pero en la multa que me da la guardia civil aparrece como conductor un señor que no soy yo. que puedo hacer?. gracias
Hola,
Nos han publicado una sanción en el BOE por no identificar al conductor. Proviene de una multa que no nos notificaron y, según nos informa la DGT, no tienen información de la misma. Lo que sí tiene es el intento de notificación en el domicilio del titular (una empresa), sin embargo, el domicilio al que intentaron notificarlo era una oficina antigua, en la tarjeta de tráfico del vehículo en cuestión ya figura el domicilio actual al que no intentaron notificar sanción alguna.
Resumiendo: nos encontramos con una sanción de 310 € por no identificar al conductor, publicada en el BOP, que procede de un expediente que han archivado (o extraviado), y que intentaron notificarlo a un domicilio erroneo. Qué puedo hacer?
Gracias,
hola buenos dias,
ayer he tenido una denuncia po entrar un calle solamente para residentes y en este zona hay una tienda y tango que llevar 2 maletas para que se arreglen aqui en madrid. me han puesto 90€ de denuncia.. este 90€ es 2 meses leche para mi pequeña….que puedo hacer..
OLA ME HA LLEGADO UNA MULTA K ME PUSIERON EL 14/12/2008 Y ME HA LLEGADO EL DIA 16/03/2009, K DEBO ACER???FUE POR APARCAR EN ZONA DE MINUSVALIDOS PERO NO ESTABA PRESENTE Y ME DEJARON LA NOTITA EN EL PARABRISAS, GRACIAS A TODOS!
Buenas, ayer me pusieron una multa y me gustaría saber qué opinais. Ciculaba por la N-121 estaba en obras y habia semáforos que te obligan a parar debido a un estrechamiento de calzada y que permite el paso a los que vienen por el carril contrario. El tema es que íbamos unos 6-7 camiones y 2 o3 coches (es decir muchos y muy lentos por una carretera en obras) y un camión y yo fuímos sancionados porque al llegar al semáforo contrario a unos 4-5 km desde nuestro semáforo habíamos llegado cuando éste estaba ya en verde. Esperando para salir detrás de 4 o 5 coches había 2 agentes de la guardia civil, éstos no vieron si pasamos o no en verde, dedujeron que al llegar al semáforo contrario estando en verde, habíamos pasado el nuestro en rojo. Puedo reclamar que no vieron la acción? Me han sancionado con 4 puntos y 150€
HOLA, aqui va lo que me ocurrió a mi elpasado 20 de marzo. Iba yo circulando por una carretera de madrid, cuando un guardia civil me hace parar en el arcen. Tras solicitarme el carnet de conducir, me indica que me ha pillado hablando por el movil,(especifica que en la oreja derecha—no se como me vería dicha oreja entonces, porque me vino por la izquierda) cosa que era totalmente falso.
yo le digo que no iba hablando por el movil, que llevo dos telefonos en los bolsillos y por la posicion en que llevo el cinturon de conducir, me es imposible acceder a los mismos.
a continuacion, le digo que saque mis telefonos de los bolsillos y que mire los registros de llamadas y mensajes, a fin de comprobarlo alli mismo que lo que le digo es cierto. El agente, por supuesto, se cree dueño de la verdad.Por otro lado, su compañero que le acompaña , dice que en ningun momento me ha visto hablarpor el movil( logico, no iba hablando por el movil, NUNCA hablo por el movil en el coche!!), pero aun asi, firmó el recibo de la sanción.
No se como actuar ahora. Es la primera vez que em sancionan en 10 años de carnet y encima por algo que no he cometido. Estoy pensando en solicitar un registro de llamadas de mis telefonos, pero ya me han dicho que de poco puede valer. Me he informado asi mismo, de uan sentencia del 13 de abril de 2000 del TSJ de Castilla Leon, sala de lo contencioso -administrativo, por el cual “el poder de verdad” que tienen los agentes de trafico, no es al 100%.
En serio, necesito ayuda, porque a parte de los 150 euros y los tres puntos, me queda la indefensión de descubrir que el agente podria haber comprobado en un segundo que yo decia la verdad y no le dio la rela gana.
Espero podais asesorarme para hacer una reclamacion del siguiente tema.
Soy minusvalida con tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida, La tarjeta en vigor de este año y la del año pasado estan bien visibles en el salpicadero del coche, pues bien ya es la segunda vez que en el mismo lugar de aparcamiento me dejan un papelito con la denuncia de un agente de movilidad por aparcar en sitio reservado a minusvalidos. La primera vez me enteré cuando me llegó el certificado a mi direccion y la recurrí, pero esta segunda(que aún no me ha sido enviada por correo) pareciera que es de objetivo indiscreto pues el papelito de la denuncia estaba sujeto con el limpiaparabrisas encima de los dos cartones de minusvalido.estuve mirando a mi alrededor por si acaso era una broma pues ya digo los cartones son evidentisimos, pero… no fue asi. Por si no tuvieramos bastante con ser minusvalidos lo suyo es dedicarse ahora a reclamar multas que no tendrian que haber sido puestas, gracias a la ineficacia o falta de atencion del agente de turno¿A quien podria reclamar, no de la multa en sí ,si no sobre la actuación de este número concreto de agente de movilidad? Muchas gracias por vuestra atencion
Hola a todos!!
Me han puesto una multa por circular a 61km/h en un tramo de 50… el caso es que era por la noche y la foto está completamente negra salvo por los faros.. en el pie de la foto pone mi velocidad (61) y nada más.. ni matricula ni nada.. encima estoy en el rango permitido, ¿cómo puedo recurrir? Gracias por adelantado
Hola a todos necesito ayuda urgente, os cuento me pusieron una multa por equivocarme de parquimetro,aparque en verde y puse el tiquet del azul que estaba al lado de mi coche, no conocia la zona y fue el primero que vi, no me imagine que habria otro color, recurri y me han contestado que no que se empieza el tramite de audiencia y yo no seque hacer si seguir por que me parece muy injusto que me metan 90 euros por esto o pagarla.
desde luego hay que ser cabron para poner esta multa.
muchas gracias y un saludo
hola a todos….tengo un problemon!!!!tengo el permiso retirado y me ha llegado una multa por conducir el vehiculo teniendo el permiso retirado…y lo mejor de todo es ke pa colmo yo no he cogido el coche…o sea ke ni me pararon conduciendo ni nada…la unica posibilidad es ke mi padre conduciera el vehiculo ..y como este va a mi nombre….pero la multa dice esto:datos basicos de la infraccion:via urbana
av roma ….en sentido tarragona con fecha 20-10-2008 y hora a las 9:00 coche “tal” matricula “tal”..infraccion muy grave…hecho denunciable:conducir el vehiculo reseñado con el permiso de conducir retirado por resolucion gobernativa.relacionado con el expediente”tal”infraccion cometida el 8/2/2008 en la n-340 pk1194……….
……………………………………………………………………………………………..
y luego me piden600e uros…y retirada de 12meses……..
kisiera recurrirla a toda costa ya ke tengo el permiso retirado por otra multa anterior…me podeis ayudar???????
gracias a todos!!!!!
Hola,
Necesito saber si recurriríais una multa que me pusieron con un radar móvil aparcado en el arcen central de la autovia A6 dirección Lugo. Iba a 141km/h y ocurrió el 23/08/08 y me ha llegado la notificación el 21/03/2009.
Nadie me paró para notificarme nada en el acto y pensaba que después de tres meses prescribiría.
Mil gracias por la ayuda que me podais prestar!!
Estoy hasta las narices de que superen la crisis a nuestra cuenta!!!
Hola.Soy conductor de camion repartidor nocturno y teniendo lugares con 100 -200m distancia entre ellos.He utilizado un troso de 30 m (a las 02.30 noche)en una via de servicio muy poco utilizada en direccion contraria, con motivo de no poder hacer el el giro por los coche aparcados y mas facil para acular en el proximo lugar ..me pararon los guardias y me multo tambien por el cinturion.Me multo 300 eur+ 4puntos por conduction neglijente y 150 eur + 3 puntos por el cinturion .La distancia entre los dos clientes era de 100m y 40 segundos de tiempo.Alguien que me puede dar una solucion de hacer recurso.Voy a poder consiguir algo..Me he movido muy poco y me costo mucho
Hola.Soy conductor de camion repartidor nocturno y teniendo puntos de descarga con 100 -200m distancia entre ellos he utilizado un troso de 30 m (a las 02.30 noche)en una via de servicio de un poligono muy poco utilizada en direccion contraria, con motivo de no poder hacer el el giro por los coche aparcados y mas facil para acular en el proximo lugar ..Me pararon los guardias y me multo tambien por el cinturion.Me multo 300 eur+ 4puntos por conduction neglijente y 150 eur + 3 puntos por el cinturion .La distancia entre los dos clientes era de 100m y 40 segundos de tiempo.Alguien que me puede dar una solucion de hacer recurso.Voy a poder consiguir algo..Me he movido muy poco y me costo mucho
muy buenas a todos mi caso es el siguiente:
para mi trabajo tengo una furgoneta,que es un vehiculo mixto segun documentacion,pues me encontraba trabajando,con el vehiculo aparcado en carga y descarga, como corresponde a los de su categoria,y me lo llevo la grua, claro para sacarla tuve que pagar el enganche, y tenia la sancion en el parabrisas. pues mi pregunta es la siguiente: ¿como he de hacer para recurrir dicha sancion siendo que no infringia la ley por ser dicho tipo de vehiculo ademas de para que me devuelvan el importe del enganche?ademas en la sancion especificaba que la clase de vehiculo era turismo, y si tengo que esperar a que llegue la sancion a mi domicilio por no constar en la sancion el titular de la misma.
muchas gracias por su ayuda
Por Dios!!, no os dais cuenta de que nadie ha contestado a nadie desde abril del 2005?!?!? Es que estamos tontos o qué?!?!
jajajaja!! ke bueno!! es cierto, la gente escribe y escribe y llora y llora y aki no responde nadie!!
lo ke si ke es cierto es…: malditas multas de tráficoooo!!
mi caso es que segun un agente de movilidad es que me salte un semaforo pero el nunca pudo ver el semaforo porque estaba entre el que supuestamenta me salte y en que yo pare por que estava en rojo el agente se acerca y me dice que me es saltado el semaforo yo le contesto que no pero el me dice que continue y que ya me llegara la multa me a llegado que debo hacer para que no me quiten los punto y no pagarla soy taxista gracias
Por favor, necesito ayuda!!!
Me han llegado dos multas de radar, de la DGT por via de apremio, son de radar, y no tenia ni idea de que existían.
Me cambié de dirección hace 4 años y me las han mandado al domicilio antiguo. La verdad es que la documentación del vehículo tiene la dirección correcta y no entiendo cómo han hecho esto. En el carnet de conducir, aún mantenía el otro domicilio, y al renovarlo hace poco, lo cambié. Han seguido todos los procedimientos, incluso me han publicado en el Boletín de la provincia, primero por lo del radar, y despues por no identificar al conductor.
Fuí a Tráfico a pedir el expediente y me aconsejaron que pasara por caja y me olvidara del tema, porque seguro me embargarían.
Después de leer vuestros comentarios, cada vez tengo mas claro que las voy a recurrir, pero necesito que me deis alguna idea a la que me pueda agarrar, para fundamentar mi “defensa”. Una es del 19/01/08 y la otra del 23/02/08, en el mismo punto kilométrico, el mismo sitio, por donde paso con bastante frecuencia. Desde el 02/04/09, que me llegó de la Agencia Tributaria, tengo un mes para recurrir, aunque supongo que me embargarán antes. Por favor, decidme algo. Gracias.
También he escrito a la dirección de email de Rafa, que parece está muy puesto en el tema, y ahora estoy probando ésto, que no sé si os llegará. Gracias.
Ha llegado!
Todos los dias se aprende algo nuevo.
Saludos a todos.
Me han mandado una previdencia de apremio por una multa que me puso el año pasado el helicóptero de la DGT, aludiendo que había pisado una línea contínua. Eran 90€; pero como no seguí leyendo y la mandé a tomar viento, resulta que no identifiqué al conductor (solo yo conduzco mi coche) y me mandaron otra de trescientos y pico por ese tema. Ahora me vienen con esta historia de la providencia de apremio. Solo se me ocurre pedir el aplazamiento del pago y dar largas, porque, además, me han despedido en período de prueba por coger una pequeña baja (baja, de la que aún no he solicitado de alta, porque ahora mismo me importa tres pitos, por estar en paro).
Es decir, yo no tengo pasta, leche.
Alguna idea?
quise decir providencia. Perdón.
bueno a ver quien me puede ayudar.
voy a recurrir una multa y tengo unos videos de prueba pero no estoy seguro si por la ley proteccion de datos tengo q borrar la matricula de otros vehículos que salgan en el citado video
graciass
me han puesto una multa de 90 e por ir en prohibido ya me llago la carta y la he perdido porque estoy de mudanza que hago para pagarla?
sin tener que ir a trafico que estoy currando y se me hace imposible ir ala capital
El otro día me paró la policia local en Valencia. A la entrada de la ciudad, tras haber estado por autovía, me pilla un radar movil a 100Km/h (cuando el límite es 50)…pero es que de 5 carriles pasamos a 3…y tuve que pisarle si no queria comerme un camión.
Recogí la multa en mano: 450 euros y 6 puntos. ¿Alguien me ayuda por favor? Estoy jodido y de verdad
ib6272@hotmail.com
Hola a todos y en especial a Polimalo que me parece que esta super enterado sobre todo el tema de denuncias, mi nombre es Gina y me gustaria si puede ser me ayudaseis con una sancion que me pusieron concretamente anoche por aparcar invadiendo la mitad de un paso de cebra, paso a explicarlo todo mas detalladamente:
En la ciudad de valencia (yo vivo en un pueblo de la provincia de Castellon), se celebraba anoche un acto social festivo con motivo de la feria de abril andaluza, a la cual evidentemente hubo una inmensa afluencia de publico, con muchisimas dificultades para aparcar pues no se prepararon lugares para albergar aparcamientos para los posibles asistentes por parte de las autoridades municipales aunque si que me imagino que cobrarian lo suyo por la autorizacion para celebrar dicho acto a la entidad organizadora del mismo, pues sin permiso administrativo y pago de las correspondientes tasas no dan permiso evidentemente y menos en zonas abiertas. Pues como es logico era practicamene imposible aparcar, a lo cual yo lo hice como he dicho anteriormente invadiendo la mitad de un paso de cebra colocado en al pie de un semaforo (si correcto, tengo toda la culpa pues no aparque correctamente, al igual que mas de 300 vehiculos mas como yo), pues cuando nos marchabamos para casa nos encontramos con la sorpresa de que la grua se habia llevado el vehiculo (dejaron la tipica pegatina), pero no solo el mio logicamente sino montones de vehiculos mas, con lo cual el ayuntamiento de valencia anoche hizo su “particular Agosto”. pues bien indignada totalmente tuvimos que ir al deposito de la grua a recoger mi vehiculo, y o pagaba 139,44 euros en el acto, o no me dejaban recoger mi coche, (lo que me parece un robo en cuando al precio de la grua y otro robo real de mi vehiculo pues por ejemplo cuando tu dejas el coche en un taller a reparar, no te dicen, o me pagas la factura de reparacion o no te dejo sacar el coche de mi taller, no se como llamarle a eso, pero solo se me ocurre o bien apropiacion indebida o robo de mi vehiculo, pues lo logico seria darme una notificacion de la factura (abusiba) del servicio de la grua y los lugares y plazos para pagarla, advirtiendome de no se, posibles consecuencias en el caso de que yo no pagase dicha factura como todo el mundo que deja de pagar algo, pero Jamas “Apropiarse” de tu vehiculo y quedarselo si no “pagas al instante”, en fin menos mal que afortunadamente llevaba mi tarjeta y me cobraron los 139,44 euros que me dolieron mas que una puñalada en la espalda, me dieron el justificante, el documento para poder entrar en el aparcamiento y recoger mi vehiculo y marcharme a mi casa, y a su vez la “notificacion” de la “policia municipal” en la cual se me impone una sancion por mal aparcamiento de 91 euros mas, que segun me dijeron ya me lo notificarian por correo certificado a mi domicilio, lo cual todavia me produjo mas indignacion impotencia y no se cuantos adjetivos mas, pues 139,44 euros mas luego 91 euros de la denuncia hacen un total de 230,44 euros, carisimo costo por acudir a un evento al aire al cual soy aficionada, para bailar 4 bailes de sevillanas y tomarme unas cocacolas, y como digo un acto autorizado por la administracion local y supongo con el pago de sus tasas correspondientes para poder celebrarlo, y sin habilitar suficientes espacios para recibir los vehiculos que se preverian acudirian, o bien ser mas permisivos a la hora de los aparcamientos incorrectos por no haber habilitado sitios adecuados, y mas cuando en mi caso y en la mayoria de los casos no produciamos nada grave como por ejemplo en no poder pasar otros vehiculos, salidas de emergencias o taponamientos de parkings con vado etc. por todo ello me siento indignadisima y me gustaria que me ayudaseis si es posible para hacer lo que sea no solo para no Pagar la abusiba denuncia cuando me llegue de 91 euros sino para recuperar los 139,44 (robo) de la grua, o parte de ellos y evidentemente quejarme por esa especie de “robo” de mi coche, con el tipico “o pagas o no te puedes llevar el coche”, gracias por leerme y saludos anticipados besos Gina
Una cosa que se me olvidaba y es que estoy en el paro, como media españa y cobro no llega a 700 euros mensuales de paro, y ademas ahora que he vuelto a leer bien la denuncia el agente pone Literalmente “Estacionar en carril de circulacion”, y como dije antes se trataba del tipico paso de cebra que existe en el semaforo para logicamente cruzar los peatones (yo invadia medio paso de cebra), pero lo de “Estacionar en carril de circulacion” asi sin mas no lo entiendo a no ser que se refiera a “circulacion de peatones que no lo especifica”, gracias
En cao de un defecto de forma en la denuncia (matricula con error) y correcta identificacion y firma del conductor, como planteariais el escrito de alegaciones, indefensión por defecto de forma? y que medio de prueba puede pedirse en ese caso para que les cueste motivar su rechazo? Muchas gracias…
Qisiera que me indicaran si es recurrible una multa por no llevar el cinturon de segurida de 150 € que con el 30% de descuento quedaría en 105 €, al darse la siguiente circustancia:
Tiene lugar en la Urbanización cuyos edificios, a excepción del que yo buscaba, se encuentran en construcción, su tráfico está constituido, casi exclusivamente, por vehículos relacionados con las obras y siendo más de las seis de la tarde prácticamente no había nadie. Al no contar las calles de esta urbanización con el rótulo de sus nombres me vi obligado a bajar del coche constantemente, en cada esquina y en cada bloque, para preguntar por las viviendas de una determinada calle origen de mi desplazamiento a la zona. No puede considerarse circular lo que yo hacía y menos no entender que en cada subida y bajada del coche pueda olvidar poner el cinturón de seguridad. El Agente que comentó haberme visto algo despistado y al que expliqué el motivo de ese aparente despiste, hizo caso omiso y con desprecio a mis argumentos, muy en su papel de autoridad, continuó rellenando su impreso. Le comenté que igual podría multarme cuando salgo del garaje y no llevo el cinturón porque tengo que bajarme a cerrar la puerta. No contestó: se limito a decirme que la multa no llevaba implícita la perdida de puntos y que si la pagaba, en un determinado tiempo, tendría un 30% de descuento, no quiso decirme su importe.
Muy agradecido por la respuesta.
Hola A tod@s!!
Tengo una preguntita a ver si alguien me puede asesorar;
Resulta que estaba viviendo en usa, y deje una moto en un taller. El tio del taller se canso de tenerla dentro y la saco fuera. La moto no tenia seguro, y el poli la denuncio por eso, estando parada. Creeis que es una buena idea recurrir a las empresas que quitan multas? gracias. Son 900 euros!!
hola me acaban de notificar 2 embargos por multas que nunca me han notificado.puesto en contcato con el ayun tamiento me dicen que estan mandando las notificaciones a un domicilio donde no resido hace 5 años y que no aparece por ningun sitio en mi documentacion.que debo hacer.gracias por la ayuda de antemano
Me han puesto una multa de radar fijo por circular a 154 km7h en autovía Mudejar con fecha 2 de marzo 09 con su correspondiente retirada de puntos. El coche es de empresa y ésta me ha identificado como conductora. La notificación me ha llegado a casa y estaba sellada por mi oficina el 7 de mayo 09. ¿Me podéis dar alguna idea para poder recurrirla? Muchas gracias
Hola. Me acaban de entregar una multa que me pusieron en la A4, km. 219.6 donde dicen había una limitación de 80 km/h y el coche iba a 108km/h. Pero esto fue el 6.6.2008 y me lo acaban de notificar el 15.05.09, casi un año después. Dicen que me han estado mandando certificados a mi antigua dirección donde actualmente vive mi ex, y está claro que el susodicho no ha tenido a bien darme ninguna. La multa era de 100 euros a la que podían aplicar un dto. de 30% quedando en 70. En esa multa lo primero que piden es que notifique quién conducía el vehículo y expecifican que de no hacerlo podrían sancionarme con 310 euros.
Obviamente como no he recibido ninguan notificación hasta ahora, y porque han comprobado por otro lado que mi dirección actual es otra, no he notificado quién era el conductor. Es decir, que aunque el funcionario ayer me dijo que el aumento de 100 a 310 euros era por la demora, ahora al leer los dos papelitos que me entregó veo que los 310 euros corresponden a la infracción por no haber identificado al conductor en el plazo requerido, con lo cual me imagino que ya no tengo una multa sino dos 100+310: 410 euros.
Este funcionario también me explicó que puedo formular una alegación y me dio un papel para ello. Mi pregunta es, ¿qué hago?, ¿es mi deber haber notificado mi cambio de dirección a tráfico?, pues el vehículo sí tiene puesta la dirección actual, es el carnet de conducir la que tiene la antigua. ¿Cómo puedo quitarme la sanción de los 310 euros???
Por favor, a ver quien es el alma caritativa que me ayuda en este calvario. Mil gracias
El pasado lunes fuí a la oficina de correos a certificar tres recursos por multas de mi hijo, “ir a 74 Km. cuando la velocidad limite es 70″ todas en el mismo sitio salida Nacional V de los tuneles de la M-30. La oficina de correos estaba llena de gente que estaban esperando retirar certificados todos de multas, y el ambiente era realmente caótico, mi pregunta es:
La DGT, Dirección de Movilidad, etc. ¿ Educan, sancionan, recaudan o roban ?.
Hola, os pido ayuda. Resulta que el 17/05/09 la Guardia Civil denunció a un amigo, por no utilizar el pasajero de un ciclomotor el casco de protección homologado; pero la cuestión es la siguiente: el lugar de la denuncia fue la N-332 en el Km 220, pero realmente la dirección exacta es Av. de Alicante nº 163, ya que es ya casco urbano. De todas formas la señal que indica ese punto kilométrico está después de la señal que indica población, y el punto exacto aún son 50 metros mas en sentido hacia el centro de la ciudad. Consultada la Policía Local de dicha población me comunican que efectivamente eso es casco urbano y que ellos se encargan de realizar los atestados por accidentes en ese punto; por lo tanto quien tiene la potestad sancionadora es Alcaldía y no la Jefatura Provincial de Tráfico. ¿Que me aconsejáis que haga, cómo recurro?. Se que si hay que pagarla, se paga pero al Órgano competente. Un millón de gracias por adelantado.
Anteayer tuvimos que llevar de urgencia al veterinario un gato. El coche lo dejé momentaneamente delante de la consulta para poder descargarlo ya que estaba agonizando. No entorpecía el tráfico. A los dos minutos llega un policía local y proceder a escribir la multa por estacionamiento prohibido. Salí enseguida para explicarle la emergencia y se negó a cancelar la multa. En estos casos se puede hacer algo?
Gracias
hola me llego a casa una multa del ayuntamiento de un sitio donde si que estuve y me multaron por estacionar en zona peatonal , cosa que no fue asi porque estacione pasado la acera pero en tierra donde habia mas coches sin entorpecer el paso a nadie.Es mas en la carta de la multa ponia en observaciones que no entorpecia gavemente a los peatones.
mi preguna es si tengo que pagarla.
muchas gracias.
Hay que ver la cantidad de excusas que se busca la gente para intentar explicar su comportamiento a sabiendas de hacerlo incorrecto y el poco respeto que tenemos cuando otro lo hace.
Hola,hoy saliendo de santander,en una zona limitada a 40 o 50 kms/hora,me han pillado a 89 Km/hora,un poco mas adelante,me han parado y me a dicho el agente que si sabía el limite de velocidad del tramo,y a k velocidad circulaba,le dije que no y me dijo que iba a 89 kms/hora,que un kilometro hora más y me kitaba el carné y que levantara el pie del pedal y me ha dejado ir,eso significa que no me kitan el carné y no m multan por exceso de velocidad o solo que no m kitan el carné pero que estoy denunciado y me kitan puntos aunque me haya parado y no me lo haya notificado?Gracias.Que conteste alguien que lo sepa a ciencia cierta por favor.GRACIAS
Quisiera explicar mi caso, y además hacer una advertencia sobre el ayuntamiento de Granada al final.
Dejé mi coche en una calle peatonal de mi barrio donde aparcan los vecinos todos los días prácticamente. Me vino una multa de falta grave por aparcar en zona peatonal por un policía municipal de granada. La calle no tiene nada edificado ni a un lado ni a otro en el tramo donde dejé el coche.
Ahora quiero recurrirla pues estoy harto de pagar multas en granada, y aunque no tenía que haber estacionado, la cosa es que todos los vecinos aparcan y no reciben multa sino no aparcarían más… además de las numerosas infracciones que comete la policía granadina cuando van a tomar café y aparcan sus coches en los pasos de peatones, tengo un reportaje muy amplio…
Me gustaría que alguien me respondiese si tengo posibilidades de recurrir y sino pago los 60€ y listo.
Pero sobre todo si quiero advertir de una cosa: si tienes matrícula de otra provincia que no sea la de granada, la multa está asegurada, especialmente si es de alguna provincia catalana, te dicen en la cara que eres extranjero, comprobado personalmente.
Si la gente viene de turismo a granada, que sepa que el 40% de los ingresos del ayuntamiento provienen de las multas, ojo si venís a final de mes, las grúas se reproducen por esporas.
Es muy triste que la economía de un ayuntamiento se sustente a base de multas, toma sentimiento andaluz!
Antes de nada agradeceros el trabajo depositado en esta pagina.
Os cuento mi caso.
Al llegar de trabajar hoy me encuentro con que mi padre recibió una carta certificada como titular del vehiculo que yo conduzco, en la cual se notifica una multa por estacionar el 17 de marzo de 2009 en una para de autobus, cosa que no es de todo cierta.
Esa tarde paré unos 2 minutos mas o menos en la parada para recoger un paquete, cuando volví un agente de la policia local estaba cogiendo las matriculas de los cohes alli parados, me dijo que estaba alli el autobus y no se podia parar sin mediar mas me dijo “venga salga ” sin comunicarme ni dejarme en el vehiculo ningun tipo de notificación.
En la multa pone motivo de no notificacion conductor ausente, lo que no es correcto.
Ademas ya pasaron mas de 2 meses desde la imposicion de la misma.
La multa es de 150 euros , 75 si se paga antes del 24 de junio y la califican como infraccion grave.
Cabe algun tipo de recurso?
Saludos.
Hola, otra “victima ” se une al club.
He recibido una notificación por debajo de la puerta de mi casa de la Diputación de mi ciudad diciendo que iba a 66 km/h. cuando la máxima permitida era de 50 km./h., en Crta circunvalación, sin determinar punto kilométrico, el motivo que me dan de no notificación es CIRCUNSTANCIAS DEL TRAFICO, creo que está en fecha puesto que la infracción, supuestamente, fue hecha el 04/03/2009 y la recibo ayer 28/05/2009, la norma infiringida es RGC ¿?, articulo 52 1 2A, importe 100€, me la califican de grave.
La verdad es que es un sitio por el que no suelo circular pero como hace mas de dos meses tampoco lo podría asegurar.
Me gustaria y os quedaria infinitamente agradecida me indicaran que recurso puedo hacer y como hacerlo . Muchas gracias por todo, un saludo, Marisa.
Hola:
Pregunta a los avezados colegas multados.
¿ a alguien le han multado por ir en el carril central en autopista con tres carriles?
Me podríais ayudar en relación a las posibles alegaciones ante una sanción así?
Gracias
Hola
Me han puesto una multa y la he recurrido. Me dicen que no tengo razón, pero, que puedo presentar un recurso de alzada ¿Me podríais informar, por favor, de que significa “Recurso de alzada” y si debo de presentarlo? Gracias y un saludo
P.D. PoliMalo Sigue con tu pagina, nos es de mucha ayuda, un millón de gracias
Parece que el modelo de alegaciones se ha pensado para mi caso. Es calcado a lo que me ocurrio por aparcar en lugar prohibido, incluyendo anciano. Me ha provocado hasta una sonrisa.
Gracias.
HOLA!ESTOY MUY PREOCUPADO,AYER IBA CON EL COCHE DE MI MUJER POR LA M-45 Y TOME LA SALIDA DE LA CARRETERA DE SAN MARTIN DE LA VEGA,JUSTO ANTES MARCA A 80 Y POCO MAS ADELANTE UNA SEÑAL DE 60,YO IRIA A 80,Y A LA IZQUIERDA EN UNOS ARBUSTOS VI CUANDO PASE UN PEUGEOT 307 AZUL CAMUFLADO,Y MAS ADELANTE LA GUARDIA CIVIL EN UNA ISLETA!YA ME HABIA PASADO OTRA VEZ,PERO IBA ALGO MAS FLOJO,IRIA A 70.PERO EN AMBOS CASOS NO ME PARARON,EL PRIMER DIA TENIA EN DICHA ISLETA A VARIOS COCHES PARADOS,PERO AYER NO TENIAN A NADIE,ESTABAN TRASTEANDO CON SUS PDA QUE LLEVAN Y TAMPOCO CREO QUE ME SALTARA NINGUN FLASH DEL COCHE CAMUFLADO,Y MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE,CREEIS QUE ME VAN A SANCIONAR?ES OBLIGATORIO PARARTE PARA MULTARTE,LO PUEDEN HACER SIN PARARTE?O SOLO ESTABAN COMPROBANDO MATRICULAS Y NO ERA UN CONTROL DE VELOCIDAD,O ESTABAN PREPARANDOSE PARA EMPEZAR LA ESCABECHINA?A VER QUIEN ME AYUDA Y ME LO ACLARA POR FAVOR,EN CASO DE SANCION CUAL SERIA LA MISMA?MUCHAS GRACIAS A TODOS Y TENED MUCHO CUIDADO,EN CUALQUIER SITIO SACAN LA CAMARA Y ZASSSSS!SALUDOSmiguelon
Arriba
el problema esta el q lo hace al final lo paga igual…xq se cree el ladron q es de su condicion
El dia 04/06. Aparque en zona azul de la calle Dr. Areilza de Bilbao, zona 3. La citada zona 3 es la correspondiente a mi domicilio, por eso no me di cuenta de la nueva situaccion. Hable con el agente, y no me hizo ni caso. Elimine la multa, desde la misma maquina por un precio de 12 Euros, que me parecio excesivo para la infraccion cometida. Desearia saber que procedimiento legal puedo tener y recurso, para la devolucion por parte del Ayto de esos 12 Euros.
PARA RAFA EL ABOGADO A CERCA DE SU POST: Publicado en: 29/Mar/2007@12:11 pm
“HABER” SE ESCRIBE “A VER”, SEPARADO Y CON “V”. COMO TU LO HAS ESCRITO (EN VARIAS OCASIONES) ES DEL VERBO “HABER”. PARECE MENTIRA QUE TE SEPAS TANTOS ARTÍCULOS DE LEYES Y LE PEGUES ESAS PATADAS AL DICCIONARIO, HIJO…
HOLA:
ESTA MAÑANA CIRCULANDO POR LA A-6 EN DIRECCION A CORUÑA, SALIENDO DEL ULTIMO TUNEL DE LA PROVINCIA DE LUGO, ME PARARON AL SALIR DEL TUNEL Y ME MULTAN POR NO LLEVAR LAS LUCES PUESTAS, YO CREO QUE ES CIERTO, COMO PUEDO RECURRIR ESTA MULTA,SERIA FACTIBLE O ES MEJOR PAGARLA Y BENEFICIARME DEL DESCUENTO. EN EL APARTADO PUNTO KILOMETRICO ESCRIBE 454`450 Y LA LITERATURA DEL HECHO DENUNCIADO APENAS SE ENTIENDE SERIA MOTIVO PARA RECURRIR, SI ME PUEDEN AYUDAR LO AGRADECERIA.
Buenos días. El día 3 de junio recibí una Providencia de Apremio por una sanción de tráfico de la cual tuve primer noticia al recibir el Apremio. La multa es por exceso de velocidad y me la puso un radar con fecha “22 de febrero de 2008″. No tengo muchos más datos de la denuncia puesto que nunca llegó a mi domicilio porque no había realizado el cambio en tráfico. He ido a Tráfico, comuniqué el cambio de domicilio y también pedí una copia del expediente, pero aún no llegó. Estoy en vía ejecutiva, estoy a tiempo de recurrir la multa ante tráfico? (esperaré al expediente para ver qué puedo alegar) He leído todos los mensajes y de alguno deduzco que puede estar caducada ya, o entiendo mal? Puedo recurrir ante Hacienda? No sé si soy clara al explicarme. Necesitaría asesoramiento en este tema, estoy muy perdida puesto que es mi primera multa y no sé qué pasos seguir. Les agradezco a todos sus comentarios y aportaciones que pudieran hacer para ayudarme. Un saludo
No encontré forma de comunicarme con Rafa o con Polimalo, es por eso que dejo aquí mi comentario y como veo que no sale mi mail os lo dejo aquí: andans@hotmail.com
Otra vez: Gracias!
Una consulta para hacerles a Rafa y Polimalo:
Me llego un aviso del correo de Trafico, todavia no retire del correo.
* Conviene retirarlo cuanto antes?
Estoy seguro que es por exceso de velocidad porque en un tramo de autovia fui a 120 km/h y habia un radar fijo, señal de maxima 80 por estar en obra. Eso ocurrio 2 meses al menos un sabado por la noche 23 hs, casi sin trafico, sin gente trabajando en obra. Me sacaron una foto porque vi el flash cuando pase.
Que me conviene hacer:
* Ver un abogado o luego de retirar la notificacion ver que me ponen y recurrir? en la notificacion adjuntan ademas de la foto algun certificado de calibracion del radar?
Gracias.
Una pregunta, si el límite está a 70 km/h en p.ej. la A-5 KM 4, se puede rebasar 20 km la velocidad de 70 para adelantar?.
Este radar nos está machacando a todos los que nos acercamos a Madrid.
Otra vez yo: Llegó la copia del expediente con la denuncia, pero es que sólo está lo que ya me habían enseñado en Tráfio es decir: la propia denuncia original por exceso de velocidad (iba a 73 cuando el límite es 50) y la famosa sanción por no identificar al conductor. Jamás me enteré de nada antes porque no tenía actualizado el domicilio en Tráfico. No me envían copia de FOTO y según leí por aquí o en otros foros: si no hay copia no hay denuncia. Qué me aconsejáis? Os recuerdo que ya estoy en vía ejecutiva. Puedo recurrir en Hacienda argumentando que no hay foto? Lo que yo pedí fue la copia del expediente suponiendo que el mismo incluiría la foto. Debo volver a Tráfico y solicitar nuevamente ver la foto? Si alguno de vosotros puede ayudarme u orientarme os lo agradecería muchísimo!!!!!! Saludos
Hola, me llamo Juan.
Quisiera que me ayudeis.
Me ha puesto una multa la policía local por estacionar en una intersección obstaculizando el giro de los demás usuarios.
La verdad es que estaba allí estacionado pero las calles tienen tanta amplitud que aunque, como muchas veces ocurre que aparcan hasta cuatro vehículos en paralelo, no se estorba el giro ni la circulación de ningún vehículo.
Me han puesto, parece ser, 120 euros de multa, es dudoso el 1 porque no aparece muy claro, pudiéndose confundir con un roce en el papel de calcar, lo que me parece total y absolutamente desproporcionado ya que si, de verdad hubiera obstaculizado el giro de los demás usuarios, el coche hubiera sido retirado por la grua, lo que no ha ocurrido, ha permanecido allí desde las 9,20 hasta las 15,30 horas.
en el recuadro de PRECEPTO INFRINGIDO pone: Artículo 94-2- lo demás es ilegible, parece que es el número 10. Luego viene marcada la casilla R.G.C. (que no se lo que significa) pero no está marcada la casilla del tipo de sanción, esto es, LEVE, GRAVE O MUY GRAVE, esto último creo que puede ser un defecto de forma. En el momento de la sanción no me encontraba presente, me la dejaron en el parabrisas.
¿ Me dais algunos consejos ? Gracias.
Buenas tardes, quisiera realizar unas preguntas.
Hemos recibido una notificación de embargo de nomina por una multa de aparcamiento , no teniamos constancia de esta multa, es de fecha del 2004 y estamos en el 2009, ademas la notifican en el domicilio de mis suegros que hace unos 22 años que mi marido no vive alli y ni siquiera esta empadronado, no sabemos como realizar un recurso, tampoco tengo muy claro si se podra recurrir, ademas quisiera saber si la pagamos y realizamos el recurso luego devuelven el dinero?.
Gracias de antemano por su constestación.
soy propietario de dos autobuses. yo tenia autorizacion para hacer una ruta de estudiantes desde un pueblo a otro y a la vuelta monte a dos alumnos que no pertenecian a esa ruta con la casualidad que me paran los de trafico y me multan por llevarlos. la cosa no seria tan importante si no fuera por lo elevado de la multa (4601 euros). no se si me podeis ayudar en eso para ver si por lo menos se puede rebajar.
gracias de antemano y saludos
hola,el pasado lunes me pusieron una multa,al llegar a una rotonda tube ke frenar y komo habia arena me derrapo un poko el coche,el ceda lo hice bien pero el agente me denuncio por conduccion negligente,me dijo k no eran puntos y en la multa pone 0puntos pero me he informado y son 4
ke debo de hacer?
seria buena idea recurrirla,como lo hago?
me quitarian puntos?
Hola,
necesito vuestra ayuda urgente.
Me han notificado (fehacientemente) una multa por exceso de velocidad. Al parecer, segun el radar, circulaba a 91 en una zona de 50. 360 euros y 6 puntos de carnet.
En el dorso me dicen que debo identificar al conductor en el plazo de 15 días, y de no hacerlo incurriria en infraccion muy grave con su corespondiente sancion.
Dado que el vehículo , que está a mi nombre, los usamos los fines de semana mi marido y yo indistintamente, (la infraccion se produjo en sábado), no puedo saber quien lo conducía en ese momento. De hecho mi marido figura el la poliza de